MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 3672/2015

Bs. As., 06/07/2015

VISTO el Expediente Nro. 9768/15 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 641 del 6 de mayo de 2014 y el Decreto N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y la Resolución MC N° 2300/14, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 641 de fecha 6 de Mayo de 2014 se creó el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN que tiene entre sus objetivos, planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, así como promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados.

Que mediante Decreto N° 833 de fecha 3 de Junio de 2014 se estableció, entre otros, como propósitos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias culturales tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector, promoviendo las tradiciones nacionales, protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión, que fomenten la percepción colectiva de la identidad y el ser nacional incentivando industrias culturales enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de la unidad nacional.

Que asimismo corresponde promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura, de manera federal, promoviendo la creación de empleos y el desarrollo de los oficios y profesiones.

Que mediante Resolución MC N° 2300 del 6 de Octubre de 2014 se creó el FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, con el fin de profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de producciones culturales, otorgando ayudas e incentivos económicos destinados al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias.

Que asimismo, corresponde que el FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL lleve adelante convocatorias específicas y abiertas a través de las cuales se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas a democratizar el acceso a los bienes culturales, garantizar la multiplicidad de voces y colaborar al desarrollo económico de los creadores, productores, emprendedores y gestores de la República Argentina.

Que para otorgar las mencionadas ayudas se designará a tal efecto un Comité evaluador específico para cada una de las líneas a fin de determinar la factibilidad y relevancia de los proyectos.

Que es decisión de éste MINISTERIO DE CULTURA afectar en primer término la convocatoria para la linea MOVILIDAD por un monto de $ 5.000.000 (PESOS CINCO MILLONES).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presenta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 641/2014, 833/2014 y 1344/07.

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la segunda convocatoria con destino a la línea MOVILIDAD del Programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, que fuera creado por Resolución MC N° 2300/14.

ARTICULO 2° — Apruébase el reglamento de bases y condiciones de la presente Convocatoria, correspondiente a la línea MOVILIDAD, que como Anexo I, forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º — La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL a través de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, será la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento de bases y la encargada de la instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES correspondientes al presupuesto financiero para el año en curso.

ARTICULO 5° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

ANEXO I

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

LÍNEA MOVILIDAD

Convocatoria 2015

ÍNDICE

I. PRESENTACIÓN

1.1 Introducción

1.2 Aspectos generales

1.3 Modalidades, categorías y criterios específicos de selección

A) Ayudas a la movilidad dentro del país

A.1) Participación en ferias y mercados

A.2) Participación en festivales, encuentros y residencias

A.3) Ayudas a giras artísticas y culturales

B) Ayudas a la movilidad al exterior

B.1) Participación en ferias y mercados

B.2) Participación en festivales y encuentros

B.3) Ayudas a giras artísticas y culturales

C) Ayudas a la movilidad para la participación al MICA 2015

1.4 Duración de los proyectos

1.5 Carta de inscripción o participación al evento

1.6 Adjudicación y destino de las ayudas

II. POSTULACIÓN

2.1 Postulantes

2.1.1 Personas Físicas

2.1.2 Personas Jurídicas

2.2 Postulación

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

2.3 Idioma de los documentos

2.4 Periodo de recepción de proyectos

III. SELECCIÓN DE PROYECTOS

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

3.2 Proceso de evaluación y selección

3.3 Publicación y notificación de resultados

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

4.1 Aceptación de condiciones

4.2 Obligaciones del Responsable

4.3. Cancelación y devolución de fondos

4.4 Sanciones por incumplimiento de compromisos

V. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

A) Formulario de Postulación

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación

C) Documentación respaldatoria del postulante

C. 1) Personas físicas

C.2) Personas jurídicas

D) Formulario Específico del Proyecto

E) Carta de inscripción o participación del evento.

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

Línea Movilidad

Convocatoria 2015

El Ministerio de Cultura de la Nación presenta la segunda convocatoria del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinados al fomento y fortalecimiento productivo del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de desarrollo y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos y/o actividades que requieran ayudas para su concreción.

El Fondo distribuirá sus ayudas bajo diferentes modalidades las cuales se encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad, Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.

LÍNEA MOVILIDAD - LLAMADO 2015

I. PRESENTACIÓN

1.1 Introducción

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de la Línea Movilidad, del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural (FADC), en su segunda convocatoria.

El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos que requieran ayudas en concepto de traslados según lo establecido en las presentes bases.

El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:

- Postulación.

- Revisión formal y técnica.

- Evaluación y selección de proyectos a cargo del Comité Evaluador.

- Publicación y notificación de los resultados.

- Firma de la Carta Compromiso y de Declaraciones Juradas.

- Rendición y Memoria Técnica.

1.2 Aspectos generales

La presente convocatoria tiene como objetivo contribuir a la movilidad y circulación de artistas, creadores, productores, gestores y profesionales vinculados al sector cultural en ferias, mercados, festivales, encuentros y giras artísticas de relevancia para su desarrollo, dentro y fuera del país y el Mercado de Industrias Culturales de Argentina (MICA 2015) en la Ciudad de Buenos Aires.

Podrán presentar proyectos personas físicas y jurídicas vinculadas a las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio.

Los traslados deberán realizarse en el caso de las modalidades A y B entre el 1 de noviembre de 2015 y el 30 de abril de 2016 y en el caso de la modalidad C, entre el 1 de septiembre y el 10 de septiembre de 2015, de acuerdo a la realización del MICA 2015. En todos los casos, la solicitud deberá ser presentada por los beneficiarios directos de los pasajes y estar acompañada por una carta de invitación, selección, participación o inscripción del evento al que se asistirá detallando la fecha y lugar del mismo. (Ver punto 1.5 Carta de inscripción o participación al evento). En ningún caso la postulación podrá ser presentada por los organizadores del evento.

1.3 Modalidades, objetivos y criterios específicos de selección

A) Ayudas a la movilidad dentro del país

Esta modalidad otorgará pasajes para:

A.1) Participación en ferias y mercados

A.2) Participación en festivales, encuentros y residencias

A.3) Ayudas a giras artísticas y culturales

A.1) Participación en ferias y mercados

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos dentro del país para participar en ferias, mercados artísticos y culturales.

Sus objetivos son:

- Promover el intercambio de bienes y servicios culturales y dar a conocer su oferta y características de consumo.

- Crear y fortalecer redes y circuitos locales y regionales.

- Promover el acercamiento a nuevos públicos y mercados para el desarrollo económico de productores, artistas, emprendimientos y empresas.

La cantidad máxima de pasajes otorgables por proyecto será de 2 (dos) pasajes, entendiendo que cada pasaje equivale a un tramo de ida y un tramo de regreso.

Las solicitudes serán seleccionadas de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta.

- Trayectoria del postulante.

- Relevancia y pertinencia de la feria o mercado al cual se desea asistir.

- Naturaleza de la participación en las actividades de la feria o mercado (ronda de negocios, charlas, conferencias, seminarios, capacitaciones, talleres, actividades culturales, etc) y su impacto para el participante.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

- Fortalecimiento del mercado interno y posibilidad de apertura a nuevos mercados.

- Posibilidad de desarrollo en la región donde se realiza la actividad.

A.2) Presencia en festivales, encuentros y residencias

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos dentro del país para participar en festivales y encuentros artísticos y culturales y residencias.

Sus objetivos son:

- Fomentar la participación de artistas, productores y gestores en festivales, encuentros y residencias.

- Favorecer la distribución y promoción de producciones culturales dentro de nuestro país.

- Promover la diversidad cultural a partir del acercamiento con nuevos públicos.

- Generar un desarrollo sostenible de las producciones culturales a lo largo del tiempo.

La cantidad máxima de pasajes a otorgar por proyecto será de 10 (diez) pasajes, considerando que 1 (un) pasaje incluye el tramo ida y vuelta.

Las solicitudes serán seleccionadas de acuerdo a los siguiente criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta.

- Trayectoria del postulante.

- Relevancia y pertinencia del festival o encuentro al cual se asistirá.

- Posibilidad de desarrollo en la región donde se desarrolla la actividad.

- Estrategias para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

- Acciones tendientes a fomentar la circulación de oferta cultural regional.

A.3) Ayudas a giras artísticas y culturales

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos dentro del país para la realización de giras artísticas y culturales.

Sus objetivos son:

- Fomentar la distribución, circulación y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país.

- Impulsar la creación de redes de intercambio, el acercamiento a nuevos públicos y fortalecimiento de las escenas regionales.

Serán consideradas giras aquellos proyectos que incluyan al menos 2 (dos) presentaciones en 2 (dos) localidades diferentes de forma consecutiva, es decir, sin regreso entre tramos al lugar de origen. Las mismas deberán plantear una propuesta territorial coherente y se deberá contar con una carta de invitación para cada una de las actividades que integren dicha gira.

La cantidad máxima de pasajes a otorgar por proyecto será de 10 (diez) pasajes, considerando que cada uno de los mismos incluye hasta tres tramos (un tramo ida, un tramo intermedio y un tramo de regreso) por pasajero.

Las solicitudes serán seleccionadas según los siguiente criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta y su planificación.

- Trayectoria del postulante.

- Impacto, creatividad de la programación y actividades planificadas de la gira.

- Posibilidad de desarrollo en la región.

- Estrategia para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

B) Ayudas a la movilidad al exterior

Esta modalidad otorgará pasajes a:

B. 1) Participación en ferias y mercados

B. 2) Participación en festivales y encuentros

B. 3) Ayudas a giras artísticas y culturales

B. 1) Participación en ferias y mercados

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos al exterior para participar en ferias y mercados artísticos y culturales.

Sus objetivos son:

- Promover el intercambio de bienes y servicios culturales y dar a conocer su oferta y características de consumo.

- Crear y fortalecer redes y circuitos interregionales e internaciones.

- Promover el acercamiento a nuevos públicos y mercados, ayudando así al desarrollo económico de productores, artistas, emprendimientos y empresas.

Se priorizarán proyectos que vayan a realizarse en países de América Latina y del BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica).

La cantidad máxima de pasajes a otorgar por proyecto será de 2 (dos) pasajes, considerando que 1 (un) pasaje corresponde al tramo ida y vuelta.

Las solicitudes serán seleccionadas según los siguientes criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta.

- Trayectoria del postulante.

- Relevancia y pertinencia de la feria o mercado al cual se desea asistir.

- Naturaleza de la participación en las actividades de la feria o mercado (ronda de negocios, charlas, conferencias, seminarios, capacitaciones, talleres, actividades culturales, etc) y su impacto para el participante.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

- Fortalecimiento del mercado externo y posibilidad de apertura a nuevos mercados.

- Posibilidad de desarrollo en el país donde se desarrolla la actividad.

B. 2) Participación en festivales y encuentros

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos al exterior para participar en festivales y encuentros artísticos y culturales.

Sus objetivos son:

- Fomentar la participación de artistas, productores y gestores en festivales y encuentros que favorezcan la distribución y promoción de sus producciones culturales en el exterior.

- Promover la diversidad cultural de nuestro país en exterior y el acercamiento a nuevos públicos.

Se priorizarán proyectos que vayan a realizarse en países de América Latina y del BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica).

La cantidad máxima de pasajes a otorgar por proyecto será de 6 (seis) pasajes, considerando que 1 (un) pasaje incluye el tramo ida y vuelta.

Las solicitudes serán seleccionadas según los siguiente criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta.

- Trayectoria del postulante.

- Relevancia y pertinencia del festival o encuentro al cual se asistirá.

- Posibilidad de desarrollo en el país donde se realiza la actividad.

- Estrategias para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

B. 3) Ayudas a giras artísticas y culturales

Esta categoría otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos al exterior para la realización de giras artísticas y culturales.

Sus objetivos son:

- Fomentar la distribución, circulación y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país en el exterior.

- Promover la creación de redes de intercambio y el acercamiento a nuevos públicos.

Serán consideradas giras aquellos proyectos que incluyan al menos 2 (dos) presentaciones en 2 (dos) localidades diferentes de forma consecutiva, es decir, sin regreso entre tramos al lugar de origen. Las mismas deberán plantear una propuesta territorial coherente y se deberá contar con una carta de invitación para cada una de las actividades que integren dicha gira.

Se priorizarán proyectos que vayan a realizarse en países de América Latina y del BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica).

La cantidad máxima de pasajes a otorgar por proyecto será de 6 (seis) pasajes, considerando que cada uno de los mismos incluye hasta tres tramos (un tramo ida, un tramo intermedio y un tramo de regreso) por pasajero.

Las solicitudes serán seleccionadas según los siguiente criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta y su planificación.

- Trayectoria del postulante.

- Impacto, creatividad de la programación y actividades planificadas de la gira.

- Posibilidad de desarrollo en el país al que se desea viajar.

- Estrategia para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

C) Ayudas a la movilidad para la participación al MICA 2015

La presente modalidad tiene como objetivo garantizar, con un criterio federal, la participación de artistas, creadores, emprendedores, productores, gestores y profesionales vinculados al sector cultural que deseen participar en las rondas de negocios del MICA 2015 a realizarse los días 3, 4, 5 y 6 de septiembre del corriente en el Centro Cultural Kirchner de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Podrán presentar proyectos personas físicas y jurídicas vinculadas a los siguientes sectores de las industrias culturales: artes escénicas, audiovisual, diseño, editorial, música y videojuegos.

Esta modalidad otorgará pasajes terrestres o aéreos en transportes públicos dentro del país para la participación al MICA 2015.

Sus objetivos son:

- Posibilitar la participación en las rondas de negocios, así como también en encuentros, conferencias, talleres y capacitaciones incluidos en la programación del MICA 2015, a fin de mejorar la producción, visibilidad y comercialización de los productos de las industrias culturales de nuestro país.

- Poner en valor y fomentar el potencial productivo de todas las regiones generando nuevas estrategias asociativas, a fin de federalizar los contenidos y producciones culturales, fortaleciendo el mercado interno y posicionando al sector de las Industrias Culturales argentinas.

La cantidad máxima de pasajes otorgables por proyecto será de 2 (dos) pasajes, entendiendo que cada pasaje equivale a 1 (un) tramo de ida y 1 (un) tramo de regreso.

No podrán postularse aquellas personas, físicas o jurídicas, con domicilio a menos de 250 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las solicitudes serán seleccionadas de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación:

- Trayectoria del postulante.

- Características de los productos, bienes y/o servicios a comercializar.

- Fortalecimiento del mercado interno y posibilidad de apertura a nuevos mercados.

- Posibilidad de desarrollo del beneficiario en su región tras la participación en el MICA.

- Inserción y vinculación del postulante con redes, gestores, productores y/o circuitos que fomenten la comercialización y asociación.

1.4 Duración de los proyectos

En el caso de las modalidades A y B, los traslados deberán concretarse entre el 1 de noviembre de 2015 y el 30 de abril de 2016, sin excepción, en los términos y plazos señalados en la carta de inscripción y/o participación al evento emitidas por las personas y/o instituciones anfitrionas. En el caso de la modalidad C, los traslados deberán realizarse entre el 1 de septiembre y el 10 de septiembre de 2015. La solicitud deberá ser presentada por los beneficiarios directos de los pasajes y estar acompañada por el Formulario de Inscripción al MICA 2015 (Ver punto 1.5 Formulario de Inscripción al MICA 2015).

1.5 Carta de inscripción o participación al evento

En las modalidades A y B, las solicitudes deberán estar respaldadas por una carta de invitación, selección o participación al evento al que asistirán, emitida por la institución anfitriona informando la actividad que se desarrollará y las fechas en la que se llevará a cabo, sin excepción.

La misma deberá cumplir con las siguientes requisitos:

- Estar dirigido al Ministerio de Cultura de la Nación o al titular del proyecto.

- Contar con membrete o isologotipo de la institución anfitriona.

- Detallar fecha exacta y lugar del evento a participar.

- Estar redactada en idioma español o adjuntarse la correspondiente traducción junto con la original.

- Informar la o las actividades a realizarse en el evento a participar.

- Estar firmado por un responsable de la institución que hace partícipe del evento.

En el caso de la modalidad C, las solicitudes deberán estar respaldadas con su correspondiente certificado de inscripción para participar al MICA 2015. Si aun no se ha inscripto, podrá realizarlo desde el siguiente enlace: www.mica.cultura.gob.ar

1.6 Adjudicación de las ayudas

La presente línea apoyará los proyectos seleccionados mediante la emisión de pasajes, tanto dentro como fuera del país, por parte del Ministerio de Cultura a favor de los beneficiarios. En ningún caso, se realizará un desembolso ni se transferirá el dinero de los mismos. Los pasajes serán emitidos de acuerdo a lo detallado en la Declaración Jurada de Solicitud de Pasajes que se entregará oportunamente a los beneficiarios, sin opción a modificación del itinerario. Las ayudas podrán cubrir total o parcialmente la cantidad de pasajes solicitados.

El Ministerio de Cultura siempre emitirá la mejor opción de tramos de acuerdo a lo solicitado por los postulantes. Se deja constancia que, frente a la imposibilidad de emitir algún pasaje intra provincial, los mismos deberán estar a cargo de los beneficiarios.

Los postulantes podrán presentarse simultáneamente en las tres modalidades. Resultar beneficiado en la modalidad C, no invalida la adjudicación de ayudas para la modalidad A o B, siendo estas excluyentes entre si, es decir que un mismo postulante no podrá ser beneficiado simultaneametente en la modalidad A y B.

Se deja asentado que los traslados entre distancias inferiores a 1000 km. serán emitidos por vía terrestre. Asimismo, los pasajes aéreos serán emitidos exclusivamente de acuerdo a los itinerarios propuestos por la empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos (OPTAR S.A.) de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1191/2012 priorizando siempre los traslados a través de nuestra Aerolínea de bandera.

No se cubrirán tasas de embarque extraordinarias, gastos por exceso de equipaje, gastos médicos, seguros, costos por materiales o elementos necesarios para la realización del proyecto, gastos o servicios de flete que ocasione cualquier cambio en las condiciones del pasaje.

II. POSTULACIÓN

2.1 Postulantes

Podrán postularse a esta Línea personas físicas y/o jurídicas (asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, SRL, SA, sindicatos) que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren inhabilitadas para ello.

En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un responsable, quien oficiará como representante legal del proyecto ante el Ministerio, y detallar el listado completo de los beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las presentes bases.

No podrán presentarse a esta convocatoria del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural:

- Personas o entidades que hayan sido seleccionadas en la convocatoria 2014 del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

- Personas o entidades que hayan recibido durante el año 2015 algún subsidio otorgado por este Ministerio, con excepción de los subsidios especiales otorgados por entidades desconcentradas o descentralizadas de fomento de acuerdo con la finalidad y la normativa que rige a cada una.

- Personas o entidades que hayan sido beneficiados con ayudas para el mismo fin del proyecto presentado por otros Organismos de la órbita Nacional, Provincial o Municipal.

- Personas jurídicas que se desempeñen como proveedores del Ministerio de Cultura de la Nación.

- Personas o entidades cuyos representantes o integrantes del proyecto sean funcionarios o personal dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación.

2.1.1 Personas físicas

- Mayores de 18 años.

- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.

2.1.2 Personas Jurídicas

- Asociaciones civiles

- Fundaciones

- Cooperativas

- SRL

- SA

- Sindicatos

2.2 Postulación

Las postulaciones deberán realizarse a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

No se aceptarán presentaciones en otros formatos ni postulaciones por fuera de las fechas estipuladas en la convocatoria 2015.

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

El postulante deberá seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al enlace (link): fondo.cultura.gob.ar

- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.

- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.

El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificado en cada campo.

No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

2.3 Idioma de los documentos

Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

2.4 Periodo de recepción de proyectos

En el caso de las modalidades A y B, la recepción de los proyectos estará vigente desde el 6 de julio al 14 de agosto de 2015, sin posibilidad de prórroga alguna. En el caso de la modalidad C, la recepción de los proyectos se realizará entre el 6 de julio al 24 de julio de 2015, sin excepción.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 4371/2015 del Ministerio de Cultura B.O. 28/07/2015 se prorroga la fecha límite establecida en el presente Reglamento de Bases y Condiciones para la Línea Movilidad, Modalidad C: Ayudas para la participación en el MICA 2015, correspondiente al programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, hasta el 7 de Agosto del corriente año)

III. SELECCIÓN DE PROYECTOS

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.

3.2 Proceso de evaluación y selección

La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados. Las decisiones del comité serán inapelables.

3.3 Publicación y notificación de resultados

En el caso de las modalidades A y B, los resultados de la convocatoria serán publicados el 2 de octubre de 2015. En el caso de la modalidad C, los resultados estarán disponibles el 7 de agosto de 2015. En todos los casos serán informados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 6345/2015 del Ministerio de Cultura B.O. 19/10/2015 se prorroga la fecha límite establecida para la publicación y notificación de los resultados en el Reglamento de Bases y Condiciones correspondientes a la Segunda Convocatoria del programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, hasta el 14 de octubre de 2015)

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

4.1 Aceptación de condiciones

4.1.1 En el caso de las modalidades A y B, los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 (quince) días corridos de recibida la notificación de selección, donde aceptarán las condiciones del FADC y se comprometerán a la ejecución total del proyecto. En el caso de la modalidad C, la Carta Compromiso deberá ser firmada en un plazo de 7 (siete) días corridos desde el momento de recibir la notificación.

4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2 Obligaciones del Responsable

4.2.1 Los beneficiarios deberán corroborar y tramitar los documentos necesarios para el viaje (pasaportes, visas, certificados de vacunación y sanidad, etc.), deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2.2 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.

4.2.3 En el caso de las modalidades A y B, los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse los pasajes y/o tarjetas de embarque, según corresponda, en el término máximo de 30 (treinta) días contados desde la finalización de la actividad. En el caso de la modalidad C, los beneficiarios deberán presentar dichos documentos en el término máximo de 15 (quince) días contados desde la finalización del MICA 2015.

4.2.4 En toda pieza de comunicación, referencia pública, sitios webs o redes sociales vinculadas al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACIÓN y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse oportunamente en la rendición de cuentas.

4.2.5 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2.6 Los gastos de envío de la documentación necesaria para la adjudicación de las ayudas otorgadas que fuera solicitada por el área técnica del Ministerio, correrá por cuenta de los beneficiarios, en su totalidad.

4.3. Cancelación y devolución de fondos

4.3.1 Los pasajes que no hubiesen sido utilizados por cualquier razón, deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.

4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:

a) Uso indebido de las ayudas

b) Incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación

4.4 Sanciones por incumplimiento de compromisos

Ante cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome la intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.

V. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

A) Formulario de Postulación

Este documento está conformado por:

- Información general del proyecto.

- Datos del postulante.

- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B, C y E).

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación

Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando la ayuda, especificando bajo qué modalidad y la cantidad de pasajes requerida.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada y firmada por el representante legal de proyecto, en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

C) Documentación respaldatoria del postulante

C. 1) Personas físicas

1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.

3. Curriculum Vitae de la persona solicitante o reseña del proyecto según corresponda (máximo 4 hojas).

C.2) Personas jurídicas

1. Copia escaneada del DNI del representante legal (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

2. Constancia de inscripción ante la AFIP.

3. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.

áximo 4 hojas.

D) Formulario específico del proyecto

Sólo en el caso de las modalidades A y B, se solicitará un Formulario específico del proyecto que estará disponible para descargar, completar y subir en línea en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

E) Carta de inscripción o participación al evento

En el caso de las modalidades A y B, se deberá presentar copia escaneada de la carta de invitación y/o aval institucional de la actividad específica que se desarrollará, con indicación de la participación que tendrá el postulante en dicha actividad y las fechas en la que será realizada, tal como fue detallado en el ítem específico de “Carta de Invitación”. En el caso de la modalidad C, se deberá presentar el Formulario de inscripción al MICA 2015.

e. 10/07/2015 N° 118431/15 v. 10/07/2015