MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 212/2015

Bs. As., 17/07/2015

VISTO el Expediente N° STN:0000273/2015 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que a través de la Resolución N° 39 del 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que por la Decisión Administrativa N° 1.126 del 8 de noviembre de 2012 se autorizó la cobertura de cargos vacantes y financiados en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) a través de la sustanciación de los procesos de selección respectivos.

Que mediante el Anexo de la Resolución N° 638 del 4 de diciembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se asignó para su cobertura, entre otros cargos vacantes y financiados, el de “Profesional Experto en Comunicación Audiovisual y Sistemas de Información”, Nivel A del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), perteneciente a la Planta Permanente de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO.

Que con miras a ello, por la Resolución N° 196 del 7 de julio de 2015 del MINISTERIO DE TURISMO se designaron los integrantes del Comité de Selección N° 5 para la cobertura del cargo precitado.

Que el referido Comité de Selección N° 5, ante la presencia de los veedores de las entidades intervinientes, ha definido las Bases del Concurso de dicho cargo, de conformidad con lo estipulado en los artículos 10 y 19 del Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por la Resolución N° 39/10 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias.

Que a los fines de proceder a la cobertura del cargo involucrado resulta necesario aprobar las respectivas Bases, en un todo de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del precitado Régimen de Selección de Personal, y efectuar el llamado a concurso mediante Convocatoria Abierta de oportunidad Ordinaria.

Que asimismo, se entiende pertinente aprobar el Cronograma Tentativo de actividades, elaborado por el Comité de Selección N° 5.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y Organización y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones emergentes del artículo 15 del Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por la Resolución N° 39/10 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases del Concurso para la cobertura de UN (1) cargo vacante y financiado del Agrupamiento Profesional, Nivel A del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), de “Profesional Experto en Comunicación Audiovisual y Sistemas de Información”, perteneciente a la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO de la SECRETARÍA DE TURISMO de este Ministerio, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Abierta de oportunidad Ordinaria para la cobertura del cargo mencionado en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el Cronograma Tentativo de actividades del Concurso, que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — CARLOS ENRIQUE MEYER, Ministro de Turismo.

ANEXO I

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO N° 2.098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

EL ESTADO SELECCIONA

MINISTERIO DE TURISMO

Se llama a concurso mediante Convocatoria Abierta y Ordinaria, en el que podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público. Para cubrir los siguientes cargos:

1- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y DEL PERFIL REQUERIDO:

IDENTIFICACION DEL PUESTO: Profesional Experto en Comunicación Audiovisual y Sistemas de Información.

CÓDIGO IDENTIFICATORIO: 2015-012886-MINTUR-P-SI-X-A

CANTIDAD DE CARGOS: 1

DEDICACIÓN HORARIA SEMANAL: 40 hs.

AGRUPAMIENTO: Profesional

TRAMO: General

NIVEL: A

REMUNERACIÓN: $ 21.013,98

Más el siguiente suplemento sobre la asignación básica:

- Suplemento por Agrupamiento Profesional: 35%

- Suplemento de Función Específica de carácter informático (Responsable de la implementación de políticas y planes informáticos): 50%

LUGAR DE TRABAJO: Suipacha 1111, piso 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1008).

2- SISTEMA DE SELECCIÓN:

ABIERTO: Podrá participar toda persona que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

3- ESCALA JERÁRQUICA DEL PUESTO:

Ministerio de Turismo - Secretaría de Turismo - Subsecretaría de Desarrollo Turístico - Dirección Nacional de Desarrollo Turístico.

4- OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:

Asegurar la gestión y planificación de las acciones tendientes al desarrollo de proyectos de comunicación audiovisual y del Sistema de Información y Estadística Turística (SIET).

5- PRINCIPALES ACTIVIDADES:

1. Asesorar en temas relacionados con medios digitales de comunicación y sitios Web.

2. Analizar proyectos de comunicación audiovisual y sistemas de información, y proponer soluciones y proyectos.

3. Formular proyectos y procedimientos relacionados con el Sistema de Información y Estadística Turística (SIET).

4. Asesorar en cursos de capacitación a distancia a través de plataformas virtuales de aprendizajes.

5. Planificar acciones tendientes al fortalecimiento de los procesos relacionados con la comunicación audiovisual y los sistemas de información.

6. Coordinar la interacción con distintos usuarios provinciales y municipales del Sistema de Información y Estadística Turística (SIET).

7. Intervenir en el control y la calidad de los proyectos de comunicación audiovisual y sistemas de información.

8. Elaborar informes de análisis y seguimiento de proyectos encomendados pertinentes a su función y especialidad.

9. Brindar soporte en comunicación audiovisual y sistemas de información.

10. Implementar políticas y/o planes informáticos en el marco del SIET.

6- RESPONSABILIDAD EN EL PUESTO:

Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de los objetivos generales y resultados establecidos en términos de excelencia, cantidad, calidad y oportunidad en las respectivas políticas, normas, planes o programas y, el asesoramiento al más alto nivel administrativo o político, sujeto a políticas generales y a los marcos normativos y a estándares de mayor rigor y normas profesionales del campo de actuación, con delegación de máxima autonomía dentro de la competencia asignada.

7- REQUISITOS PARA DESEMPEÑARSE EN EL PUESTO:

REQUISITOS EXCLUYENTES:

a) Edad de Ingreso: dieciocho (18) años.

b) Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, N° 25.164, Art. 5°, Inc. f, que dice: “el que tenga la edad prevista en la Ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación”.

c) Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (Art. 4° de la Ley N° 25.164).

El ciudadano extranjero con Documento Nacional de Identidad argentino puede inscribirse y participar del proceso de selección notificado de esta condición. La excepción será solicitada en el caso de ser seleccionada la persona.

d) Título Universitario de grado de duración no inferior a cuatro (4) años correspondiente a la Carrera de Licenciatura en Comunicación Audiovisual, Licenciatura en Tecnología Multimedial; Licenciado en Diseño y Producción Audiovisual; Licenciado en Diseño y Producción en Comunicación Multimedial; Licenciado en Diseño Gráfico y Comunicación Audiovisual; Licenciado en Diseño Multimedial.

e) Especialización avanzada en gestión o dirección de sistemas de información, acreditable mediante cursos de postgrado o en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional.

f) Experiencia laboral en la especialidad atinente a la función o puesto acreditada por un término no inferior a SEIS (6) años después de la titulación.

g) Utilitarios informáticos: Manejo de utilitarios informáticos intermedios (procesador de texto, planilla de cálculo, representadores gráficos, correo electrónico, Internet).

h) Lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable a la función o puesto.

REQUISITOS DESEABLES: Acreditar capacitación en:

• En gestión o dirección de Sistemas de Información.

• Diseño Gráfico, Web y Multimedia.

• Administración de sitios Web.

• Desarrollo, gerenciamiento e implementación de Proyectos de E-learning.

• Diseño didáctico de materiales para entornos virtuales.

• Tutoría de entornos virtuales.

• Protección de datos personales y amenazas Web.

• Sistema de gestión de la seguridad de la información (SGSI).

• Sistema de gestión de la calidad (SGC).

Acreditar experiencia adicional a la requerida en los requisitos excluyentes en:

• Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable.

• Administración de contenidos en sistemas de información turística.

• Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA).

• Diseño y Administración de sitios Web gubernamentales.

• Proyectos desarrollados con software libre.

• Gestión de proyectos en el ámbito público nacional, provincial o municipal.

8- COMPETENCIAS TÉCNICAS

Conocimiento Avanzado en:

• Ley N° 26.522. Servicios de Comunicación Audiovisual.

• Decreto N° 103/01, y normas modificatorias y/o complementarias del Plan Nacional de Modernización y reforma administrativa orientado a eficientizar el funcionamiento de la Administración Pública Nacional y a introducir en la gestión el cumplimiento de resultados mensurables y cuantificables.

• Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales.

• Ley N° 26.653. Accesibilidad de la Información en las Páginas Web

• Ley Nacional de Turismo N° 25.997.

• Resolución del Ministerio de Turismo N° 288/2012, Reglamentación de condiciones de uso, funcionamiento y adhesión al Sistema de Información y Estadística Turística.

• Resolución Ministerio de Turismo N° 150/2014 - Plan Operativo Anual del MINTUR.

• Plan Estratégico de Turismo Sustentable (MINTUR).

• Auditoria de Sistemas, basada en las Normas, ISO/IEC 27001:2005 - Sistema de gestión de la seguridad de la información (SGSI); ISO 9001:2008 - Sistema de gestión de la calidad (SGC); ISO 14001:2004 Sistemas de gestión ambiental (SGA).

• LMS Sistemas de gestión de aprendizaje.

• Estándares para Sistemas de Información basados en software libre.

• Tecnología vinculada al software libre.

• Principios de Gobierno Abierto.

Conocimientos Intermedios en:

• Nociones generales de la estructura organizativa de la Administración Pública Nacional (ministerios, denominación y niveles jerárquicos). (Ley N° 26.338 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios).

• Nociones generales de la estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerio de Turismo en la que se comprende el puesto, y principales responsabilidades y acciones de cada una. (Decreto N° 821/2012 y modificatorios).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y Decreto Reglamentario N° 1421/2002,

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional Decreto N° 214/2006.

• Sistema Nacional de Empleo Público Decreto N° 2098/2008 y modificatorios.

• Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública (Ley N° 25.188) y Decreto N° 41/99.

9-COMPETENCIAS INSTITUCIONALES

Compromiso con la organización

• Comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

• Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.

Integridad y ética profesional

• Conoce y aplica los estándares de ética vigentes que deben respetar los funcionarios públicos.

• Responde a la confianza brindada y cumple con los compromisos acordados.

Trabajo en equipo y cooperación

• Comparte en forma activa los problemas del grupo y participa en su resolución.

• Invita a los demás a expresar ideas y propuestas, fortaleciendo el espíritu de grupo.

Orientación al Ciudadano

• Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios.

Reconoce y alerta sobre oportunidades para dar ayuda adicional o valor agregado a los usuarios de sus servicios.

10- PROCESO DE SELECCIÓN:

Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica, Evaluación Laboral mediante Entrevista y Evaluación del Perfil Psicológico.

Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.

1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente vinculados al cargo concursado, de acuerdo con los requisitos exigidos. Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

Con relación a los requisitos de experiencia laboral deberá ser valorada especialmente aquélla desarrollada bajo cualquier modalidad:

a) En primer orden, en el ámbito de las unidades organizativas cuyo personal esté comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público.

b) En segundo orden, en el ámbito de la Administración Pública Nacional cuyo personal esté comprendido en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, homologado por Decreto N° 214/2006.

c) En tercer orden, en el ámbito del Sector Público en general.

Sin perjuicio de la adecuada apreciación de la experiencia acreditable en otros ámbitos laborales, se podrá asignar una ponderación mayor a la experiencia laboral comprendida en los incisos a) y b), la que no podrá superar en un VEINTE POR CIENTO (20%) y en un DIEZ POR CIENTO (10%) respectivamente, del puntaje asignado a la experiencia acreditada en otros ámbitos laborales.

2. Evaluación Técnica: El Comité de Selección formulará y aprobará para esta evaluación: UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba de evaluación de aplicación práctica. La primera es una prueba escrita, para determinar el grado de conocimiento, habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales exigidas para el ejercicio efectivo de la función o puesto de trabajo que se indica en el perfil. La segunda es una prueba escrita de aplicación práctica, acorde a lo que requiera el perfil. La misma será efectuada bajo seudónimo elegido por el postulante de identificación personal que sólo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en la prueba escrita será excluido del proceso de selección sin más trámite. Puntaje Máximo: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la Evaluación de Aplicación Práctica y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos. Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público al que serán invitados todos los postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta invitando a suscribirla a los postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos y hayan aprobado al menos el 50% de cada evaluación.

3. Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de al menos UNA (1) entrevista mediante una Guía de Entrevista confeccionada al efecto por el Comité de Selección, mediante la cual se completará la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos: El primero estará dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado de este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso. Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100) puntos.

4. Evaluación del Perfil Psicológico: Consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por profesionales matriculados, quienes elevarán al Comité de Selección un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

11- FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO:

Solamente integrarán el orden de merito los aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

• A la suma del puntaje ponderado obtenido en las etapas 1, 2 y 3 se multiplicará por el coeficiente obtenido en la Evaluación Psicológica.

De tal modo que el mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) puntos y el menor puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de SESENTA (60) puntos.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.

En síntesis, para elaborar el Orden de Mérito, se sumarán los puntajes ponderados obtenidos en cada una de las primeras TRES (3) etapas multiplicada por el coeficiente de la cuarta etapa. El orden de mérito resultará del puntaje final obtenido por cada postulante, siendo de aplicación las prioridades establecidas en el Artículo 63 de la resolución ex-SGP N° 39/10.

El Comité de selección elevará el Orden de Mérito y, una vez aprobado por la autoridad convocante, será notificado a los interesados.

12- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:


El Curriculum Vitae de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página Web.

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 17.454 y modificatorios), respectivamente. La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección en oportunidad de tomar conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA

Art. 17. - Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto.

EXCUSACIÓN

Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- CRONOGRAMA TENTATIVO:

Se realizará la divulgación por medio de la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto, constituyéndose en medios de notificación fehaciente.

• Preinscripción Electrónica: Desde el 11 de agosto al 1 de septiembre de 2015 a las 16:00 hs.

• Inscripción Documental: Desde el 19 de agosto al 1 de septiembre de 2015, en el horario de 10 a 16 hs.

• Listado de Admitidos y No Admitidos: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 8 de septiembre 2015.

• Primera Etapa: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: será efectuada entre el 9 de septiembre y el 22 de septiembre de 2015.

• Segunda Etapa: Evaluación Técnica: será realizada entre el 23 de septiembre de 2015 y el 14 de octubre de 2015.

• Tercera Etapa: Evaluación Laboral mediante entrevista: se realizará un encuentro personal a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 28 de octubre aproximadamente.

• Cuarta Etapa: Evaluación del Perfil Psicológico: será efectuada a partir de la aprobación de la Evaluación Laboral mediante entrevista y hasta el 11 de noviembre de 2015.

• Orden de Mérito: Disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 26 de noviembre de 2015.

14- INFORMES E INSCRIPCIÓN:

Toda la información sobre los Concursos (bases, perfiles, comités de selección, normativa, sistema de inscripción electrónica, etc.) estará disponible en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y www.concursar.gob.ar

CONSULTAS Y ASESORAMIENTO:

Dirección General de Recursos Humanos y Organización. Suipacha 1111, Piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfono 4316-1600, int. 2185. Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 16 hs. Por mail a: concursomintur@turismo.gov.ar

IMPORTANTE: PARA PARTICIPAR DE LOS CONCURSOS LOS POSTULANTES DEBERÁN EFECTUAR OBLIGATORIAMENTE SU POSTULACIÓN EN FORMA ELECTRÓNICA Y DOCUMENTAL.

• Preinscripción Electrónica: Estará disponible desde el 11 de agosto hasta el 1 de septiembre de 2015 a las 16:00 horas.

• Inscripción Documental: Desde el día 19 de agosto hasta el día 1 de septiembre de 2015 en el horario de 10:00 a 16:00 horas, en el Ministerio de Turismo, sito en Suipacha 1111, piso 13, Código Postal 1008, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o acrediten certificado de discapacidad, podrán inscribirse por correo postal, en cuyo caso deberán agregar a la documentación requerida un certificado de domicilio o copia del certificado de discapacidad, en los términos de la Ley N° 22.431 —Sistema de Protección Integral de Discapacitados—, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL POSTULANTE:

• Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

• Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

• “Constancia de Recepción de la Solicitud y Ficha de inscripción y de la Documentación Presentada”,

• Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los Artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

• Currículum Vitae actualizado, firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

SE ADVIERTE PARA LOS INTERESADOS CON EXPERIENCIA LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO QUE SE DEBERÁN PRESENTAR LAS CERTIFICACIONES LABORALES EMITIDAS POR:

• Recursos Humanos del organismo de origen que certifique situación de revista y antigüedad.

• Superior Jerárquico que acredite las tareas desempeñadas vinculadas al cargo.

• LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO LLEVARÁ A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Certificados de estudios formales y documentación que respalde la información volcada en el “Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción”.

SE ADVIERTE QUE LOS INTERESADOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO DEBERÁN CONCURRIR A LA INSCRIPCIÓN CON LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL Y COPIAS QUE RESPALDEN LA INFORMACIÓN DECLARADA. SE PROCEDERÁ A SU CORRESPONDIENTE CONSTATACIÓN Y CERTIFICACIÓN, NO SIENDO NECESARIO QUE DICHAS COPIAS ESTÉN AUTENTICADAS POR ESCRIBANO

.LA AUSENCIA DE LO REQUERIDO O LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL LLEVARÁN A NO CONSIDERAR EL ANTECEDENTE DECLARADO.

• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO deberá adjuntar, además DOS (2) fotografías recientes tipo carné tamaño CUATRO POR CUATRO (4x4) cm. y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad, así como de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado (sólo fotocopia frente y dorso en el caso de poseer el nuevo documento nacional de identidad).

Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán retirar la documentación presentada luego de la publicación del mismo en Suipacha 1111, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los postulantes que residan a más de CINCUENTA (50) Km. tendrán a su disposición la documentación. Luego de 45 días de guarda, si la documentación no es retirada será destruida.

RECUERDE QUE:

• La “Solicitud y Ficha de Inscripción” deben completarse en todos sus rubros, ya que es uno de los documentos fundamentales para que el Comité de Selección analice la admisión al concurso y realice la evaluación de antecedentes curriculares y laborales.

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección quien no se presente en los días y horarios en que sea citado para las distintas instancias del concurso.

• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes procesos de selección, se realizarán en la sede de residencia del cargo, por lo cual los gastos de pasajes, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.

ANEXO II

CRONOGRAMA TENTATIVO DE ACTIVIDADES

CONCURSO PARA LA COBERTURA DE UN (1) CARGO VACANTE DEL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO TURÍSTICO DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO.

La preinscripción electrónica se realizará desde el 11 de agosto al 1 de septiembre de 2015.

La inscripción presencial se realizará desde el 19 de agosto de 2015 hasta el 1 de septiembre de 2015, en el horario de 10 a 16 hs.

El listado de admitidos y no admitidos estará disponible a partir del 8 de septiembre de 2015 por TRES (3) días en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar).

La evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales será efectuada entre el 9 de septiembre y el 22 de septiembre de 2015 y, estará disponible en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar).

La Evaluación Técnica será realizada entre el 23 de septiembre y el 14 de octubre de 2015. Los resultados de las mismas serán publicados en carteleras y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar) luego de CINCO (5) días de finalizada la etapa.

La Evaluación Laboral mediante entrevista será realizada partir de la aprobación de la Evaluación Técnica y hasta el 28 de octubre de 2015.

La Evaluación Psicológica será realizada partir de la aprobación de la Evaluación Laboral y hasta el 11 de noviembre de 2015.

El Orden de Mérito estará disponible en cartelera y páginas WEB (www.turismo.gov.ar y www.concursar.gob.ar) a partir del 26 de noviembre de 2015.

e. 28/07/2015 N° 130852/15 v. 28/07/2015