MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Resolución 436/2015
Bs. As., 30/06/2015
VISTO el Expediente N° 2204/14 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, las Decisiones Administrativas
Nros. 85 de fecha 10 de septiembre de 2008, 427 de fecha 9 de junio de
2014, la Resolución SINDICATURA GENERAL DE LA NACION N° 207 de fecha 21
de diciembre de 2012 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 85/08, se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que por Decisión Administrativa N° 427/14, se facultó al titular del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA a aprobar
VEINTICINCO (25) cargos de conducción en distintas dependencias de la
Jurisdicción, a efectos de dar continuidad al rediseño en los niveles
organizacionales inferiores, tendiendo a la búsqueda de la optimización
de la gestión en función de las competencias establecidas para la
Jurisdicción, aprobándose por este acto, CUATRO (4) cargos.
Que resulta necesario profundizar el proceso de reingeniería y asignar
responsabilidades, en función de los distintos procesos de gestión, en
el ámbito de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de este Ministerio.
Que, por tal motivo, resulta necesario aprobar la estructura organizativa de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.
Que se han tenido en cuenta para la elaboración de la presente medida,
los lineamientos fijados por la Resolución SIGEN N° 207/12 y sus
modificatorias.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y por el artículo
8° de la Decisión Administrativa N° 427/14.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas inferiores de la UNIDAD DE
AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I y II
forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto
vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO
DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JOSÉ LINO SALVADOR BARAÑAO,
Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
ANEXO I
ANEXO Il
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
AUDITORIA ADJUNTA
ACCIONES:
1. Coordinar el desarrollo de la planificación, programación y ejecución de las acciones de auditoría.
2. Asistir al Auditor Interno Titular en la evaluación del desarrollo
general de las acciones de la unidad en el orden intraorganizacional, y
en materia de relaciones institucionales en concreto, fomentando la
coordinación con otros organismos de control interno y externo.
3. Captar, de la dinámica organizacional del Ministerio y propia de la
Unidad de Auditoría Interna, las variaciones relativas en los elementos
componentes para calificar los riesgos de auditoría.
4. Supervisar la ejecución de las acciones por áreas y asistir al
Auditor Interno Titular en la evaluación de sus resultados, revisando
que el resultado de las Auditorías se corresponda con los objetivos y
metas propuestos.
5. Coordinar la producción final de la Unidad de Auditoría Interna a
partir de las conclusiones de las diferentes áreas sustantivas de
acciones de auditoría.
6. Colaborar interactivamente con las áreas de auditoría en la
formulación de la normativa técnico-organizacional interna de la Unidad
de Auditoría Interna (reglamentos, manuales, instructivos,
cuestionarios) y su actualización, que se dicten para el cumplimiento
de sus objetivos.
7. Analizar y emitir opinión acerca de aspectos puntuales que en
materia de estrategias y planes le sean requeridos por el responsable
de la Unidad de Auditoría Interna.
8. Analizar los resultados de los trabajos elevados por los auditores
de las áreas presupuestaria, operacional, legal y de sistemas, y
asistir al Auditor Interno Titular en la evaluación de sus resultados.
9. Supervisar el adecuado cumplimiento de tareas asignadas a la Unidad
de Auditoría Interna, tales como la intervención en los trámites de
consolidación de deudas de la Jurisdicción, sumarios, controles de
rutina requeridos por circulares de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, y similares.
10. Coordinar los requerimientos en materia informática que efectúen
las distintas áreas que conforman la Unidad de Auditoría Interna para
la realización de sus tareas de auditoría.
11. Asistir al Auditor Interno Titular en la confección de los
programas de capacitación y actualización técnica para el personal de
la Unidad de Auditoría Interna.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
AUDITORIA ADJUNTA
SUPERVISION DE AUDITORIA DE GESTION Y LEGAL
ACCIONES:
1. Asistir en la formulación y el control de la planificación global y
anual de los programas específicos de auditoría; en la coordinación del
desarrollo de las acciones de auditoría y en el control y evaluación de
los resultados en el área de su competencia.
2. Realizar auditorías de gestión orientadas a evaluar la ejecución de
los planes y proyectos ejecutados por el Ministerio y sus dependencias,
a fin de determinar el grado de eficacia, eficiencia, economía, calidad
e impacto en sus operaciones.
3. Controlar la debida aplicación de las normas legales vigentes, en la ejecución de los procedimientos de auditoría.
4. Efectuar estudios organizacionales, evaluación y diagnóstico de
procesos de áreas críticas y de apoyo, a fin de fortalecer el sistema
de control interno y orientar la toma de decisiones gerenciales y
administrativas.
5. Analizar los resultados de los trabajos elevados por los auditores;
evaluar y conformar las conclusiones y recomendaciones al respecto.
6. Coordinar y conformar equipos de trabajo del área operacional para resolver cuestiones técnicas y de organización funcional.
7. Establecer, para efectos administrativos, los criterios generales
respecto de la interpretación y aplicación del marco jurídico que
tendrán carácter obligatorio para las áreas administrativas y
operativas de la Unidad de Auditoría Interna.
8. Coordinar la producción de la información final de la Unidad de
Auditoría Interna a partir de las conclusiones del área operacional.
9. Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas
bajo su órbita, a los efectos de alimentar los sistemas de control y
planeamiento estratégico.
10. Supervisar que en el desarrollo de los procesos de control
efectuados en las áreas de su competencia se haya aplicado la normativa
vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos
adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
11. Someter a la consideración del Auditor Interno Titular, la solución
de las consultas legales que formulen las áreas de la Unidad de
Auditoría Interna, los funcionarios públicos y/o empleados del
Ministerio.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
AUDITORIA ADJUNTA
SUPERVISION DE AUDITORIA CONTABLE, PATRIMONIAL Y PRESUPUESTARIA
ACCIONES:
1. Asistir en la formulación y el control de la planificación global y
anual de los programas específicos de auditoría; en la coordinación del
desarrollo de las acciones de auditoría y en el control y evaluación de
los resultados en el área de su competencia.
2. Coordinar el desarrollo de la planificación, programación y ejecución de las acciones de la auditoría del área a su cargo.
3. Analizar los resultados de los trabajos elevados por los jefes de
los equipos de las auditorías contable y/o presupuestaria, evaluar y
conformar las conclusiones y recomendaciones al respecto.
4. Coordinar y conformar equipos de trabajo de las áreas contable y
presupuestaria para resolver cuestiones técnicas y de organización
funcional.
5. Coordinar la producción de la información final de la Unidad de
Auditoría Interna a partir de las conclusiones del área contable
patrimonial y presupuestaria.
6. Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas
bajo su órbita, a los efectos de alimentar los sistemas de control y
planeamiento estratégico.
7. Supervisar que en el desarrollo de los procesos de control
efectuados en las áreas de su competencia se haya aplicado la normativa
vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos
adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
8. Evaluar los cambios que se produzcan en la estructura presupuestaria
fijada para la jurisdicción y su incidencia en la formulación de
planes, y ponderar la información obtenida en materia de anuncios de
cambios en las políticas institucionales que afecten a la Jurisdicción,
en el marco de las estrategias y cursos de acción elegibles.
9. Verificar si las transacciones y operaciones son efectuadas de
acuerdo con las normas legales, contables y presupuestarias aplicables,
respetando los niveles de autorización correspondientes.
10. Evaluar las medidas de resguardo adoptadas para la protección de los activos líquidos, fijos, documentación y registros.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
AUDITORIA ADJUNTA
SUPERVISION DE AUDITORIA EN TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y COMUNICACION (TIC)
ACCIONES:
1. Asistir en la formulación y el control de la planificación global y
anual de los programas específicos de auditoría; en la coordinación del
desarrollo de las acciones de auditoría y en el control y evaluación de
los resultados en el área de su competencia.
2. Elaborar los programas de trabajo específicos, conforme a las normas
de auditoría interna gubernamental, para el desarrollo de los proyectos
previstos en el Plan Anual de Auditoría, referidos a la evaluación de
los sistemas informáticos vigentes en la Jurisdicción.
3. Diseñar programas informáticos para ser utilizados en las tareas de
auditoría de las distintas áreas que conforman la Unidad de Auditoría
Interna.
4. Analizar, diseñar e implantar sistemas de información que apoyen a
las evaluaciones y muestreos de datos que realizan las distintas áreas
correspondientes a la Unidad de Auditoría Interna.
5. Diseñar actividades y programas de seguimiento a las recomendaciones
formuladas, con el fin de asegurar la aplicación oportuna de los
correctivos necesarios.
6. Realizar auditoría de los sistemas de información que apoyan a los
procesos y procedimientos administrativos que se llevan a cabo en las
dependencias del Ministerio.
7. Constatar que los recursos tecnológicos se utilicen de manera
eficiente y en concordancia con los requerimientos de la Jurisdicción.
8. Verificar que los sistemas de información, comunicación y el
equipamiento informático sean los adecuados para el cumplimiento de los
objetivos de la Jurisdicción.
9. Realizar la evaluación de los contratos suscriptos por el
Ministerio, en la adquisición de software o soluciones tecnológicas
para la Institución, realizando estricta observancia al cumplimiento de
las cláusulas suscritas en los mismos.
10. Verificar si se encuentran instrumentados planes y esquemas de seguridad en materia de informática.
11. Evaluar la fortaleza de los controles preventivos y correctivos
instrumentados en la Jurisdicción en materia de Tecnología de la
Información y de la Comunicación.
e. 07/07/2015 N° 117315/15 v. 07/07/2015