ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 261/2012

Bs. As., 2/5/2012

VISTO el Expediente N° S01:0063848/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, lo establecido en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó el Programa General de Transferencia a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS creado por el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007, se establecieron las funciones y facultades de la ANAC y se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA de la ANAC tiene la responsabilidad primaria de regular e inspeccionar los Servicios de Navegación Aérea establecidos en el país y asegurar que los mismos sean suministrados a los usuarios, con el más alto grado de eficiencia técnica y operativa acorde con normas y regulaciones nacionales e internacionales en vigencia, e inspeccionar el accionar de las delegaciones regionales.

Que se debe garantizar el más alto nivel de seguridad en las operaciones aéreas que se realizan en la REPÚBLICA ARGENTINA, y verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la Regulaciones Aeronáuticas de Aviación Civil (RAAC), Manual de Operaciones (MANOPER) Gestión del Tránsito Aéreo (ATM), Servicio de Información Aeronáutica (ARO-AIS), así como los estándares recomendados por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) y toda aquella normativa de aplicación a la actividad.

Que asimismo resulta necesario supervisar y verificar el funcionamiento de las dependencias de navegación aérea en el ámbito nacional, y participar en el desarrollo de normativas y procedimientos que contribuyan al avance de la navegación aérea.

Que a fin de lograr dichos objetivos, es menester aprobar un “Marco General de Desarrollo de Actividades y Procedimientos de Inspecciones de Navegación Aérea y un “Marco General de Desarrollo de Actividades y Procedimiento de Auditorías de Navegación Aérea”.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Marco General de Desarrollo de Actividades y Procedimientos de Inspecciones de Navegación Aérea y el Marco General de Desarrollo de Actividades y Procedimientos de Auditorías de Navegación Aérea elaborado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), que como Anexo I y II forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la Dirección General de Control de Tránsito Aéreo de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°. —. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

NOTA: El /los anexos que integra/n la presente medida podrán ser consultados en la siguiente dirección web: “http://www.anac.gov.ar/anac/web/uploads/normativa/resoluciones/instructivo-res-261-12.pdf”

e. 19/06/2015 N° 111098/15 v. 19/06/2015