MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1392/2015
Bs. As., 30/07/2015
VISTO el Expediente N° S02:0083586/2015 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8° del Decreto N° 1840 de fecha 12 de noviembre de 2011
dispuso que el personal que prestara servicios en la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, en ejercicio de las competencias que fueran
transferidas a la FUERZA AÉREA ARGENTINA por imperio de dicha norma,
pasara a revestir sus funciones, en comisión, en la DIRECCIÓN GENERAL
DE TRÁNSITO AÉREO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, por el plazo de UN (1)
año, contado a partir de la vigencia del mencionado Decreto.
Que el citado Decreto entró en vigencia a partir de su dictado según lo estipula en su artículo 9°.
Que el artículo 1° del Decreto N° 2170 de fecha 8 de noviembre de 2012,
prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo de UN (1) año
establecido en el artículo 8° del Decreto N° 1840/11.
Que el artículo 2° del Decreto N° 2170/12 delegó en este Ministerio la
facultad de establecer una prórroga adicional al plazo establecido en
el artículo 1° del mismo, por hasta CIENTO OCHENTA (180) días.
Que posteriormente, por la Resolución N° 301 de fecha 10 de mayo de
2013 de este Ministerio se prorrogó adicionalmente por CIENTO OCHENTA
(180) días el plazo establecido por el artículo 8° del Decreto N°
1840/11.
Que el artículo 1° del Decreto N° 1782 de fecha 12 de noviembre de
2013, prorrogó por NOVENTA (90) días el plazo de UN (1) año establecido
en el artículo 8° del Decreto N° 1840 de fecha 12 de noviembre de 2011,
prorrogado por el Decreto N° 2170 de fecha 8 de noviembre de 2012 y por
la Resolución N° 301 de fecha 10 de mayo de 2013 de este Ministerio.
Que el artículo 2° del Decreto N° 1782/13 delegó en este Ministerio la
facultad de prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° del mismo.
Que en dicho marco, por las Resoluciones Nros. 38 de fecha 4 de febrero
de 2014, 790 de fecha 6 de agosto de 2014 y 75 de fecha 5 de febrero de
2015, todas de este Ministerio, se prorrogó adicionalmente por CIENTO
OCHENTA (180) días el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto
N° 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013.
Que con fecha 15 de julio de 2015 se sancionó la Ley N° 27.161 que en
su artículo 6° constituye la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA
SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), en la órbita de este Ministerio, con
sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones
pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 (t.o. 1984) y
sus modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su
Estatuto, la que tendrá por objeto la prestación del Servicio Público
de Navegación Aérea, con excepción de los servicios de navegación aérea
prestados por el MINISTERIO DE DEFENSA en los aeródromos y servicios
que por razones de defensa nacional se enuncian en el Anexo I de dicha
ley.
Que en el artículo 17 de la ley citada en el considerando anterior se
dispuso que una vez constituida, se transferirán a la EMPRESA ARGENTINA
DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), las funciones de
control operativo de la prestación del Servicio Público de Navegación
Aérea y de coordinación y supervisión del accionar del control aéreo
asignadas en la actualidad a la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE
TRÁNSITO AÉREO, dependiente de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, con sus
respectivas competencias, cargos, personal y créditos presupuestarios,
así como la administración de los bienes patrimoniales afectados a su
uso, con excepción de las inherentes a los aeródromos públicos que se
enuncian en el Anexo I de dicha ley.
Que atento el inminente vencimiento del plazo establecido en el
artículo 1° del Decreto N° 1782/13, prorrogado por las Resoluciones
Nros. 38/14, 790/14 y 75/15, todas de este Ministerio, se entiende
pertinente prorrogar dicho plazo por UN (1) año o hasta la efectiva
transferencia del personal a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA
SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), lo que ocurra primero.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 2° del Decreto N° 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrogase adicionalmente por UN (1) año o hasta la
efectiva transferencia del personal a la EMPRESA ARGENTINA DE
NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.) en el marco de lo
establecido en la Ley N° 27.161, lo que ocurra primero, el plazo de UN
(1) año establecido en el artículo 1° del Decreto N° 1782 de fecha 12
de noviembre de 2013, prorrogado por la Resolución N° 38 de fecha 4 de
febrero de 2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por la
Resolución N° 790 de fecha 6 de agosto de 2014 del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE y por la Resolución N° 75 de fecha 5 de febrero
de 2015 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del
Interior y Transporte.
e. 03/08/2015 N° 132140/15 v. 03/08/2015