ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 17/2015
Asunto: Recupero del control aduanero Pasos Internacionales Puerto Paso
de la Patria - Paso de Patria y Puerto Itá Ibaté - Panchito Lopez.
Aduana de Corrientes.
Bs. As., 31/07/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12331-105-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación se impulsa el recupero del control aduanero
oportunamente delegado por Resolución General AFIP N° 677 en Prefectura
Naval Argentina, en los Pasos Fronterizos Fluviales Puerto Paso de la
Patria - Paso de Patria y Puerto Itá Ibaté - Panchito Lopez, ubicados
en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Resistencia -
División Aduana de Corrientes.
Que de conformidad a lo indicado en el Anexo III de la Resolución
General AFIP N° 2827, ambos pasos fluviales comunican a la República
Argentina con la República de Paraguay y se encuentran habilitados para
la atención de los Regímenes de Equipaje y Tráfico Vecinal Fronterizo
(TVF), con control aduanero delegado en la citada fuerza de seguridad.
Que la decisión de reasumir el control aduanero en los Pasos
Fronterizos Puerto Paso de la Patria - Paso de Patria y Puerto Itá
Ibaté - Panchito Lopez se basa fundamentalmente en la necesidad de
optimizar las tareas operativas y de fiscalización propias del
Organismo, con la efectiva presencia del Servicio Aduanero.
Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de
Corrientes, la Dirección Regional Aduanera Resistencia y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función a lo expuesto, corresponde retomar el control aduanero
en los citados pasos internacionales, actualmente delegado en la
Prefectura Naval Argentina.
Que en consecuencia, se impone impulsar la actualización de la Resolución General AFIP N° 2827, Anexo III.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 9°, apartado 2, incisos n) y p) del Decreto N° 618 de fecha
10 de julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Retómese el control aduanero en los Pasos Internacionales
Fluviales Puerto Paso de la Patria - Paso de Patria y Puerto Itá Ibaté
- Panchito Lopez, ubicados en jurisdicción de la Dirección Regional
Aduanera Resistencia, División Aduana de Corrientes.
ARTICULO 2° — Autorícese a la Dirección Regional Aduanera Resistencia y
a la División Aduana de Corrientes a adoptar los recaudos pertinentes a
fin de gestionar la asignación de los recursos humanos y materiales
necesarios para el funcionamiento de ambos pasos fronterizos.
ARTICULO 3° — Establécese que por la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior se impulsará la actualización del
Anexo III de la Resolución General AFIP N° 2827.
ARTICULO 4° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del 7 de agosto del corriente.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la
Dirección General de Aduanas. Notifíquese a Prefectura Naval Argentina,
dependiente del Ministerio de Seguridad y a la Dirección de Asuntos
Técnicos de Frontera del Ministerio del Interior y Transporte. Tome
conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior y la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Remítanse el
presente a la Aduana de Corrientes para su conocimiento e
implementación. — C.P. y Abog. GUILLERMO MICHEL, Director General,
Dirección General de Aduanas.
e. 03/08/2015 N° 132352/15 v. 03/08/2015