MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 211/2015

Bs. As., 17/07/2015

VISTO el Expediente N° STN:0002106/2015 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que a través de la Resolución N° 39 del 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que por los artículos 3° del Decreto N° 1.090 del 10 de junio de 2015 y 2° del Decreto N° 500 del 31 de marzo de 2015 se estableció que los cargos Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I de Director Nacional de Desarrollo Turístico dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO y Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Desarrollo de la Oferta dependiente de la citada Dirección Nacional, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P) homologado por el Decreto N° 2.098/08.

Que con miras a ello, por el Anexo de la Resolución N° 193 del 3 de julio de 2015 del MINISTERIO DE TURISMO se designaron los integrantes del Comité de Selección N° 4 para la cobertura de los cargos precitados.

Que el referido Comité de Selección N° 4, ante la presencia de los veedores de las entidades intervinientes, ha definido las Bases del Concurso de dichos cargos, de conformidad con lo estipulado en los artículos 10 y 19 del Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por la Resolución N° 39/10 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias.

Que a los fines de proceder a la cobertura de los cargos involucrados resulta necesario aprobar las respectivas Bases, en un todo de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del precitado Régimen de Selección de Personal, y efectuar el llamado a concurso mediante Convocatoria Abierta de oportunidad Ordinaria.

Que asimismo, se entiende pertinente aprobar el Cronograma Tentativo de actividades, elaborado por el Comité de Selección N° 4.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y Organización y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones emergentes del artículo 15 del Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por la Resolución N° 39/10 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases del Concurso para la cobertura de los cargos de Planta Permanente: Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I de Director Nacional de Desarrollo Turístico dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO y Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Desarrollo de la Oferta dependiente de la citada Dirección Nacional, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Abierta de oportunidad Ordinaria, para la cobertura de los cargos detallados en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el Cronograma Tentativo de actividades del Concurso, que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — CARLOS ENRIQUE MEYER, Ministro de Turismo.

ANEXO

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO N° 2.098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

EL ESTADO SELECCIONA

MINISTERIO DE TURISMO

Se llama a concurso mediante Convocatoria Abierta y Ordinaria, en el que podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

Para cubrir el siguiente cargo:

1-DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y DEL PERFIL REQUERIDO:

IDENTIFICACION DEL PUESTO: Director Nacional de Desarrollo Turístico

CÓDIGO IDENTIFICATORIO: 2015-011715-MINTUR-P-FE-I-A

CANTIDAD DE CARGOS: 1

DEDICACIÓN HORARIA SEMANAL: 40 hs.

AGRUPAMIENTO: Profesional

TRAMO: General

NIVEL: A

REMUNERACIÓN: $ 21.013,98

Más el siguiente suplemento sobre la asignación básica:

- Función Ejecutiva Nivel I: $ 35.209,10.

LUGAR DE TRABAJO: Suipacha 1111, piso 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1008).

2-SISTEMA DE SELECCIÓN:

ABIERTO: Podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

3-ESCALA JERÁRQUICA DEL PUESTO:

Ministerio de Turismo - Secretaría de Turismo - Subsecretaría de Desarrollo Turístico.

4-OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:

Asistir a la Subsecretaría de Desarrollo Turístico en las actividades derivadas de la aplicación del diseño de estrategias para la planificación del desarrollo turístico del país.

5-PRINCIPALES ACTIVIDADES:

1. Entender en los procesos de planificación turística de escala nacional.

2. Propiciar ámbitos de discusión y análisis para el diseño e implementación de estrategias de desarrollo turístico.

3. Generar herramientas para la planificación turística basadas en sistemas de información y estadística turística.

4. Dirigir las acciones conducentes a la obtención, procesamiento y elaboración e interpretación de estadísticas básicas de turismo, haciendo accesibles estos resultados a todos los actores del sector.

5. Procurar acometer la cuenta satélite de turismo en el marco de las obligaciones fijadas al MINISTERIO DE TURISMO por el Sistema Estadístico Nacional.

6. Dirigir la elaboración, ejecución, gestión y control de programas y proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente así como también para la incorporación de nuevos productos a efectos de satisfacer la demanda del turismo interno e internacional receptivo.

7. Profundizar el uso de herramientas inductoras de desarrollo turístico en los espacios prioritarios del Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.

8. Entender en la evaluación y formulación de proyectos de inversión turística en el marco del modelo de desarrollo turístico sustentable propuesto por el Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.

9. Entender en la captación y radicación de capitales tendientes a la mejora y completitud de la oferta turística.

10. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.

6-RESPONSABILIDAD EN EL PUESTO:

Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de los objetivos generales y resultados establecidos en términos de excelencia, cantidad, calidad y oportunidad en las respectivas políticas, normas, planes o programas y, el asesoramiento al más alto nivel administrativo o político, sujeto a políticas generales y a los marcos normativos y a estándares de mayor rigor y normas profesionales del campo de actuación, con delegación de máxima autonomía dentro de la competencia asignada.

7-REQUISITOS PARA DESEMPEÑARSE EN EL PUESTO:

REQUISITOS EXCLUYENTES:

a) Edad de ingreso: 18 años.

b) Edad límite de ingreso: La prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el Artículo 5°, Inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

c) Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4° del Anexo de la Ley N° 25.164).

El ciudadano extranjero con Documento Nacional de Identidad argentino puede inscribirse y participar del proceso de selección notificado de esta condición. La excepción será solicitada en el caso de ser seleccionada la persona.

d) Título Requerido: Universitario de grado correspondiente a carrera de Licenciatura en Turismo; Licenciatura en Demografía y Turismo; Licenciatura en Turismo y Hotelería; y Licenciatura en Gestión Turística de duración no inferior a CUATRO (4) años.

e) Especialización: Avanzada en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios de postgrado o en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional.

f) Experiencia laboral: Acreditada en la especialidad atinente a la función o puesto, por un término no inferior a SEIS (6) años después de la titulación.

g) Experiencia laboral acreditada en dirección de equipos de trabajo de gran envergadura o complejidad por un término no inferior a TRES (3) años.

h) Utilitarios Informáticos: Acreditar conocimientos de informáticos de nivel intermedio para el procesamiento de textos, planilla de cálculo, correo electrónico y navegación por INTERNET.

i) Acreditar lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable a la función o puesto.

REQUISITOS DESEABLES:


Acreditar capacitación en:

• Sistemas de Información Geográfica.

• Planificación Ambiental y gestión del Turismo y territorio.

• Proyectos productivos.

• Gestión Pública del Turismo.

• Métodos cuanti/cualitativos de Investigación.

• Desarrollo Sustentable y gestión de Proyectos Turísticos.

• Políticas Turísticas.

• Gobierno y Turismo.

• Planificación y Marketing en turismo.

Acreditar experiencia adicional a la requerida en los requisitos excluyentes en:

• Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable.

• Gestión de proyectos en el ámbito público nacional o provincial.

• Publicaciones e investigación relacionadas con el turismo.

• Relevamiento de atractivos turísticos.

• Desarrollo de Planes de Turismo.

• Prácticas ambientales.

8-COMPETENCIAS TÉCNICAS

Conocimiento Avanzado en:

• Ley Nacional de Turismo N° 25.997.

• Plan Estratégico de Turismo Sustentable (MINTUR).

• Resolución Ministerio de Turismo N° 150/2014 - Plan Operativo Anual del MINTUR.

• Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2020.

• Programa Federal de Inversiones para el Desarrollo Equitativo.

• Programa Federal de Destinos y Productos para el Desarrollo Inclusivo.

• Programa Federal de Gestión del Conocimiento para el Desarrollo Competitivo.

• Sistema de Información y Estadística Turística (SIET).

• Resolución del Ministerio de Turismo N° 288/2012, Reglamentación de condiciones de uso, funcionamiento y adhesión al Sistema de Información y Estadística Turística.

• Programa de Fortalecimiento y Estímulo a Destinos Turísticos Emergentes (PROFODE).

• Programa Nacional de Inversiones Turísticas - PNIT.

• Red de Incubadoras de Empresas Turísticas.

• Sistema de Señalética Turística Nacional.

• Encuesta de Turismo Internacional (ETI).

• Encuesta de Viajes y Turismo de los Hogares (EVyTH).

• Encuesta de Ocupación Hotelera (EOH).

• Estructura organizativa de la Administración Pública Nacional (ministerios, denominación y niveles jerárquicos). (Ley N° 22.520 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios).

• Estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerio de Turismo en la que se comprende el puesto, y principales responsabilidades y acciones de cada una. (Decreto N° 821/2012 y modificatorios).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y Decreto Reglamentario N° 1.421/2002.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional Decreto N° 214/2006.

• Sistema Nacional de Empleo Público Decreto N° 2.098/2008 y modificatorios.

• Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública (Ley N° 25.188). Decreto N° 41/99.

Competencias Institucionales:

Compromiso con la organización

• Comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

• Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.

Integridad y ética profesional

• Conoce y aplica los estándares de ética vigentes que deben respetar los funcionarios públicos.

• Responde a la confianza brindada y cumple con los compromisos acordados.

Trabajo en equipo y cooperación

• Comparte en forma activa los problemas del grupo y participa en su resolución.

Invita a los demás a expresar ideas y propuestas, fortaleciendo el espíritu de grupo.

9-PROCESO DE SELECCIÓN:

Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica, Evaluación Laboral mediante Entrevista y Evaluación del Perfil Psicológico.

Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.

1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente vinculados al cargo concursado, de acuerdo con los requisitos exigidos. Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

Con relación a los requisitos de experiencia laboral deberá ser valorada especialmente aquélla desarrollada bajo cualquier modalidad:

a) En primer orden, en el ámbito de las unidades organizativas cuyo personal esté comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público.

b) En segundo orden, en el ámbito de la Administración Pública Nacional cuyo personal esté comprendido en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, homologado por Decreto N° 214/2006.

c) En tercer orden, en el ámbito del Sector Público en general.

Sin perjuicio de la adecuada apreciación de la experiencia acreditable en otros ámbitos laborales, se podrá asignar una ponderación mayor a la experiencia laboral comprendida en los incisos a) y b), la que no podrá superar en un VEINTE POR CIENTO (20%) y en un DIEZ POR CIENTO (10%) respectivamente, del puntaje asignado a la experiencia acreditada en otros ámbitos laborales.

2. Evaluación Técnica: El Comité de Selección formulará y aprobará para está evaluación UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba de evaluación de aplicación práctica que consistirá en el desarrollo de un Proyecto de Gestión Institucional, de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) (Ver Anexo I). La primera, es una prueba escrita, para determinar el grado de conocimiento, habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales exigidas para el ejercicio efectivo de la función o puesto de trabajo que se indica en el perfil. La segunda es una presentación de proyecto de gestión de acuerdo a lo definido en el Anexo I. La prueba escrita será efectuada bajo seudónimo elegido por el postulante, de identificación personal, que sólo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en esta prueba escrita será excluido del proceso de selección sin más trámite.

Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la presentación del Proyecto de Gestión y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos escrita. Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público al que serán invitados todos los postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta invitando a suscribirla a los postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos y hayan aprobado al menos el 50% de cada evaluación.

3. Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de al menos UNA (1) entrevista mediante una Guía de Entrevista confeccionada al efecto por el Comité de Selección, mediante la cual se completará la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos: El primero estará dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado de este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso. Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100) puntos.

4. Evaluación del Perfil Psicológico: Consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por profesionales matriculados, quienes elevarán al Comité de Selección un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

10-FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO:

Solamente integraran el orden de merito los aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10 %.

• A la suma del puntaje ponderado obtenido en las etapas 1, 2 y 3 se multiplicará por el coeficiente obtenido en la Evaluación Psicológica.

De tal modo que el mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) puntos y el menor puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de SESENTA (60) puntos.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.

En síntesis, para elaborar el Orden de Mérito, se sumarán los puntajes ponderados obtenidos en cada una de las primeras TRES (3) etapas multiplicada por el coeficiente de la cuarta etapa. El orden de mérito resultará del puntaje final obtenido por cada postulante, siendo de aplicación las prioridades establecidas en el Artículo 63 de la resolución ex-SGP N° 39/10.

El Comité de selección elevará el Orden de Mérito y, una vez aprobado por la autoridad convocante, será notificado a los interesados.

11-INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:


El Curriculum Vitae de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página Web.

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 17.454 y modificatorios), respectivamente. La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección en oportunidad de tomar conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA

Art. 17. - Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto.

EXCUSACIÓN

Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

12-CRONOGRAMA TENTATIVO:

Se realizará la divulgación por medio de la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto, constituyéndose en medios de notificación fehaciente.

Preinscripción Electrónica: Desde el 11 de agosto al 1 de septiembre de 2015 a las 16:00 hs.

Inscripción Documental: Desde el 19 de agosto al 1 de septiembre de 2015, en el horario de 10 a 16 hs.

Listado de Admitidos y No Admitidos: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 8 de septiembre 2015.

Primera Etapa: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: será efectuada entre el 9 de septiembre y el 22 de septiembre de 2015.

Segunda Etapa: Evaluación Técnica: será realizada entre el 23 de septiembre de 2015 y el 14 de octubre de 2015.

Tercera Etapa: Evaluación Laboral mediante entrevista: se realizará un encuentro personal a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 28 de octubre aproximadamente.

Cuarta Etapa: Evaluación del Perfil Psicológico: será efectuada a partir de la aprobación de la Evaluación Laboral mediante entrevista y hasta el 11 de noviembre de 2015.

Orden de Mérito: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 26 de noviembre de 2015.

13-INFORMES E INSCRIPCIÓN:

Toda la información sobre los Concursos (bases, perfiles, comités de selección, normativa, sistema de inscripción electrónica, etc.) estará disponible en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y www.concursar.gob.ar

CONSULTAS Y ASESORAMIENTO:

Dirección General de Recursos Humanos y Organización. Suipacha 1111, Piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfono 4316-1600, int. 2185. Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 16 hs. Por mail a: concursomintur@turismo.gov.ar

IMPORTANTE: PARA PARTICIPAR DE LOS CONCURSOS LOS POSTULANTES DEBERÁN EFECTUAR OBLIGATORIAMENTE SU POSTULACIÓN EN FORMA ELECTRÓNICA Y DOCUMENTAL.

• Preinscripción Electrónica: Estará disponible desde el 11 de agosto hasta el 1 de septiembre de 2015 a las 16:00 horas.

• Inscripción Documental: Desde el día 19 de agosto hasta el día 1 de septiembre de 2015 en el horario de 10:00 a 16:00 horas, en el Ministerio de Turismo, sito en Suipacha 1111, piso 13, Código Postal 1008, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o acrediten certificado de discapacidad, podrán inscribirse por correo postal, en cuyo caso deberán agregar a la documentación requerida un certificado de domicilio o copia del certificado de discapacidad, en los términos de la Ley N° 22.431 —Sistema de Protección Integral de Discapacitados—, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL POSTULANTE:

• Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

• Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

• “Constancia de Recepción de la Solicitud y Ficha de Inscripción y de la Documentación Presentada”.

• Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los Artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

• Currículum Vitae actualizado, firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

SE ADVIERTE PARA LOS INTERESADOS CON EXPERIENCIA LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO QUE SE DEBERÁN PRESENTAR LAS CERTIFICACIONES LABORALES EMITIDAS POR:

• Recursos Humanos del organismo de origen que certifique situación de revista y antigüedad.

• Superior Jerárquico que acredite las tareas desempeñadas vinculadas al cargo.

• LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO LLEVARÁ A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Certificados de estudios formales y documentación que respalde la información volcada en el “Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción”.

SE ADVIERTE QUE LOS INTERESADOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO DEBERÁN CONCURRIR A LA INSCRIPCIÓN CON LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL Y COPIAS QUE RESPALDEN LA INFORMACIÓN DECLARADA. SE PROCEDERÁ A SU CORRESPONDIENTE CONSTATACIÓN Y CERTIFICACIÓN, NO SIENDO NECESARIO QUE DICHAS COPIAS ESTÉN AUTENTICADAS POR ESCRIBANO.

LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO O LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL LLEVARÁN A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO deberá adjuntar, además DOS (2) fotografías recientes tipo carné tamaño CUATRO POR CUATRO (4x4) cm. y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad, así como de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado (sólo fotocopia frente y dorso en el caso de poseer el nuevo documento nacional de identidad).

Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán retirar la documentación presentada luego de la publicación del mismo en Suipacha 1111, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los postulantes que residan a más de CINCUENTA (50) Km. tendrán a su disposición la documentación. Luego de 45 días de guarda, si la documentación no es retirada será destruida.

RECUERDE QUE:

• La “Solicitud y Ficha de Inscripción” deben completarse en todos sus rubros, ya que es uno de los documentos fundamentales para que el Comité de Selección analice la admisión al concurso y realice la evaluación de antecedentes curriculares y laborales.

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección quien no se presente en los días y horarios en que sea citado para las distintas instancias del concurso.

• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes procesos de selección, se realizarán en la sede de residencia del cargo, por lo cual los gastos de pasajes, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.

ANEXO I

Directivas para Proyecto de Gestión Institucional - DIRECTOR NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO (En cumplimiento Artículo 38 del Sistema Nacional de Empleo Público).

El proyecto de gestión institucional tiene como finalidad que el aspirante a cubrir el cargo demuestre sus conocimientos y competencias sobre la temática abordada y comprensión de las implicancias de abordar el proyecto desde el rol de Director Nacional de Desarrollo Turístico.

Áreas temáticas:

1- Gestión del conocimiento para el desarrollo competitivo

2- Destinos y productos para el desarrollo inclusivo

3- Inversiones para el desarrollo equitativo

4- Investigación y estadística para el desarrollo sustentable

El concursante podrá seleccionar una de estas áreas temáticas o bien una combinación de ellas a partir del abordaje de un problema y una fas propositiva que de sentido al proyecto.

Estructura que debe seguir el proyecto:

• Planteamiento del problema

• Justificación, Factibilidad del proyecto

• Objetivos

• Principales actividades

• Resultados esperados

• Métricas de medición

• Calendario de actividades

• Presupuesto

• Conclusiones finales

Para la evaluación, el comité considerará los siguientes conceptos:

• Pertinencia y precisión en la formulación.

• Conocimientos específicos de la actividad

• Dominio y aplicación de la/s metodología/s empleada/s.

• Claridad en la formulación y justificación del tema.

• Coherencia interna del proyecto

• Propuestas realizadas.

Presentación Formal:

• Caratula.

• Realizado en procesador de textos

•  Por triplicado.

• Tamaño de hojas: A4 (21.0 x 29.7 cm.)

• Orientación vertical.

• Impresión en una carilla

• Tamaño de letra: 12

• Fuente: Arial o Times New Roman

• Numeración de página: superior derecha

• Interlineado: 1,5

• Márgenes: Normal.

Extensión máxima: UN (1) resumen ejecutivo de CINCO (5) diapositivas de Power Point y el proyecto de hasta QUINCE (15) páginas (sin considerar la carátula).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO N° 2.098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

EL ESTADO SELECCIONA

MINISTERIO DE TURISMO

Se llama a concurso mediante Convocatoria Abierta y Ordinaria, en el que podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

Para cubrir el siguiente cargo:

1-DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y DEL PERFIL REQUERIDO:

IDENTIFICACION DEL PUESTO: Director de Desarrollo de la Oferta.

CÓDIGO IDENTIFICATORIO: 2015-011716-MINTUR-P-FE-III-B

CANTIDAD DE CARGOS: 1

DEDICACIÓN HORARIA SEMANAL: 40 hs.

AGRUPAMIENTO: Profesional

TRAMO: General

NIVEL: B

REMUNERACIÓN: $ 14.659,62

Más el siguiente suplemento sobre la asignación básica:

- Función Ejecutiva Nivel III: $ 27.386,92.

LUGAR DE TRABAJO: Suipacha 1111, piso 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1008).

2-
SISTEMA DE SELECCIÓN:

ABIERTO:
Podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

3-ESCALA JERÁRQUICA DEL PUESTO:

Ministerio de Turismo - Secretaría de Turismo - Subsecretaría de Desarrollo Turístico - Dirección Nacional de Desarrollo Turístico.

4-OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:

Contribuye en la planificación y gestión de las acciones tendientes al desarrollo y fortalecimiento de productos y destinos, con un enfoque inclusivo, participativo y federal, procurando la conservación del patrimonio natural y cultural nacional atendiendo los principios de sustentabilidad y competitividad turística.

5-PRINCIPALES ACTIVIDADES:

1. Entender en la elaboración, ejecución, gestión y control de planes, programas y proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente, contemplando la incorporación de nuevos productos, a efectos de satisfacer y desarrollar la demanda del turismo interno e internacional receptivo, en un marco de integración nacional y con otros países que sirva de fundamento a las políticas de desarrollo turístico nacional.

2. Dirigir la planificación y programación de la oferta de equipamiento e infraestructura turística en el marco de los planes de desarrollo, como asimismo los estudios sobre su evolución.

3. Entender en los aspectos inherentes a las relaciones entre el desarrollo del turismo y el ambiente, con el objeto de optimizar la conservación, preservación y ordenamiento de los atractivos turísticos naturales y culturales, mejorar los niveles de competitividad de los productos y alcanzar un desarrollo turístico sustentable, coordinando y/o asesorando a los organismos públicos y privados en los planes, programas y proyectos formulados para ese objetivo.

4. Entender en los aspectos relativos al ordenamiento y desarrollo de la oferta turística en áreas protegidas, participando en la formulación y gestión de los planes de manejo, en los estudios de impacto del desarrollo turístico en esas áreas y en la aplicación de la legislación vigente relacionada con la normatización de la oferta.

5. Elaborar los programas y proyectos de señalización turística de escala nacional.

6. Entender en los aspectos relacionados con el diseño de la oferta de turismo accesible y coordinar con las entidades públicas y privadas la elaboración de planes, proyectos y programas orientados a facilitar la accesibilidad de todas las personas a los destinos turísticos.

7. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de información relativa a la oferta turística nacional.

8. Entender en el fomento y desarrollo de la Responsabilidad Social Empresaria en el Sector Turístico.

6-RESPONSABILIDAD EN EL PUESTO:

Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos y resultados establecidos en términos de cantidad, calidad y oportunidad para la unidad organizativa o grupo o equipo de trabajo a cargo o para los planes, programas o proyectos de los que participe, con sujeción a políticas específicas y marcos normativos, profesionales o técnicos de campo de actuación, con relativa autonomía para la toma de decisiones dentro de la competencia asignada.

7-REQUISITOS PARA DESEMPEÑARSE EN EL PUESTO:

REQUISITOS EXCLUYENTES:

a) Edad de Ingreso: dieciocho (18) años.

b) Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, Nº 25.164, Art. 5°, Inc. f, que dice: “el que tenga la edad prevista en la Ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación”.

c) Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (Art. 4° de la Ley Nº 25.164).

El ciudadano extranjero con Documento Nacional de Identidad argentino puede inscribirse y participar del proceso de selección notificado de esta condición. La excepción será solicitada en el caso de ser seleccionada la persona.

d) Título Universitario de grado de duración no inferior a CUATRO (4) años correspondiente a las Carreras de Licenciatura en Turismo; Licenciatura en Demografía y Turismo; Licenciatura en Turismo y Hotelería; y Licenciatura en Gestión Turística.

e) Especialización en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios o cursos en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional y/o mediante publicaciones o investigaciones avaladas por ese tipo de entidades.

f) Experiencia laboral en la especialidad atinente a la función o puesto acreditada por un término no inferior a TRES (3) años después de la titulación.

g) Experiencia laboral acreditada en dirección de equipos de trabajo por un término no inferior a DOS (2) años.

h) Utilitarios informáticos: Manejo de utilitarios informáticos intermedios (procesador de texto, planilla de cálculo, representadores gráficos, correo electrónico, Internet).

i) Lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable a la función o puesto.

REQUISITOS DESEABLES:

Acreditar capacitación en:

• Estadísticas de Turismo.

• Desarrollo local y economía social.

• Política y estrategia del turismo.

• Políticas Públicas y formulación de proyectos.

Acreditar experiencia adicional a la requerida en los requisitos excluyentes en:

• Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable.

• Gestión de proyectos en el ámbito público nacional o provincial.

• Articulación interministerial de proyectos.

• Desarrollo de manuales de obras públicas turísticas para destinos y productos.

• Productos turísticos.

• Programas y proyectos de inversiones públicas en turismo.

• Atractivos turísticos.

• Banco de Datos y Sistemas de Información Turísticos.

8-COMPETENCIAS TÉCNICAS

Conocimiento Avanzado en:

• Ley Nacional de Turismo N° 25.997.

• Plan Estratégico de Turismo Sustentable (MINTUR).

• Resolución Ministerio de Turismo N° 150/2014 - Plan Operativo Anual del MINTUR.

• Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2020.

• Programa Federal de Destinos y Productos para el Desarrollo Inclusivo.

• Programa de Fortalecimiento y Estímulo a Destinos Turísticos Emergentes (PROFODE).

• Programa Federal de Inversiones para el Desarrollo Equitativo.

• Programa Federal de Gestión del Conocimiento para el Desarrollo Competitivo.

• Sistema de Información y Estadística Turística (SIET).

• Resolución del Ministerio de Turismo N° 288/2012, Reglamentación de condiciones de uso, funcionamiento y adhesión al Sistema de Información y Estadística Turística.

• Programa Nacional de Inversiones Turísticas - PNIT.

• Red de Incubadoras de Empresas Turísticas.

• Sistema de Señalética Turística Nacional.

• Encuesta de Turismo Internacional (ETI).

• Encuesta de Viajes y Turismo de los Hogares (EVyTH).

• Encuesta de Ocupación Hotelera (EOH).

• Estructura organizativa de la Administración Pública Nacional (ministerios, denominación y niveles jerárquicos). (Ley N° 22.520 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios).

• Estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerio de Turismo en la que se comprende el puesto, y principales responsabilidades y acciones de cada una. (Decreto N° 821/2012 y modificatorios).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y Decreto Reglamentario Nº 1421/2002.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional Decreto Nº 214/2006.

• Sistema Nacional de Empleo Público Decreto Nº 2098/2008 y modificatorios.

• Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública (Ley Nº 25.188). Decreto Nº 41/99.

Competencias Institucionales:

Compromiso con la organización

• Comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

• Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.

Integridad y ética profesional

• Conoce y aplica los estándares de ética vigentes que deben respetar los funcionarios públicos.

• Responde a la confianza brindada y cumple con los compromisos acordados.

Trabajo en equipo y cooperación

• Comparte en forma activa los problemas del grupo y participa en su resolución.

• Invita a los demás a expresar ideas y propuestas, fortaleciendo el espíritu de grupo

9-PROCESO DE SELECCIÓN:

Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica, Evaluación Laboral mediante Entrevista y Evaluación del Perfil Psicológico.

Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.

1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente vinculados al cargo concursado, de acuerdo con los requisitos exigidos. Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

Con relación a los requisitos de experiencia laboral deberá ser valorada especialmente aquélla desarrollada bajo cualquier modalidad:

a) En primer orden, en el ámbito de las unidades organizativas cuyo personal esté comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público.

b) En segundo orden, en el ámbito de la Administración Pública Nacional cuyo personal esté comprendido en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, homologado por Decreto Nº 214/2006.

c) En tercer orden, en el ámbito del Sector Público en general.

Sin perjuicio de la adecuada apreciación de la experiencia acreditable en otros ámbitos laborales, se podrá asignar una ponderación mayor a la experiencia laboral comprendida en los incisos a) y b), la que no podrá superar en un VEINTE POR CIENTO (20%) y en un DIEZ POR CIENTO (10%) respectivamente, del puntaje asignado a la experiencia acreditada en otros ámbitos laborales.

2. Evaluación Técnica: El Comité de Selección formulará y aprobará para está evaluación UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba de evaluación de aplicación práctica que consistirá en el desarrollo de un Proyecto de Gestión Institucional, de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) (Ver Anexo I). La primera, es una prueba escrita, para determinar el grado de conocimiento, habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales exigidas para el ejercicio efectivo de la función o puesto de trabajo que se indica en el perfil. La segunda es una presentación de proyecto de gestión de acuerdo a lo definido en el Anexo I. La prueba escrita será efectuada bajo seudónimo elegido por el postulante, de identificación personal, que sólo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en esta prueba escrita será excluido del proceso de selección sin más trámite.

Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la presentación del Proyecto de Gestión y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos escrita. Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público al que serán invitados todos los postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta invitando a suscribirla a los postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos y hayan aprobado al menos el 50% de cada evaluación.

3. Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de al menos UNA (1) entrevista mediante una Guía de Entrevista confeccionada al efecto por el Comité de Selección, mediante la cual se completará la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos: El primero estará dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado de este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso. Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100) puntos.

4. Evaluación del Perfil Psicológico: Consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por profesionales matriculados, quienes elevarán al Comité de Selección un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

10- FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO:

Solamente integraran el orden de merito los aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

• A la suma del puntaje ponderado obtenido en las etapas 1, 2 y 3 se multiplicará por el coeficiente obtenido en la Evaluación Psicológica.

De tal modo que el mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) puntos y el menor puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de SESENTA (60) puntos.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.

En síntesis, para elaborar el Orden de Mérito, se sumarán los puntajes ponderados obtenidos en cada una de las primeras TRES (3) etapas multiplicada por el coeficiente de la cuarta etapa. El orden de mérito resultará del puntaje final obtenido por cada postulante, siendo de aplicación las prioridades establecidas en el Artículo 63 de la resolución ex-SGP N° 39/10.

El Comité de selección elevará el Orden de Mérito y, una vez aprobado por la autoridad convocante, será notificado a los interesados.

11-INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:


El Curriculum Vitae de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página Web.

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 17.454 y modificatorios), respectivamente. La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección en oportunidad de tomar conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA

Art. 17. - Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto.

EXCUSACIÓN

Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

12-CRONOGRAMA TENTATIVO:

Se realizará la divulgación por medio de la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto, constituyéndose en medios de notificación fehaciente.

Preinscripción Electrónica: Desde el 11 de agosto al 1 de septiembre de 2015 a las 15:00 hs.

Inscripción Documental: Desde el 19 de agosto al 1 de septiembre de 2015, en el horario de 10 a 16 hs.

Listado de Admitidos y No Admitidos: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 8 de septiembre 2015.

Primera Etapa: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: será efectuada entre el 9 de septiembre y el 22 de septiembre de 2015.

Segunda Etapa: Evaluación Técnica: será realizada entre el 23 de septiembre de 2015 y el 14 de octubre de 2015.

Tercera Etapa: Evaluación Laboral mediante entrevista: se realizará un encuentro personal a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 28 de octubre aproximadamente.

Cuarta Etapa: Evaluación del Perfil Psicológico: será efectuada a partir de la aprobación de la Evaluación Laboral mediante entrevista y hasta el 11 de noviembre de 2015.

Orden de Mérito: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 26 de noviembre de 2015.

13-INFORMES E INSCRIPCIÓN:

Toda la información sobre los Concursos (bases, perfiles, comités de selección, normativa, sistema de inscripción electrónica, etc.) estará disponible en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y www.concursar.gob.ar

CONSULTAS Y ASESORAMIENTO:

Dirección General de Recursos Humanos y Organización. Suipacha 1111, Piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfono 4316-1600, int. 2185. Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 16 hs. Por mail a: concursomintur@turismo.gov.ar

IMPORTANTE: PARA PARTICIPAR DE LOS CONCURSOS LOS POSTULANTES DEBERÁN EFECTUAR OBLIGATORIAMENTE SU POSTULACIÓN EN FORMA ELECTRÓNICA Y DOCUMENTAL.

• Preinscripción Electrónica: Estará disponible desde el 11 de agosto hasta el 1 de septiembre de 2015 a las 16:00 horas.

• Inscripción Documental: Desde el día 19 de agosto hasta el día 1 de septiembre de 2015 en el horario de 10:00 a 16:00 horas, en el Ministerio de Turismo, sito en Suipacha 1111, piso 13, Código Postal 1008, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o acrediten certificado de discapacidad, podrán inscribirse por correo postal, en cuyo caso deberán agregar a la documentación requerida un certificado de domicilio o copia del certificado de discapacidad, en los términos de la Ley N° 22.431 —Sistema de Protección Integral de Discapacitados—, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL POSTULANTE:

• Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

• Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

• “Constancia de Recepción de la Solicitud y Ficha de Inscripción y de la Documentación Presentada”.

• Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los Artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

• Currículum Vitae actualizado, firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

SE ADVIERTE PARA LOS INTERESADOS CON EXPERIENCIA LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO QUE SE DEBERÁN PRESENTAR LAS CERTIFICACIONES LABORALES EMITIDAS POR:

• Recursos Humanos del organismo de origen que certifique situación de revista y antigüedad.

• Superior Jerárquico que acredite las tareas desempeñadas vinculadas al cargo.

LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO LLEVARÁ A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Certificados de estudios formales y documentación que respalde la información volcada en el “Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción”.

SE ADVIERTE QUE LOS INTERESADOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO DEBERÁN CONCURRIR A LA INSCRIPCIÓN CON LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL Y COPIAS QUE RESPALDEN LA INFORMACIÓN DECLARADA. SE PROCEDERÁ A SU CORRESPONDIENTE CONSTATACIÓN Y CERTIFICACIÓN, NO SIENDO NECESARIO QUE DICHAS COPIAS ESTÉN AUTENTICADAS POR ESCRIBANO.

LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO O LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL LLEVARÁN A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO deberá adjuntar, además DOS (2) fotografías recientes tipo carné tamaño CUATRO POR CUATRO (4x4) cm. y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad, así como de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado (sólo fotocopia frente y dorso en el caso de poseer el nuevo documento nacional de identidad).

Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán retirar la documentación presentada luego de la publicación del mismo en Suipacha 1111, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los postulantes que residan a más de CINCUENTA (50) Km. tendrán a su disposición la documentación. Luego de 45 días de guarda, si la documentación no es retirada será destruida.

RECUERDE QUE:

• La “Solicitud y Ficha de Inscripción” deben completarse en todos sus rubros, ya que es uno de los documentos fundamentales para que el Comité de Selección analice la admisión al concurso y realice la evaluación de antecedentes curriculares y laborales.

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección quien no se presente en los días y horarios en que sea citado para las distintas instancias del concurso.

• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes procesos de selección, se realizarán en la sede de residencia del cargo, por lo cual los gastos de pasajes, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.

ANEXO I

Directivas para Proyecto de Gestión Institucional - DIRECTOR DE DESARROLLO DE LA OFERTA (En cumplimiento Artículo 38 del Sistema Nacional de Empleo Público)

El proyecto de gestión institucional tiene como finalidad que el aspirante a cubrir el cargo demuestre sus conocimientos y competencias sobre la temática abordada y comprensión de las implicancias de abordar el proyecto desde el rol de Director/a de Desarrollo de la Oferta.

Área temática:

Destinos y productos para el desarrollo inclusivo

Áreas con las cuales puede vincularse el proyecto

1- Gestión del conocimiento para el desarrollo competitivo

2- Inversiones para el desarrollo equitativo

3- Investigación y estadística para el desarrollo sustentable

Estructura que debe seguir el proyecto:

• Planteamiento del problema

• Justificación, Factibilidad del proyecto

• Objetivos

• Principales actividades

• Resultados esperados

• Métricas de medición

• Calendario de actividades

• Presupuesto

• Conclusiones finales

Para la evaluación, el comité considerará los siguientes conceptos:

• Pertinencia y precisión en la formulación.

• Conocimientos específicos de la actividad.

• Dominio y aplicación de la/s metodología/s empleada/s.

• Claridad en la formulación y justificación del tema.

• Coherencia interna del proyecto.

• Propuestas realizadas.

Presentación Formal:

• Carátula.

• Realizado en procesador de textos

• Por triplicado.

• Tamaño de hojas: A4 (21.0 x 29.7 cm.)

• Orientación vertical.

• Impresión en una carilla

• Tamaño de letra: 12

• Fuente: Arial o Times New Roman

• Numeración de página: superior derecha

• Interlineado: 1,5

• Márgenes: Normal.

Extensión máxima: DIEZ (10) páginas (sin considerar la carátula).

ANEXO II

CRONOGRAMA TENTATIVO DE ACTIVIDADES

CONCURSO PARA LA COBERTURA DE DOS (2) CARGOS DEL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO: NIVEL A, FUNCIÓN EJECUTIVA NIVEL I, DIRECTOR NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO Y NIVEL B, FUNCIÓN EJECUTIVA NIVEL III, DIRECTOR DE DESARROLLO DE LA OFERTA.

La preinscripción electrónica se realizará desde el 11 de agosto al 1 de septiembre de 2015.

La inscripción presencial se realizará desde el 19 de agosto de 2015 hasta el 1 de septiembre de 2015, en el horario de 10 a 16 hs.
El listado de admitidos y no admitidos estará disponible a partir del 8 de septiembre de 2015 por TRES (3) días en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar).

La evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, será efectuada entre el 9 de septiembre y el 22 de septiembre de 2015 y, estará disponible en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar).

La Evaluación Técnica, será realizada entre el 23 de septiembre y el 14 de octubre de 2015. Los resultados de las mismas serán publicados en carteleras y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar) luego de CINCO (5) días de finalizada la etapa.

La Evaluación Laboral mediante entrevista, será realizada partir de la aprobación de la Evaluación Técnica y hasta el 28 de octubre de 2015.

La Evaluación Psicológica, será realizada partir de la aprobación de la Evaluación Laboral y hasta el 11 de noviembre de 2015.

El Orden de Mérito, estará disponible en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar) a partir del 26 de noviembre de 2015.

e. 24/07/2015 N° 130135/15 v. 24/07/2015