CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
Resolución 3/2015
Reunión Plenaria Extraordinaria. Convocatoria.
Bs. As., 17/07/2015
VISTO el Expediente N° 1.094.096/2004 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los artículos 135 a 138 de la Ley
N° 24.013, los artículos 25 a 27 del Decreto N° 2725 de fecha 26 de
diciembre de 1991, el Decreto N° 1095 del 25 de agosto de 2004, las
Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
617 del 2 de septiembre de 2004 y N° 927 del 1° de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.013 se crea el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL y se fijan las pautas
para su integración y conformación.
Que por Decreto N° 1095 de fecha 25 de agosto de 2004 se convocó al
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO,
VITAL Y MÓVIL creado por la Ley N° 24.013 y se designó al suscripto
como Presidente de dicho Consejo.
Que según el artículo 1° del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO
NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y
MÓVIL, aprobado mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617 del 2 de septiembre de 2004, es
facultad del Presidente del Consejo convocar a las sesiones plenarias.
Que según el artículo 2° del mencionado Reglamento, es el Presidente
del Consejo quien fija el orden del día de las sesiones plenarias
ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Reglamento Interno del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado mediante la
Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617
del 2 de septiembre de 2004.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
RESUELVE:
Artículo 1° — Convócase al
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO,
VITAL Y MÓVIL a reunirse en sesión plenaria extraordinaria el día 21 de
julio de 2015, a las 17:00 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Hácese saber que se encuentran vigentes las designaciones de los
consejeros convocados, efectuadas mediante la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 927 de fecha 1° de septiembre
de 2014.
Art. 2° — Fíjase como orden del
día para la sesión mencionada, el tratamiento de los temas elevados por
la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR
DESEMPLEO y por el Observatorio del Empleo instituido por el artículo
2° de la Resolución del Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 3 de fecha 1° de
septiembre de 2014.
Art. 3° — Convócase a la
COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO
a reunirse en sesión de Comisión el día 21 de julio de 2015, a las
10:00 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para tratar el siguiente orden del día: FIJACIÓN DEL SALARIO
MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.