MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 8473/2014

Bs. As., 28/11/2014

VISTO el Expediente N° E-64875-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la contratación de un endoso a la póliza de Incendio N° 223613 y otro a la póliza de Responsabilidad Civil N° 7407, para la incorporación a esas coberturas de dos (2) unidades tipo coches de pasajeros, y de dos (2) unidades tipo coches furgón al Tren de Desarrollo Social y Sanitario, solicitados por la Subsecretaría de Abordaje Territorial.

Que luce la composición accionaria perteneciente a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., que la acredita como cocontratante de jurisdicción o entidad del Estado Nacional.

Que en el marco del Convenio celebrado entre este Ministerio y la firma precitada, protocolizado por Resolución SCyMI N° 289 de fecha 29 de diciembre de 2011, se le requirió a esta última las cotizaciones aludidas mediante el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio.

Que obra el presupuesto para la cobertura de Incendio remitido por la firma aseguradora mencionada precedentemente, debidamente conformado por la Dirección Nacional de Dispositivos Territoriales Móviles y la Subsecretaría de Abordaje Territorial.

Que dicha firma aseguradora indicó que, para la cobertura de Responsabilidad Civil, la contratación no genera movimiento de prima ni de premio.

Que en función de la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 466/2014, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d, apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un endoso a la póliza de Incendio N° 223613 y otro a la póliza de Responsabilidad Civil N° 7407, para la incorporación a esas coberturas de dos (2) unidades tipo coches de pasajeros y de dos (2) unidades tipo coches furgón al Tren de Desarrollo Social y Sanitario, solicitados por la Subsecretaría de Abordaje Territorial.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio, que se agrega como Anexo a la presente.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 466/2014 conforme las pautas detalladas en el Artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 466/2014 a la firma NACION SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 269,29) conforme las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 269,29), con cargo a los créditos del Presupuesto de este MINISTERIO para el ejercicio 2014.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Ministerio de Desarrollo Social.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES/CONVENIO


CLÁUSULAS PARTICULARES:

1. Vigencias de las coberturas:

Las coberturas deberán abarcar el periodo comprendido entre el día posterior a la notificación de la Orden de Compra y el vencimiento de las pólizas endosadas, 8 de marzo de 2015.

2. Forma de cotización:

Se deberá consignar un precio por el total de la vigencia señalada para cada cobertura.

3. Entrega de pólizas y/o certificados de emisión:

El Adjudicatario deberá contar con la documentación fehaciente de que la cobertura entra en vigencia en la fecha señalada mediante la emisión de un certificado de cobertura emitida por el Adjudicado, o la entrega de la Póliza contratada.

Para el caso de contar con Certificado de cobertura, la Póliza deberá ser entregada en la Dirección de Patrimonio y Suministros en un plazo no mayor a treinta (30) días de corrido a partir del inicio de vigencia.

4. Facturación:

La misma será de un pago, bajo la modalidad contado por anticipado. El pago será efectuado en un plazo de 30 días desde la recepción de dicha factura. Deberá estar acompañada del detalle de servicios prestados de acuerdo con lo requerido de las Especificaciones Técnicas.

5. Consultas:

Administrativas: El oferente podrá recabar información en el Área de Compras, sita en Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) - Piso 19° - C.A.B.A., de lunes a viernes, en el horario de 14 a 19 hs. TE. 4383-1448 / 4384-0694.

Técnicas: Las mismas serán dirigidas por escrito a la Dirección de Patrimonio y Suministros, quien las derivará a la unidad requirente; en el horario de 9:00 a 18:00 horas.

e. 20/07/2015 N° 127700/15 v. 20/07/2015