AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Decreto 1117/2015
Apruébase Estructura Organizativa.
Bs. As., 12/6/2015
VISTO el Expediente N° 0121434/2015 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la ley N° 27.078,
el Decreto N° 677 de fecha 28 de abril de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.078 se creó, como Autoridad de Aplicación de la
misma, la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES.
Que en virtud de ello se dictó el Decreto N° 677 de fecha 28 de abril
de 2015, que estableció que la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, continuadora de la SECRETARÍA DE
COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y de la COMISIÓN NACIONAL DE
COMUNICACIONES organismo descentralizado de la mencionada Secretaría,
iniciará sus funciones a los TREINTA (30) días contados a partir de la
publicación del mencionado decreto.
Que mediante el artículo 30 del Decreto N° 677/15 se facultó a la
SECRETARIA DE COMUNICACIONES, para que realice todos los actos
necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
Que como consecuencia del nuevo escenario y reglas fijadas para el
sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las
Telecomunicaciones y sus recursos asociados, resultan necesarias
acciones inmediatas por parte de las autoridades a fin de dotar al
nuevo organismo de los recursos humanos y materiales necesarios para
dar cumplimiento a su accionar, contemplando la continuidad de las
actividades de regulación, control, fiscalización y verificación a
cargo del Estado Nacional.
Que la conformación de éste nuevo organismo, continuador de dos
estructuras existentes, vuelve necesario contemplar y planificar en
base a la envergadura de las tareas encomendadas y la experiencia de
funcionamiento operativo adquirida, la estructura organizativa hasta el
nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes.
Que en razón de la naturaleza dinámica de las actividades que conforman
la competencia de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
Y LAS COMUNICACIONES, resulta conveniente facultar a dicho organismo
para que en el supuesto de ser necesario realice modificaciones sobre
la estructura organizativa inicialmente dispuesta en el presente.
Que el artículo 33 del Decreto N° 677/15 dispuso la composición de la
dotación inicial de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, transfiriendo el personal dependiente
de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y de la COMISIÓN NACIONAL DE
COMUNICACIONES a la planta permanente de la primera.
Que en tal entendimiento, y considerando la especialidad del nuevo
Órgano y su régimen laboral específico, es necesaria la concertación
entre la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y las asociaciones representativas de los trabajadores
de la misma, de un Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, en el marco
del Convenio Colectivo General para la Administración Pública y la Ley
N° 24.185 de negociación colectiva para el Sector Público.
Que el artículo 83 de la Ley N° 27.078 establece la conformación del
presupuesto de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
LAS COMUNICACIONES.
Que mediante el artículo 87 la Ley N° 27.078 se dispuso la
transferencia bajo la órbita de competencias de la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del PLAN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, creado por el Decreto N° 1552
de fecha 21 de octubre de 2010.
Que por lo expuesto, y a los fines de garantizar la operatividad de la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
y la continuidad del Plan transferido bajo su órbita, resulta necesaria
la reglamentación de los artículos antes mencionados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 incisos 1° y 2° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
organismo descentralizado y autárquico actuante en el ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo al Organigrama y Objetivos,
responsabilidad primaria y acciones, que como Anexos I y II forman
parte integrante del presente.
Art. 2° — Facúltase a la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
para realizar modificaciones sobre la estructura organizativa inicial
aprobada por medio del presente decreto, previa intervención de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 3° — En un plazo de
SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a
las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida.
Art. 4° — Instrúyese al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la conformación
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para los trabajadores de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
Art. 5° — Entiéndense como
conceptos comprendidos en el inciso a) del artículo 83 de la Ley N°
27.078 a las tasas, derechos, aranceles y gravámenes incluidos en el
Título VI de la mencionada Ley.
Art. 6° — Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2° — Créase la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ‘ARGENTINA
CONECTADA’ en la órbita de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, la cual estará presidida por el
Presidente del Directorio de dicha Autoridad, pudiendo el mismo delegar
sus funciones”.
Art. 7° — Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:
“ARTÍCULO 4° — La COMISIÓN DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA
DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” estará
conformada por UN (1) representante de las siguientes jurisdicciones,
cada uno en el marco de sus competencias:
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
- MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS,
- MINISTERIO DE INDUSTRIA,
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
- MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,
- MINISTERIO DE SALUD,
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) organismo
descentralizado, en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL,
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE COMERCIO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.”
Art. 8° — Sustitúyese el artículo 5° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:
“ARTÍCULO 5° — Facúltase a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES a reglamentar el funcionamiento de la
COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL
DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” y, a establecer las
condiciones generales del citado Plan, en donde se determinarán los
procedimientos, las responsabilidades y metodologías que deriven del
mismo”.
Art. 9° — Hasta tanto se
efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención
de las erogaciones de las áreas y funciones transferidas por el
presente decreto serán atendidas con cargo a los créditos
presupuestarios de las jurisdicciones de origen de las mismas.
Art. 10. — Encomiéndase al Jefe
de Gabinete de Ministros, previa intervención del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a efectuar las adecuaciones
presupuestarias necesarias para perfeccionar el cumplimiento de las
disposiciones del presente Decreto.
Art. 11. — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
ANEXO I
ANEXO II
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
OBJETIVOS
1. Promover, regular y gestionar en materia de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones en general, de las telecomunicaciones
en particular y del servicio postal.
2. Controlar, fiscalizar y verificar en el ámbito de su competencia.
3. Regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en general, de las
telecomunicaciones en particular y del servicio postal en el ámbito de
las atribuciones conferidas y demás disposiciones legales aplicables.
4. Regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación
del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios
satelitales, las redes de telecomunicaciones y la prestación de los
servicios de telecomunicaciones y tecnologías digitales, así como del
acceso a la infraestructura activa y pasiva y otros insumos o
facilidades esenciales, sin perjuicio de las atribuciones concurrentes
con otras autoridades.
5. Regular en materia de lineamientos técnicos relativos a la
infraestructura y los equipos que se conecten a las redes de
telecomunicaciones, así como en materia de homologación y evaluación de
la conformidad de dicha infraestructura y equipos, promoviendo la
industria y la producción nacional en materia de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones en general, de las telecomunicaciones
en particular y del servicio postal.
6. Resolver sobre el otorgamiento, la prórroga, la revocación de
licencias, registros, permisos y autorizaciones, así como la
autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u
operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en general, de las
telecomunicaciones en particular.
7. Adoptar las acciones y medidas necesarias que garanticen la
continuidad en la prestación de los servicios de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones. Actuar del mismo modo en los casos de
tratarse de servicios de comunicación audiovisual, cuando la Autoridad
en la materia le dé aviso de la existencia de causas de terminación por
revocación o rescate de concesiones, disolución o quiebra de las
sociedades concesionarias.
8. Planear, fijar, instrumentar, conducir y ejecutar las políticas
públicas y programas de cobertura universal y cobertura social en las
materias de su competencia.
9. Promover y regular el acceso a las Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones y a los servicios de telecomunicaciones, incluido el
de banda ancha e Internet, en condiciones de competencia efectiva.
10. Expedir disposiciones administrativas de carácter general, planes
técnicos fundamentales, lineamientos, modelos de costos, procedimientos
de evaluación, procedimientos de homologación y certificación y
ordenamientos técnicos en materia de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones y de los servicios de telecomunicaciones así como
demás disposiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en su ley de
creación.
11. Formular y publicar sus programas de trabajo.
12. Elaborar, publicar y mantener actualizado el Cuadro Nacional de
Atribución de Frecuencias o el Cuadro de Atribución de Bandas de
Frecuencias de la República Argentina (CABFRA), independientemente de
la denominación específica que se determine.
13. Emitir disposiciones, lineamientos o resoluciones en materia de
interoperabilidad e interconexión de las redes públicas de
telecomunicaciones, como así también imponer obligaciones y condiciones
específicas a los licenciatarios, a efectos de asegurar la libre
competencia y concurrencia en el mercado.
14. Llevar registro de los acuerdos de acceso e interconexión
celebrados y efectuar el análisis previo a la autorización de una
oferta de referencia.
15. Resolver de oficio o a petición de parte y establecer los términos
y condiciones de interconexión que no hayan podido convenir los
licenciatarios respecto de las redes públicas de telecomunicaciones.
16. Emitir lineamientos de carácter general para el acceso y, en su
caso, uso compartido de la infraestructura activa y pasiva, de
conformidad con la normativa vigente.
17. Resolver los desacuerdos de compartición de infraestructura entre licenciatarios.
18. Resolver los desacuerdos que se susciten entre licenciatarios de redes de telecomunicaciones.
19. Resolver las situaciones de interrupción parcial o total, por
hechos fortuitos o causas de fuerza mayor de las vías generales de
comunicación en materia de telecomunicaciones.
20. Resolver sobre el cambio o rescate de bandas de frecuencia.
21. Determinar la existencia de actores con poder significativo de
mercado e imponer las medidas necesarias para evitar que se afecte la
competencia y la libre concurrencia.
22. Declarar la existencia o inexistencia de condiciones de competencia
efectiva en el sector de que se trate y, en su caso, la extinción de
las obligaciones impuestas a los actores con poder significativo de
mercado.
23. Determinar, autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios de su competencia.
24. Requerir a los sujetos regulados bajo la órbita de su competencia
la información y documentación, incluso aquella generada por medios
electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, necesarios para
el ejercicio de sus funciones.
25. Coordinar acciones con las autoridades del Poder Ejecutivo
Nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
26. Imponer sanciones por infracciones a las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.
27. Procurar la completa neutralidad de las redes y el acceso de la
totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios
de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y
geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad.
28. Procurar la accesibilidad y asequibilidad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para toda la población.
29. Suscribir convenios de cooperación con las provincias, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y municipios, con la finalidad de establecer
mecanismos de coordinación para el despliegue de redes de
telecomunicaciones.
30. Ejercer la representación nacional ante los organismos y entidades
nacionales e internacionales en materia de Servicios de TIC y postal,
coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así
correspondiera, y ejercer las atribuciones de signatario y parte de
INTELSAT e INMARSAT.
31. Ejercer la promoción y control de actividades de experimentación de
los particulares en las materias de su competencia, entre ellas las de
los radioaficionados y filatelistas.
32. Ejercer las competencias que como continuadora de los organismos
preexistentes a su funcionamiento resulten pertinentes, como así
también las dispuestas en la Ley N° 27.078 y su reglamentación de
conformidad a las disposiciones normativas vigentes.
UNIDAD AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del sistema de control interno, sus operaciones y el
desempeño en el cumplimiento de sus responsabilidades financieras,
legales y de gestión informando acerca de su eficacia y eficiencia.
• Coadyuvar al cumplimiento de los objetivos institucionales enfocados
hacia el control contributivo y mejora continua de la Gestión Pública.
• Brindar asesoramiento dirigido a contribuir al buen funcionamiento de
la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y asistir al Presidente del Directorio en el
mantenimiento de un adecuado sistema de control interno.
ACCIONES
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría o Plan Global y el Plan
Anual de Trabajo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA conforme las Normas
de Auditoría Interna Gubernamental, el Manual de Control Interno
Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SIGEN y por
la máxima autoridad de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
2. Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas,
recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan desvíos,
manteniendo un diálogo activo, abierto y constructivo con las áreas
auditadas.
3. Revisar y evaluar la aplicación del sistema de control interno de la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.
4. Contribuir al adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
5. Verificar la observancia de las normas dictadas por la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN en su carácter de órgano rector del sistema de
control interno, como así también cumplir con las resoluciones,
circulares e instructivos emitidos por la misma.
6. Elaborar informes de auditoría y comunicar sus resultados a la
máxima autoridad de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y a la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN.
7. Realizar auditorías enfocadas hacia el control contributivo,
orientando sus resultados a la elaboración de informes de gestión
respecto de áreas, circuitos u operaciones de la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
8. Brindar asesoramiento en aspectos de su competencia, con una
orientación dirigida a agregar valor al conjunto de la organización.
9. Propiciar el fortalecimiento del sistema de control interno.
10. Informar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a través del Sistema
Informático de Seguimiento de Recupero Patrimonial (SISREP), el estado
de los procedimientos de recupero pendientes, con la periodicidad que
fije la normativa aplicable a la materia.
11. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.
12. Efectuar la carga del Planeamiento Anual, los informes de
auditoría, observaciones, medidas correctivas y conclusiones obtenidas
de los informes de auditoría al Sistema de Seguimiento de Informes y
Observaciones (SISIO WEB II).
13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
14. Producir informes periódicos sobre las auditorías prácticas.
15. Medir y evaluar la eficiencia de la gestión del Organismo, elaborar
informes relativos a la utilización de manera económica, eficiente y
eficaz de sus recursos y el logro de sus metas, y sugerir soluciones
para aquellos problemas que conspiren contra la consecución de sus
propósitos, en base a criterios objetivos.
16. Coordinar la elaboración de los descargos que el Organismo deba
presentar con relación a informes emanados de los distintos órganos de
control.
SECRETARÍA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la firma del despacho, elevando para su intervención
todos aquellos proyectos que se encuentren analizados desde el punto de
vista técnico legal, coordinando su posterior registro,
protocolización, comunicación y custodia.
• Entender en la recepción y salida de la documentación administrativa,
recibir y despachar la documentación y efectuar el archivo de la
documentación administrativa de todas las dependencias de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Entender en la coordinación de los trámites administrativos
ingresados, determinando la dependencia con responsabilidad primaria
que deba intervenir.
ACCIONES
1. Coordinar el registro, trámite y custodia de la documentación
relativa a las reuniones del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
2. Coordinar la recepción, registro, tramitación, comunicación y
notificación de expedientes, proveídos, notas y resoluciones
provenientes de las autoridades, asistiendo a éstas en su firma.
3. Coordinar el giro de la documentación a las distintas dependencias
de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES.
4. Coordinar la publicación de actos administrativos en el Boletín
Oficial, autenticar las firmas de funcionarios de la AUTORIDAD FEDERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y efectuar la
notificación de resoluciones a las partes involucradas.
5. Coordinar el registro y guarda de los expedientes, como también de
copia de las notas externas, de las resoluciones y de las disposiciones
suscriptas por las autoridades; así como de la protocolización de la
documentación indicada.
6. Otorgar vistas y llevar el Registro de Representantes y Domicilios creado por Resolución CNC N° 18/01.
7. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar de ello a las autoridades en caso de requerirlo.
UNIDAD DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Intervenir en la difusión de todas las acciones de comunicación que
se realicen desde adentro y hacia afuera de la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Entender en las relaciones con los medios de comunicación, procurando mantener una estrecha y eficaz relación.
ACCIONES
1. Coordinar la relación con los medios de comunicación Nacionales, Regionales y Locales.
2. Coordinar todas las herramientas de comunicación necesarias con la
finalidad de difundir las actividades que realice la AUTORIDAD FEDERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
3. Asistir en la promoción del intercambio institucional y la
generación de posibles convenios de cooperación con instituciones del
ámbito nacional e internacional.
4. Ejecutar el Plan de Comunicación interna y externa del Organismo.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la gestión económica, financiera y patrimonial de la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
a fin de efectuar una asignación racional de los recursos materiales.
• Entender en la recepción y administración de los fondos por
recaudación y demás ingresos que por disposiciones legales,
reglamentarias o judiciales se asignen a la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Entender en el diligenciamiento de todas las actuaciones en que
intervenga la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES relacionadas con los recursos que administra.
• Ejercer las funciones asignadas por la normativa vigente al Servicio Administrativo y Financiero.
ACCIONES
1. Administrar los fondos y efectuar el registro contable vinculado con
la gestión económica, financiera y patrimonial, y administrar la
gestión de cobranzas.
2. Asistir al DIRECTORIO en la planificación y confección del Plan
Anual de Compras de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y en la fijación de la política de
compras y contrataciones.
3. Asistir en la definición de políticas sobre la recaudación de las
tasas de control, fiscalización, verificación y derechos
radioeléctricos que percibe la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, proponiendo sistemas de optimización
de la recaudación.
4. Cumplir y hacer cumplir, a través de diversos controles, las normas
dictadas por los órganos rectores haciendo un uso apropiado de los
recursos que posee la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
5. Elaborar y elevar el presupuesto de cada ejercicio, sus modificaciones y ajustes.
6. Entender en la tramitación de las compras o locaciones de bienes y
servicios, o cualquier otro tipo de contratación pública o privada que
deba efectuarse.
7. Entender en la planificación del mantenimiento general de la
estructura edilicia y los demás bienes de la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, para que se
encuentren en óptimas condiciones de operatividad.
8. Percibir y recaudar las tasas, derechos, multas y aranceles
previstos por la legislación vigente para el sostenimiento o desarrollo
de la actividad.
9. Recaudar la renta postal prevista por el marco regulatorio de la actividad.
10. Brindar apoyo técnico, administrativo en los temas de su competencia a todo el Organismo.
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la formación de la imagen institucional de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, con la
finalidad de fortalecer el rol del Estado Nacional en las funciones de
promoción, regulación, gestión y control en materia de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, sus
recursos asociados y el servicio postal.
• Entender en el desarrollo, difusión y control de todas las acciones
de comunicación que se realicen hacia adentro y hacia afuera de la
AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Asistir a las autoridades en las relaciones con el Honorable Congreso
de la Nación, los Gobiernos Provinciales y Municipales, como así
también de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y con las restantes
dependencias del Gobierno Nacional.
ACCIONES
1. Coordinar y articular la comunicación interna con la finalidad de
difundir las actividades que realice la AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES a sus integrantes.
2. Coordinar administrativa y funcionalmente el Museo de las Comunicaciones y el Centro de Información Técnica.
3. Intervenir y asistir a sus superiores en materia de Protocolo y
Ceremonial, Prensa y Difusión, y relaciones con otras instituciones.
4. Supervisar el Centro de Información Técnica y mantener actualizada la biblioteca y el material pertinente.
5. Desarrollar el Plan de Comunicación interna y externa del Organismo.
6. Coordinar y mantener las relaciones con las Cámaras representativas
del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
7. Coordinar la formulación, desarrollo y ejecución de políticas y
estrategias comunicacionales internas y externas de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Ejercer las funciones de servicio jurídico permanente de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Intervenir en la elaboración y análisis de anteproyectos de
legislación general e instrumentación normativa de políticas públicas
del sector y en el perfeccionamiento de las disposiciones legales y
reglamentarias existentes.
• Entender en el patrocinio y asesoramiento jurídico del organismo y su
representación tanto en sede judicial como en sede administrativa.
• Entender en todos los aspectos de índole jurídica que le sean
requeridas, elaborando los dictámenes que correspondieren para las
distintas dependencias del Organismo.
ACCIONES
1. Asistir en el dictado de regulaciones para el sector de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2. Entender en la elaboración y análisis de los proyectos de la
normativa vinculada a los servicios de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones.
3. Entender en la elaboración de las normas e instrumentos jurídicos
que recepten los nuevos avances tecnológicos para el sector.
4. Asistir en la elaboración, aprobación y modificación de los planes técnicos fundamentales.
5. Analizar y efectuar propuestas relativas a proyectos normativos
originados o destinados a otras jurisdicciones y que sirvan a los
propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo en temas de
competencia específica del Organismo.
6. Promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y
reglamentarias en vigor mediante la realización de los estudios
vinculados con su especialidad.
7. Administrar el registro de acuerdos entre licenciatarios de acceso e interconexión.
8. Asistir en la redacción de los pliegos de bases y condiciones para
el llamado a concurso de adjudicación de licencias destinadas a la
prestación de servicios de TIC.
9. Asistir en la redacción, análisis y evaluación de las propuestas
presentadas en el marco de los llamados a Concursos y/o Subastas
Públicas para la autorización del uso de bandas de frecuencia del
espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de
telecomunicaciones.
10. Intervenir en los sumarios y las actuaciones investigativas
dispuestas por las autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES.
11. Ejercer la representación de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE
LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES, ante la PROCURACIÓN DEL TESORO DE
LA NACIÓN, los distintos Tribunales y Juzgados que conforman el Poder
Judicial de la Nación y los Poderes Judiciales de las provincias y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras autoridades oficiales, ya
sean Nacionales, Provinciales y Municipales, en toda gestión que
requiera conocimientos jurídicos específicos.
12. Intervenir en los procedimientos destinados a la adjudicación,
otorgamiento, modificación, inscripción o caducidad de licencias para
prestar servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, verificando en cada caso el cumplimiento de las
condiciones legales vigentes.
13. Intervenir en la atribución de bandas de frecuencias a efectos de
verificar que se cumpla con la normativa establecida para la gestión
del espectro radioeléctrico.
14. Sustanciar los procedimientos de ejecución fiscal por falta de pago
de tasas, intereses, multas y demás adicionales establecidos en los
diferentes servicios.
15. Asistir a las distintas dependencias del Organismo en todos los
aspectos de índole jurídica que le sean requeridas, elaborando los
dictámenes que correspondieren.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la gestión del personal a fin de efectuar una asignación
racional de los recursos humanos, con el fin de lograr una mayor
eficiencia y un mejor desempeño del mismo.
• Entender en el diseño y aplicación de políticas y procedimientos de
Recursos Humanos para asegurar la adecuada selección, desarrollo y
capacitación del personal.
• Entender en la liquidación de sueldos y beneficios del personal.
• Entender en la gestión de programas de Seguridad e Higiene, Medicina
Laboral y de Medio Ambiente, que contribuyan a asegurar la salud
ocupacional de los trabajadores.
ACCIONES
1. Entender en todos los actos administrativos vinculados con el
movimiento del personal desde su ingreso hasta su egreso; mantener las
bases de datos correspondientes permanentemente actualizadas y
debidamente custodiadas.
2. Liquidar los sueldos del personal y aplicar las normativas
relacionadas con las retenciones, pagos complementarios, y otros de
similar naturaleza.
3. Aplicar las reglamentaciones inherentes al manejo del personal.
4. Diseñar, ejecutar y evaluar los planes de capacitación y desarrollo
de los Recursos Humanos, a fin de garantizar el mejoramiento en el
desempeño y la calificación profesional del personal.
5. Implementar los procesos vinculados a la selección, incorporación, socialización, y retención del personal.
6. Diseñar, ejecutar y administrar el sistema de valoración del desempeño.
7. Entender en los procesos asociados a la óptima gestión de las relaciones laborales.
8. Asesorar al Directorio, Direcciones u otras Áreas del Organismo en materia de gestión de recursos humanos.
9. Entender en el diseño de las políticas, normas y programas de
Seguridad e Higiene, Medicina Laboral y Medioambiente a fin de
garantizar la eficacia y la eficiencia de las operaciones de prevención
de accidentes y/o enfermedades ocupacionales en el Organismo, de
acuerdo a la normativa vigente en la materia.
10. Formular e implementar todas aquellas acciones orientadas a crear
un clima laboral que asegure el bienestar del personal de la AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
11. Elaborar y remitir informes periódicos que sean requeridos por
organismos externos pertenecientes a la Administración Pública Nacional
con competencia en el registro de los recursos humanos.
DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMATICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en el análisis, actualización y rediseño de los sistemas,
procesos y procedimientos internos con el propósito de sistematizar
informáticamente la gestión de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
• Entender en la formulación, implementación y seguimiento de proyectos
de sistematización informática de las políticas de gestión interna de
la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES.
ACCIONES
1. Asistir a las autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, en el diseño e implementación de
proyectos que incorporen sistemas informáticos en la gestión.
2. Entender en el análisis, diseño y adecuación de los procesos del
Organismo, aplicando criterios de eficacia y eficiencia mediante la
sistematización informática de los mismos.
3. Entender en la implementación de sistemas informáticos de gestión.
4. Asistir a las Autoridades en la definición de políticas de desarrollo de sistemas de información.
5. Entender en los procesos de incorporación, implementación,
modificación y mantenimiento de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN
Y LAS COMUNICACIONES.
6. Asistir a las autoridades en la definición y aplicación de
metodologías y normas relativas a la seguridad y privacidad de la
información de conformidad con la normativa vigente y estándares
aplicables en la materia.
7. Intervenir en la estandarización de los procesos relacionados con la
gobernabilidad de los proyectos del Organismo, facilitando el uso
compartido de recursos, metodologías, herramientas y técnicas de la
gestión de proyectos.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Asistir a las autoridades en cuestiones propias de las relaciones
internacionales destinadas a potenciar la representación de la
República Argentina en orden a las políticas públicas de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• Asistir a las autoridades en la representación nacional ante los
organismos internacionales y administraciones extranjeras de similares
servicios.
ACCIONES
1. Asesorar a las autoridades en la formulación de las políticas
públicas de comunicaciones en el orden internacional, de conformidad a
los lineamientos de la política exterior del Gobierno Nacional.
2. Asistir a las Autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES en el mantenimiento de las
relaciones internacionales con entidades intermedias y organizaciones
no gubernamentales.
3. Asistir a los representantes de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES cuando concurran ante los
organismos internacionales que correspondan y coordinar la difusión de
los tratados, acuerdos o convenios que resulten de ello.
4. Coordinar las relaciones con la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT), Comisión Interamericana de Telecomunicaciones
(CITEL), Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR), Unión Postal
Universal (UPU), Unión Postal de las Américas, España y Portugal
(UPAEP), Mercado Común del Sur (MERCOSUR), Organización Mundial de
Comercio (OMC) - Grupo de Negociación sobre Telecomunicaciones Básicas
(GNTB), Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite
(ITSO), Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por
Satélite (IMSO), Organización Internacional de Telecomunicaciones
Marítimas por Satélite (INMARSAT), en especial con sus organismos
técnicos, como así también con todas aquellas otras Organizaciones que
guarden relación con los fines de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
5. Intervenir en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos y
convenios internacionales en las materias de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCION DE USUARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en todo lo relativo a la atención de los usuarios de
servicios de TIC, en el asesoramiento acerca de los derechos y
obligaciones que los asisten y los procesos sancionatorios que a su
respecto se inicien, según la normativa vigente.
• Ejercer la representación federal del Organismo en materia de
usuarios a través de la dirección y supervisión de las actividades
desarrolladas por las dependencias que el organismo disponga como
centros o puntos de atención al usuario en el territorio nacional.
ACCIONES
1. Entender en la organización y funcionamiento técnico, operativo y
administrativo de las dependencias que el organismo disponga como
centros o puntos de atención al usuario en el territorio nacional.
2. Entender en la planificación de actividades desarrolladas por las
dependencias que el organismo disponga como centros o puntos de
atención al usuario en el territorio nacional, coordinando y
promoviendo el control regional, optimizando la disponibilidad de
recursos humanos y materiales asignados a las distintas áreas.
3. Brindar atención a los usuarios y evacuar sus consultas sobre
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
4. Analizar, impulsar e instruir los reclamos de los usuarios de
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
5. Entender en la resolución de los conflictos originados en denuncias
de usuarios de los servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
6. Intervenir en el dictado de normas y procedimientos de atención al
público y de tramitaciones de reclamos de usuarios de servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
7. Coordinar planes de acción a fin de asistir a la Dirección Nacional
de Control y Fiscalización en los procedimientos y ejecución de las
tareas de control y fiscalización a los prestadores de servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el ámbito de su
competencia, a través de la dependencia que corresponda.
8. Entender en los procesos sancionatorios a los prestadores de
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que
hayan incurrido en incumplimientos a la normativa vigente, desde su
impulso hasta su sanción.
9. Perfeccionar los mecanismos para efectuar los reclamos y hacer
efectivos los derechos de los usuarios de los servicios de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la tramitación de las autorizaciones para el uso,
instalación y puesta en funcionamiento de servicios y/o sistemas de
comunicaciones fijas, móviles, terrestres, marítimas, espaciales y
aeronáuticas que utilizan el espectro electromagnético.
• Entender en el otorgamiento de autorizaciones y/o permisos
correspondientes a la instalación y puesta en funcionamiento de los
servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones, excepto los de
Radiodifusión.
• Entender en la Asignación de Frecuencias destinadas al uso eficiente del Espectro Radioeléctrico.
ACCIONES
1. Intervenir en la asignación de las frecuencias de los distintos
servicios de telecomunicaciones y de radiocomunicaciones estableciendo
los criterios técnicos correspondientes.
2. Gestionar las acciones relacionadas con las autorizaciones y/o
permisos correspondientes para la instalación y puesta en
funcionamiento de estaciones radioeléctricas que hacen al uso del
espectro electromagnético.
3. Entender en los procedimientos técnicos y reglamentarios de
autorización, registro, coordinación nacional e internacional, y
notificación internacional de estaciones terrenas y las cuestiones
vinculadas con el uso del espectro radioeléctrico.
4. Entender en los procesos para el otorgamiento de autorizaciones, permisos y asignaciones.
DIRECCION NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la fiscalización del cumplimiento de las condiciones
técnicas, económicas, financieras y de calidad establecidas para la
prestación de Servicios de TIC.
• Entender en el control del cumplimiento de las condiciones que se
establezcan a los prestadores de servicios de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones conforme los alcances de sus licencias.
• Entender en el proceso sancionatorio por incumplimiento a la
normativa vigente en materia de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y telecomunicaciones que expresamente no estén asignadas
a otra dependencia.
• Entender en los requerimientos formulados por las autoridades
Judiciales y/o Policiales de todo el país, realizando diligencias y
peritajes relacionados con infracciones cometidas sobre servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o valiéndose de
ellos.
• Entender en la supervisión del uso y explotación del espectro
radioeléctrico, determinando la existencia y localizando las fuentes de
interferencias perjudiciales y estaciones radioeléctricas no
autorizadas.
• Entender en la comprobación del cumplimiento de las normas legales o
reglamentarias relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico, y
las condiciones técnicas y operativas particulares de cada estación
autorizada.
• Entender en el proceso sancionatorio consecuencia de las inspecciones y comprobaciones técnicas efectuadas.
• Intervenir en las inspecciones técnicas y de habilitación de los
distintos servicios y sistemas de radiocomunicaciones y así como en la
tramitación de actuaciones administrativas que puedan originar
aplicación de sanciones por infracción a las condiciones técnicas y
reglamentarias, establecidas para las estaciones autorizadas.
• Entender en toda otra tarea de control y fiscalización asignada al Organismo por la normativa vigente.
ACCIONES
1. Analizar el comportamiento técnico y operativo de los prestadores
del servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones en competencia a efectos de constatar
que se brinde en condiciones de generalidad, uniformidad, regularidad y
continuidad.
2. Analizar el comportamiento técnico y operativo de las prestadoras de
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a
efectos de alcanzar un nivel de calidad satisfactorio, según los
estándares fijados por la normativa vigente.
3. Requerir a los licenciatarios la información y documentación
necesaria para el cumplimiento de sus responsabilidades primarias.
4. Analizar, impulsar e instruir los procesos sancionatorios a los
prestadores de servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones por incumplimientos a la normativa vigente, y elevar,
cuando corresponda, el proyecto de sanción respectivo, en relación a
los procesos asignados a su Dirección.
5. Planificar y ejecutar tareas de control y fiscalización a los
prestadores de servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, a través de la dependencia que corresponda.
6. Efectuar los controles operativos y demás funciones emergentes del
poder de policía conferido a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
7. Elaborar informes y confeccionar cuadros estadísticos de
deficiencias en los servicios para la redacción de reportes
comparativos.
8. Fiscalizar el cumplimiento de los indicadores de calidad de servicio y de los planes anuales de obras e inversiones.
9. Receptar, detectar y proponer soluciones a las interrupciones o deficiencias en la prestación de los servicios.
10. Controlar la correcta aplicación y facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones.
11. Revisar los acuerdos internacionales de tráfico y enrutamiento e
intervenir en el dictado de normas para elección de los corresponsales
del servicio internacional.
12. Realizar controles contables y de costos de las licenciatarias.
13. Colaborar en el dictado de normas y procedimientos de atención al
público, de tramitaciones de reclamos e inspecciones a los servicios de
TIC que impliquen la defensa de los derechos de los usuarios y efectuar
la difusión de las mismas.
14. Controlar el cumplimiento de las normas que fijen asimetrías
regulatorias entre licenciatarios en materia de acceso e interconexión
y su progresiva reducción, a fin de fomentar la competencia.
15. Entender en la clausura o secuestro de instalaciones
radioeléctricas no autorizadas o en infracción, incluyendo las de
radiodifusión, con el concurso del poder judicial y la fuerza pública.
16. Entender en el dictado de medidas previas al inicio del proceso sancionatorio.
17. Entender en el dictado de medidas cautelares en el proceso sancionatorio.
18. Entender en la comprobación del cumplimiento de las normas
relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico, y las condiciones
técnicas y operativas particulares de cada estación autorizada.
19. Efectuar las inspecciones técnicas a estaciones radioeléctricas
para verificar los protocolos de autorización cuando corresponda.
20. Entender en la tramitación de actuaciones administrativas que
puedan originar la aplicación de sanciones por infracciones a las
condiciones técnicas y reglamentarias establecidas para las estaciones
autorizadas.
21. Coordinar administrativa y operativamente el Sistema Nacional de Comprobaciones Técnicas de Emisiones.
22. Realizar las tareas de instalación y mantenimiento de los equipos
radioeléctricos y sistemas asociados, que conforman el Sistema Nacional
de Comprobación Técnica de Emisiones en la jurisdicción territorial
asignada.
23. Entender en la medición de los parámetros técnicos cuyo objeto sea
investigar el medio de propagación tendiente a optimizar la
planificación del uso del espectro radioeléctrico.
DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ECONOMICA TIC
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Recolectar, procesar y analizar información estadística del mercado
de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la
realización de estudios, proyecciones e investigaciones tendientes a
determinar la evolución del mercado en el sector.
• Procurar el mantenimiento de la competencia y libre concurrencia en
materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a fin de
evitar conductas anticompetitivas, prácticas predatorias y/o
discriminatorias entre los prestadores con poder significativo de
mercado respecto de los demás actores.
• Intervenir en el otorgamiento de la licencia para la prestación de los Servicios de TIC.
• Entender en el planeamiento económico estratégico de los Servicios de TIC.
ACCIONES
1. Impulsar las adecuaciones económicas necesarias del sector en
función de las estadísticas obtenidas en base a la información
existente.
2. Entender en la realización de estudios y estadísticas técnicas y
económicas de servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
3. Intervenir en la fiscalización del cumplimiento de los planes anuales de obras e inversiones.
4. Colaborar en la fiscalización y control de la correcta aplicación y
facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones, entendiendo en
sus modificaciones y efectuando comparaciones internacionales.
5. Intervenir en los controles contables y de costos de las licenciatarias.
6. Entender en el análisis de las Ofertas de Interconexión de
Referencia y resolver los conflictos que se susciten por acceso e
interconexión, ya sea interviniendo de oficio o a pedido de parte para
la modificación del acuerdo.
7. Determinar la existencia de actores con poder significativo de mercado.
8. Entender en la declaración de la existencia o inexistencia de
condiciones de competencia efectiva en el sector de que se trate y, en
su caso, la extinción de las obligaciones impuestas a los actores con
poder significativo de mercado.
9. Determinar, autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios.
10. Entender en el establecimiento de condiciones particulares de
acceso e interconexión con las redes que fueran propiedad del Estado
Nacional o de sociedades con participación estatal mayoritaria.
11. Intervenir en la declaración de la existencia o inexistencia de
condiciones de competencia efectiva en el sector de que se trate y en
su caso, la extinción de las obligaciones impuestas a los actores con
poder significativo de mercado.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACION TECNOLOGICA TIC
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la administración, gestión y optimización de los recursos
órbita-espectro correspondientes a redes satelitales, de conformidad
con los tratados internacionales suscriptos por el país.
• Gestionar el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.
• Entender en la gestión de órbitas de satélites y en la disposición de
las medidas relativas a la provisión de enlaces satelitales.
• Asesorar a las autoridades en el diseño, elaboración, actualización y
desarrollo de la reglamentación, normativa y planes técnicos; como así
también en materia de políticas regulatorias de los servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• Entender en el planeamiento estratégico de los distintos servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• Intervenir en la planificación y desarrollo de políticas públicas que
permitan universalizar los servicios de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones para facilitar el acceso a la información y el
conocimiento, específicamente donde exista desigualdad en el acceso y
uso de los recursos.
ACCIONES
1. Administrar el espectro radioeléctrico a efectos de garantizar el
uso eficiente para promover la prestación competitiva de servicios de
telecomunicaciones y dar estricto cumplimiento a las normas nacionales
e internacionales y a los convenios y tratados internacionales en la
materia.
2. Efectuar el seguimiento del uso de la capacidad satelital, y
tramitar ante las distintas organizaciones internacionales de
comunicaciones por satélites las solicitudes efectuadas por las
empresas del sector.
3. Entender en las tareas de mantenimiento del registro de frecuencias
y notificación de asignaciones ante la Unión Internacional de
Telecomunicaciones para los servicios terrenales.
4. Entender la homologación y certificación de equipos de telecomunicaciones que hacen uso del espectro electromagnético.
5. Colaborar en la elaboración de normas técnicas relacionadas con la homologación, codificación o autorización de equipos.
6. Intervenir en los procesos para la expedición de las licencias, autorizaciones, permisos y asignaciones.
7. Intervenir en el análisis de los aspectos técnicos y regulatorios
relacionados con la interconexión de las redes de telecomunicaciones.
8. Elaborar y administrar los Planes Fundamentales Nacionales de Telecomunicaciones.
9. Entender en la gestión y actualización del “Cuadro de Atribución de
Bandas de Frecuencias en la República Argentina” o del “Cuadro de
Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina
(CABFRA)”, independientemente de la denominación específica que se
determine.
10. Cooperar en la evaluación y formulación de criterios técnicos y
medidas pertinentes para asegurar los estándares de calidad y
prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones.
11. Intervenir en el planeamiento estratégico en materia regulatoria de los servicios de TIC.
12. Intervenir en la realización de proyectos relacionados con la
incorporación de nuevas tecnologías y servicios para el sector de las
telecomunicaciones con el objetivo de disminuir la brecha digital.
13. Colaborar en la preparación de planes, programas y especificaciones
necesarias para la participación de la República Argentina en foros
nacionales, regionales e internacionales relacionados con temas
regulatorios y los vinculados con las comunicaciones y las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones.
14. Proponer actualizaciones de la normativa técnica y planes técnicos
fundamentales para adaptarlos a los cambios tecnológicos con el fin de
permitir nuevas tecnologías o servicios.
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS PÚBLICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Entender en la elaboración, implementación y monitoreo de proyectos
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tendientes a
fomentar su desarrollo, uso, aprovechamiento y explotación eficiente.
• Administrar y gestionar los proyectos de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones de manera que procuren el federalismo
y la inclusión social, promoviendo la competencia efectiva.
• Entender en la implementación de políticas públicas y programas de
cobertura universal, cobertura social y continuidad de la prestación de
los servicios de TIC.
• Entender en la conformación de políticas públicas y programas
tendientes al cumplimiento de los objetivos y finalidades establecidos
en la Ley N° 27.078 y las normas que con posterioridad se dicten en
razón de la misma.
ACCIONES
1. Promover planes y programas destinados a la universalización de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al desarrollo de
economías regionales, al acceso a las mismas en condiciones sociales y
geográficas equitativas y de calidad, a la neutralidad de las redes y
al desarrollo sustentable.
2. Coordinar y supervisar la ejecución de todos los Programas y Planes
en curso o a iniciar, que de alguna forma se relacionen con los
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que
sean específicamente colocados bajo la órbita de la AUTORIDAD FEDERAL
DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
3. Entender en la implementación de los convenios celebrados con otros
organismos del Estado y del sector privado y organismos no
gubernamentales, que posibiliten la promoción y el desarrollo de los
servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
vinculados al servicio universal y al despliegue de las redes de
telecomunicaciones.
4. Asesorar a los establecimientos educativos de gestión estatal,
primarios, secundarios, terciarios, universitarios y a las comunidades
de pueblos originarios respecto a la viabilidad de instalación y puesta
en funcionamiento de servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones en los mismos.
5. Proponer medidas de relevamiento, monitoreo y confección de informes
relacionados con los proyectos especiales de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
6. Colaborar en la elaboración de procedimientos para regímenes de
implementación de servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones en zonas de baja densidad demográfica y/o alta
vulnerabilidad social.
7. Controlar las rendiciones de los fondos ejecutados correspondientes
a los proyectos especiales de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
8. Organizar e impulsar programas y políticas que propendan al fomento
del derecho a la información, el federalismo, la inclusión social y el
fortalecimiento de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
9. Realizar monitoreos de los proyectos especiales de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, evaluando el impacto producido por su
implementación, a través de informes que contengan indicadores para
efectuar dicha medición.
10. Implementar políticas públicas, programas y líneas de acción
destinadas a fortalecer el desarrollo sustentable de las Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones.
11. Entender en el diseño, aplicación y monitoreo de proyectos
especiales que fomenten y resguarden los mercados regionales,
establezcan incentivos para el despliegue de infraestructura regional y
fortalecimiento de actores locales y también asimetrías regulatorias
como instrumentos de universalización tendientes al desarrollo de una
efectiva competencia.
12. Participar en la elaboración de los lineamientos de carácter
general para el acceso y, en su caso, uso compartido de la
infraestructura activa y pasiva.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS POSTALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
• Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en materia postal y
telegráfica por parte de los operadores del mercado postal y
telegráfico.
• Entender en la habilitación de Operadores para desarrollar la
actividad postal, administrando el Registro Nacional de Prestadores de
Servicios Postales.
• Verificar que los servicios postales sean prestados conforme las condiciones de calidad previstas por las normas vigentes.
• Entender en la tramitación y resolución de los reclamos que efectúen
los usuarios de servicios postales, u otras partes interesadas, y
administrar los registros correspondientes.
• Entender en la tramitación de actuaciones por incumplimientos a la
normativa vigente en materia postal, promover la aplicación de las
sanciones pertinentes, y administrar los registros correspondientes.
ACCIONES
1. Efectuar los controles, inspecciones, operativos y demás funciones de Policía Postal.
2. Producir estadísticas del mercado postal y telegráfico local e
internacional, realizar estudios técnicos y económicos sobre el mismo.
3. Auditar los servicios prestados por el Correo Oficial.
4. Entender en los procedimientos destinados a la inscripción y
habilitación de prestadores de Servicios Postales, verificando en cada
caso el cumplimiento de las condiciones legales vigentes.
5. Controlar el cumplimiento de las normas en materia postal, para la
emisión de certificados de inscripción, y el mantenimiento de la
autorización para prestar servicios postales y telegráficos.
6. Realizar la atención y tramitación de consultas y reclamos de usuarios postales y entender en su proceso sancionatorio.
7. Ejecutar las acciones tendientes a prevenir conductas
anticompetitivas en el mercado postal y promover su sanción en caso que
se verifiquen.
8. Fiscalizar los procedimientos de apertura de envíos caídos en rezago.
9. Intervenir y colaborar en la elaboración de normas específicas para
el control del Correo Oficial, la determinación y alcance del servicio
postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás
obligaciones vinculadas a la prestación.
10. Efectuar la planificación de las actividades de control postal,
aplicando y controlando el cumplimiento efectivo de la normativa
vigente en la materia.
11. Administrar los registros del Correo Oficial, el Registro Nacional
de Prestadores de Servicios Postales, el Subregistro de Prestadores de
Servicios de Mensajería y/o todo registro especial establecido por la
normativa pertinente.