ACUERDOS

Decisión Administrativa 309/2015

Acta Acuerdo Bilateral. Aprobación.

Bs. As., 9/6/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-SEG: 0000421/2015 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 1344 del 4 de octubre de 2007 y 893 del 7 de junio de 2012, ambos modificados por su similar N° 1039 del 29 de julio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el día 4 de septiembre de 2014 se procedió a la firma de un CONVENIO entre la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA y las SECRETARÍAS DE SEGURIDAD y DE COORDINACIÓN, PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para la provisión de CHALECOS ANTIBALAS.

Que mediante Memorándum del 29 de enero de 2015, la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA, dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, informó sobre las necesidades de provisión de DOCE MIL (12.000) chalecos antibalas DGFM, modelo multiamenaza 2.1 o multiamenaza 2.2, nivel de protección RB2, según NORMA RENAR MA1-01, de fisonomía externa masculina.

Que así, la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, consolidó las necesidades de provisión complementaria de los mencionados chalecos para las Fuerzas Federales para el año en curso.

Que mediante Nota SSL N° 19/2015 del 30 de enero de 2015, la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO de la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA, dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, solicitó a la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES cotización del material en cuestión.

Que mediante Nota del 6 de febrero de 2015, la GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES informó los precios y condiciones de pago del requerimiento.

Que, en razón de ello, se suscribió un ACTA ACUERDO BILATERAL entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES para la producción y provisión consolidada de DOCE MIL (12.000) CHALECOS MULTIAMENAZA con destino a las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, por la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 101.134.680).

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1344/07, y el artículo 14, inciso c) del Anexo al Decreto N° 893/12, ambos modificados por su similar N° 1039/13.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase el ACTA ACUERDO BILATERAL suscripta entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES para la producción y provisión consolidada de DOCE MIL (12.000) CHALECOS MULTIAMENAZA con destino a las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, suscripto ad referéndum del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS el 17 de marzo de 2015, por la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 101.134.680) que, como Anexo I, se acompaña en copia autenticada.

Art. 2° — Establécese que el gasto emergente de la medida dispuesta precedentemente deberá ser imputado a las partidas específicas del Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2015 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 3° — Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD para emitir la correspondiente orden de compra.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — María C. Rodriguez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)