PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Decisión Administrativa 312/2015

Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpórase cargo.

Bs. As., 10/6/2015

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y modificatorias, y el Decreto N° 407 del 16 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 se constituye el Gabinete de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla Anexa a la misma.

Que por el Decreto N° 407/15, se dispuso entre otras medidas, la supresión de la Coordinación General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente y de la Coordinación General de Asuntos Político Institucionales de la Unidad Presidente ambas en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y la creación de la Coordinación General de Asuntos Técnicos y Políticos de la Unidad Presidente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, asignándole a su titular rango y jerarquía de Secretario.

Que en esta instancia, y en atención a la naturaleza de sus cometidos, debe dotarse de un Gabinete al Coordinador General de Asuntos Técnicos y Políticos de la Unidad Presidente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, incorporándolo, con carácter de excepción, a la nómina de funcionarios a que se refieren los artículos 1°, 2° y 3°, así como el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa N° 477/98.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1° y 2° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Dase por incorporado, con carácter de excepción, a partir del 16 de marzo de 2015, el cargo de Coordinador General de Asuntos Técnicos y Políticos de la Unidad Presidente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la planilla anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.