MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL

Disposición 3/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° S04:0029794/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 114 —CIENEGUILLAS— y la consiguiente creación del circuito electoral 114 A —CASIRA—, dentro de la sección electoral departamento de SANTA CATALINA perteneciente al distrito electoral JUJUY, elaborado por el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Competencia Electoral en la Provincia de JUJUY.

Que de las piezas judiciales agregadas en el citado expediente surge la detallada descripción de los límites territoriales resultantes de las demarcaciones propuestas.

Que a fojas 35 consta la Resolución de la Excma. CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en la cual decide aprobar el anteproyecto en cuestión y remitir a esta Dirección Nacional los antecedentes del mismo.

Que corresponde a esta instancia, recibido el anteproyecto, notificar el inicio de las actuaciones a las agrupaciones políticas registradas en el distrito de que se trata y producir un informe técnico descriptivo de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinente de éste a los partidos políticos inscriptos en el distrito y remitirla para su publicación al BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA durante DOS (2) días.

Que en el caso concreto y en función del cronograma electoral en curso, resulta conveniente abreviar el trámite y proceder en un mismo acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto del informe técnico, así como disponer la publicación pertinente.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto N° 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso 2 del artículo 40 del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL aprobado por la Ley N° 19.945 (T.O. 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas con el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 114 —CIENEGUILLAS— y la creación del circuito electoral 114A —CASIRA—, en la sección electoral departamento de SANTA CATALINA, del distrito electoral JUJUY, elaborado por el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Competencia Electoral en la Provincia de JUJUY.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el extracto del Informe Técnico DEyCE N° 04/15 el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el distrito electoral JUJUY, el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 4° — Requiérase al Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Competencia Electoral en la Provincia de JUJUY que efectúe las notificaciones dispuestas en los artículos 1° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5° — Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el plazo de DOS (2) días.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.

ANEXO I

Expte. S04:0029794/2015

INFORME TÉCNICO DEyCE N° 04/15

BUENOS AIRES, 22 JUN 2015

Descripción de límites de los nuevos Circuitos Electorales, Sección electoral departamento de SANTA CATALINA, del distrito electoral JUJUY

Circuito 114 - Cieneguillas

Norte: Desde el cruce entre el cauce medio del Río Santa Catalina y la Ruta Provincial N° 5, continuando por el eje medio de la Ruta, con Rumbo este, hasta su cruce con el Punto C (coordenadas: latitud 22° 5’27.93” S, 65° 51’59” O), siguiendo por proyección de la línea imaginaria desde este Punto, con rumbo este hasta su intersección con la Ruta Provincial 5, Punto D (coordenadas: latitud 22° 6’3.14” S; 65° 51’28.46” O), continuando por esta última, con rumbo este, hasta su cruce con el límite este del Departamento Santa Catalina.

Este - Sur: Desde el cruce entre la Ruta Provincial N° 5 y el límite este del Departamento Santa Catalina, continuando por este límite, con rumbo sur y oeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Santa Catalina (intersección Río Sarcari).

Oeste: Desde el cruce entre el límite del Departamento Santa Catalina y el cauce medio del Río Santa Catalina (intersección Río Sarcari) siguiendo por este río, con rumbo norte, hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5.

Circuito 114A - Casira

Norte -: Límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia, desde el cruce entre el cauce medio del Río Piscuno hasta su cruce con el límite este del Departamento de Santa Catalina.

Este: Desde el cruce entre del límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia con, límite este del Departamento de Santa Catalina siguiendo por este, con rumbo sur hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5.

Sur: Desde el cruce entre el límite este del Departamento Santa Catalina y la Ruta Provincial N° 5, siguiendo por esta Ruta, con rumbo oeste, hasta su cruce con el Punto D (coordenadas: latitud 22° 6’3.14” S; longitud 65° 51’28.46” O), continuando por la proyección de la línea imaginaria, con rumbo norte, hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5, Punto C (coordenadas: latitud 22° 5’27.93” S, 65° 51’59” O), siguiendo por esta Ruta, con rumbo oeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Santa Catalina

Oeste: Desde el cruce entre la Ruta Provincial N° 5 y el cauce medio del Río Santa Catalina, siguiendo por este Río, con rumbo norte, hasta su cruce con el Punto A (coordenadas: latitud 21° 57’52.12” S; longitud 65° 55’53,08O), desde este Punto, por proyección de la línea imaginaria, con rumbo noroeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Piscuno, Punto B (coordenadas: 21° 55’49.12S; longitud 65° 54’51.08” O), siguiendo por este Río, con rumbo norte, hasta su cruce con el límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia.

El expediente se encuentra para vista de los interesados, por VEINTE (20) días, en la calle Gascón 350, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Prof. SANDRA MINVIELLE, Directora de Estadística y Cartografía Electoral, Dirección Nacional Electoral.

e. 30/06/2015 N° 114315/15 v. 30/06/2015