ACUERDOS
Decisión Administrativa 309/2015
Acta Acuerdo Bilateral. Aprobación.
Bs. As., 9/6/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-SEG: 0000421/2015 del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus
modificatorios, los Decretos Nros. 1344 del 4 de octubre de 2007 y 893
del 7 de junio de 2012, ambos modificados por su similar N° 1039 del 29
de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el día 4 de septiembre de 2014 se procedió a la firma de un
CONVENIO entre la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA y las SECRETARÍAS
DE SEGURIDAD y DE COORDINACIÓN, PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, para la provisión de CHALECOS ANTIBALAS.
Que mediante Memorándum del 29 de enero de 2015, la DIRECCIÓN NACIONAL
DE LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA, dependiente de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, informó sobre las
necesidades de provisión de DOCE MIL (12.000) chalecos antibalas DGFM,
modelo multiamenaza 2.1 o multiamenaza 2.2, nivel de protección RB2,
según NORMA RENAR MA1-01, de fisonomía externa masculina.
Que así, la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA dependiente de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, consolidó las necesidades de
provisión complementaria de los mencionados chalecos para las Fuerzas
Federales para el año en curso.
Que mediante Nota SSL N° 19/2015 del 30 de enero de 2015, la DIRECCIÓN
DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO de la SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA,
dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
solicitó a la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES cotización
del material en cuestión.
Que mediante Nota del 6 de febrero de 2015, la GERENCIA DE
COMERCIALIZACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES
informó los precios y condiciones de pago del requerimiento.
Que, en razón de ello, se suscribió un ACTA ACUERDO BILATERAL entre el
MINISTERIO DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES
MILITARES para la producción y provisión consolidada de DOCE MIL
(12.000) CHALECOS MULTIAMENAZA con destino a las FUERZAS POLICIALES Y
DE SEGURIDAD, por la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CIENTO
TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 101.134.680).
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS
JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1344/07, y el
artículo 14, inciso c) del Anexo al Decreto N° 893/12, ambos
modificados por su similar N° 1039/13.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase el ACTA
ACUERDO BILATERAL suscripta entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD y la
DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES para la producción y
provisión consolidada de DOCE MIL (12.000) CHALECOS MULTIAMENAZA con
destino a las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, suscripto ad
referéndum del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS el 17 de marzo de 2015,
por la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 101.134.680) que, como Anexo I, se acompaña
en copia autenticada.
Art. 2° — Establécese que el
gasto emergente de la medida dispuesta precedentemente deberá ser
imputado a las partidas específicas del Presupuesto para el Ejercicio
Financiero 2015 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 3° — Autorízase a la
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE SEGURIDAD para emitir la correspondiente orden de compra.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — María C. Rodriguez.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)