MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 1860/2015

Bs. As., 28/07/2015

VISTO el Expediente N° 168.394/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT), las Leyes Nros. 24.241, 24.557, 26.425, 26.773, los Decretos Nros. 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, 2.104 y 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, las Resoluciones SRT Nros. 308 de fecha 30 de marzo de 2009, 1.254 de fecha 12 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 1.254 de fecha 12 de junio de 2015 se convocó a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para integrar el Listado de Médicos Reemplazantes, cubrir cargos de médicos titulares y co-titulares vacantes.

Que el llamado a concurso se llevó a cabo en orden a la normativa vigente y la Comisión Calificadora designada por la norma citada en el considerando precedente completó el análisis de las postulaciones recibidas.

Que del mentado análisis surge que no se logró la concurrencia pretendida en la etapa en la que se encuentra actualmente el concurso y que ello encuentra fundamento, en términos generales, en la imposibilidad de acreditar algunos de los requisitos establecidos en las Bases Generales aprobadas como Anexo I de la Resolución SRT N° 1.254/15.

Que en virtud de ello, se considera conveniente dejar sin efecto el mencionado llamado y las Bases Generales establecidas en la Resolución SRT N° 1.254/15.

Que asimismo, y a fin de no dilatar la cobertura de los cargos pertinentes, la Gerencia Médica promoverá un nuevo llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir los mencionados cargos médicos, con nuevas Bases Generales.

Que a los fines de garantizar la participación de las personas que se presentaron al concurso cuyo llamado operó a través de la Resolución SRT N° 1.254/15 corresponde tener por presentada la documentación remitida oportunamente por los participantes en los casos que corresponda.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que le confieren el inciso e), apartado 1° del artículo 36 de la Ley N° 24.557, el artículo 15 de la Ley N° 26.425; el artículo 10 del Decreto N° 2.104/08, el Decreto N° 2.105/08 y la Resolución SRT N° 308/09.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Abróguese la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 1.254 de fecha 12 de junio de 2015, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2° — Estipúlase que a los fines de garantizar la participación de los postulantes que se presentaron al concurso convocado a través de la Resolución SRT N° 1.254/15 y han superado la Etapa de “Valoración de Antecedentes”, corresponde tener por presentada, sin más trámite, la documentación remitida oportunamente, la cual será tenida en cuenta para un nuevo llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
e. 29/07/2015 N° 131204/15 v. 29/072015