MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 183/2015

Bs. As., 4/5/2015

VISTO el Expediente N° 1.661.827/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 45/48 del Expediente N° 1.664.203/15 agregado a fojas 6 del Expediente N° 1.605.063/14 agregado a su vez a fojas 13 del Expediente N° 1.661.827/15, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical y la empresa CROWN CASINO SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, ratificado a fojas 49 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido condiciones salariales para el personal que se desempeña en los establecimientos de la firma CROWN CASINO SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya vigencia opera a partir del mes de abril de 2015, con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que se ha acreditado en autos la personería invocada por ambas partes y su capacidad para negociar.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal en torno a lo solicitado, destaca que a los fines homologatorios pretendidos se encuentran cumplimentados los requisitos previstos en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa CROWN CASINO SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 45/48 del Expediente N° 1.664.203/15 agregado a fojas 6 del Expediente N° 1.605.063/14 agregado a su vez a fojas 13 del Expediente N° 1.661.827/15, ratificado a fojas 49 del mismo Expediente, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 45/48 del Expediente N° 1.664.203/15 agregado a fojas 6 del Expediente N° 1.605.063/14 agregado a su vez a fojas 13 del Expediente N° 1.661.827/15 conjuntamente con el Acta de ratificación de foja 49 del Expediente N° 1.661.827/15.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.661.827/15

Buenos Aires, 05 de mayo de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 183/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 45/48 del expediente N° 1.664.203/15 agregado a fojas 6 del expediente N° 1.605.063/14 agregado a su vez a fojas 13 del expediente N° 1.661.827/15 ratificado a fojas 49 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 539/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CROWN CASINO S.A. - ALEARA.

En la Ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 10 días del mes de abril del 2015, se encuentran reunidas por una parte, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA R.A. (ALEARA) su Secretario General MARIANO ZEISS, y los Sres. JULIO CESAR BIDEGAIN, ROBERTO CARLOS FIGUEROA, JUAN COELHO, HUGO RENE VARGAS, SANDRO JOSE CATRIEL, todos ellos en carácter de miembros paritarios, conjuntamente con la letrada apoderada Dra. LUCIANA AMBROSIO, y por el otro en representación de CROWN CASINO S.A. lo hacen la Lic. GRACIELA GIL, el Dr. JUAN JOSE PONCHIARDI y el Sr. LUIS MARRA todos ellos en carácter de miembros paritarios designados por el sector empresarial, conjuntamente con la letrada apoderada Dra. ANA OBEID.

Las partes manifiestan que se encuentran reunidas a efectos de arribar a un acuerdo conciliatorio en el marco del conflicto denunciado en las actuaciones radicada por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Expediente N° 1-2015-1.661.827/2015, a cuyo fin se suscriben las siguientes cláusulas de común acuerdo.

PRIMERA. Las partes acuerdan negociar colectivamente condiciones salariales y laborales que resulten de aplicación en los establecimientos de la firma CROWN CASINO S.A., comprometiéndose en este acto de común acuerdo a negociar términos y condiciones de la pauta salarial abarcativa del período 1° de abril de 2015 a 31 de marzo de 2016.

SEGUNDA. La empresa otorgará a partir del 1° de Abril del corriente, un incremento salarial del 20% (veinte por ciento) calculado sobre el salario básico de cada categoría, vigente al 1° de abril del 2015, entendiéndose dicho incremento a cuenta de la del período supra consignado.

TERCERA. A los fines de continuar con las negociaciones correspondientes a la pauta salarial referida, las partes acuerdan volver a reunirse en el mes de Septiembre del corriente año, a efectos de fijar un incremento porcentual siempre sobre la base del salario básico de cada categoría vigente al 1° de abril del 2015, consignada en el Anexo I.

CUARTA. En relación a los reclamos sindicales relativos a una mejora en monto y liquidación del rubro “PRESENTISMO” y en relación a la creación de nuevas categorías, las partes se comprometen a continuar su diálogo.

QUINTA: Se adjunta al presente acuerdo salarial como anexo II, la escala salarial correspondiente al mes de abril de 2015 en razón de lo acordado precedentemente.

No siendo para más, se procede a la lectura y firma de tres ejemplares de la presente, quedando facultades ambas partes para su presentación por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a efectos de solicitar su HOMOLOGACIÓN.

ANEXO I


Expte. N°

En Buenos Aires, siendo las 14,00 horas, del 16 de Abril de 2015, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3 Lic. Fiorella COSTA, en representación de la parte sindical por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGO DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), comparecen espontáneamente el Sr. Mariano ZEISS PRIETO, en carácter de Secretario General, acompañado por la Sra. Lorena WAINMAYER, DNI N° 26.906.613, en cumplimiento con el Art. 1 del Dto. 514/03, con el patrocinio de la Dra. Luciana Mercedes AMBROSIO y por la parte empresaria CROWN CASINO S.A., lo hace el Sr. Luis MARRA, en carácter de miembro paritario, con el patrocinio de la Dra. Ana OBEID, en carácter de letrada apoderada, quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y cedida la palabra a AMBAS PARTES, de mutuo y común acuerdo, manifiestan: Que ratifican íntegramente el Acuerdo de fecha 10 de Abril de 2015 y sus respectivos Anexos I y II, reconociendo como propias las firmas allí insertas. Se deja constancia de que la Entidad Sindical a la fecha no cuenta con delegados de personal en el ámbito de la Empresa. Asimismo, las partes manifiestan su solicitud de homologación.

Se les comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 14.30 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.