MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 277/2015
Bs. As., 07/07/2015
VISTO el Expediente N° S05:0004776/2015 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 197 del 2 de
diciembre de 2014 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
de la Provincia de CÓRDOBA y 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establece que las
provincias deben elaborar un Programa Regional que, de acuerdo con las
características de las áreas y explotaciones a sanear basados en un
diagnóstico de situación inicial que determine el estado sanitario
poblacional de la Tuberculosis Bovina, podrán desarrollar un Programa
de control, erradicación y/o zona libre.
Que en el Artículo 81 de la mencionada Resolución N° 128/12, referido a
los compromisos y responsabilidades de otros organismos ejecutores
operativos, se contempla la existencia de los Entes Sanitarios Locales
como estructura sanitaria privada sin fines de lucro, otorgándole en su
“inciso e” la coordinación técnica ejecutiva del programa local.
Que a través de la Resolución N° 197 del 2 de diciembre de 2014 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS de la Provincia de
CÓRDOBA, se crea el Programa Regional de Control y Erradicación de la
Tuberculosis en la Provincia de CÓRDOBA.
Que la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la mencionada
provincia, solicita la aprobación de dicho Plan Regional mediante la
homologación de la citada Resolución N° 197/14 por parte de este
Servicio Nacional.
Que el Programa Regional contempla la administración y financiación a
cargo de los productores y Entes Sanitarios locales creados en cada
departamento, es decir, que no representan erogación extra para el
Estado Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto N° 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de
2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Programa Regional de Control y Erradicación de la
Tuberculosis en la Provincia de CÓRDOBA. Convalidación. Se convalida el
Programa Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis en la
Provincia de CÓRDOBA, el cual ha sido aprobado por la Resolución N° 197
del 2 de diciembre de 2014 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
ALIMENTOS de la Provincia de CÓRDOBA.
ARTÍCULO 2° — Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN,
Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
e. 14/07/2015 N° 118284/15 v. 14/07/2015