Ministerio de Industria
ARANCELES
Resolución 165/2015
Modificación arancelaria del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
Bs. As., 28/07/2015
VISTO el Expediente N° A 253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el
ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley N° 24.481 de Patentes de
Invención y Modelos de Utilidad, texto ordenado por el Decreto N° 260
de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, y la Resolución N°
482 de fecha 26 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por el
Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996, se creó el INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), como organismo autárquico
en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, actualmente dependiente del MINISTERIO DE INDUSTRIA, como
Autoridad de Aplicación de dicha ley y de las Leyes Nros. 22.362 y
22.426, y del Decreto-Ley N° 6.673 de fecha 9 de agosto de 1963.
Que, a su vez, el Artículo 90 de la reglamentación, aprobada como Anexo
II del Decreto N° 260/96, establece que el referido Instituto tendrá a
su cargo la realización de la actividad que al Estado le compete en
materia de Propiedad Industrial.
Que, asimismo, el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por
el Decreto N° 260/96, dispone que el patrimonio del INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) se integrará con los aranceles y
anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas que perciba
como retribución por servicios adicionales que preste, entre otros
conceptos.
Que los aranceles constituyen una fuente genuina e imprescindible para
el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
(INPI).
Que, por ello, se hace necesario una actualización arancelaria en
atención a las características técnicas del mencionado Instituto, a fin
de favorecer su gestión encaminada a la mejora continua de la calidad
de sus prestaciones, la pertinente adecuación tecnológica a los nuevos
parámetros nacionales e internacionales, teniendo en cuenta su
interacción con las demás Oficinas de Propiedad Industrial de países de
la región, junto con la necesidad de hacer frente al incremento
salarial ya pactado mediante la paritaria del sector público y la
continuidad del reconocimiento del nivel técnico especializado de su
personal.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la
intervención que le compete.
Que el Artículo 96 del Anexo II al Decreto N° 260/96 faculta al ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a modificar el
monto de las multas, aranceles y anualidades, recayendo actualmente
dicha facultad en el MINISTERIO DE INDUSTRIA creado por el Decreto N°
919 de fecha 28 de junio de 2010.
Por ello,
LA MINISTRA DE INDUSTRIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el
monto de los aranceles que percibe por sus servicios el INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el
ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, que fueran previstos en el Anexo
III del Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y fijados a la
fecha por la Resolución N° 482 de fecha 26 de diciembre de 2012, de
conformidad con los montos y condiciones que se consignan en el Anexo
que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.