TRANSFERENCIAS

Transfiérese a la Municipalidad de Maquinchao, provincia de Río Negro, un lote con destino a la construcción de un barrio de viviendas económicas.

LEY N° 23.165

Sancionada: Setiembre 30 de 1984

Promulgada: Octubre 23 de 1984

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° – Transfiérese a la Municipalidad de Maquinchao, provincia de Río Negro, en carácter de donación y con destino a la construcción de un barrio de viviendas económicas, el dominio de un terreno de 40 metros de ancho, por 957, 50 metros de largo, ubicado en la parte norte de la estación Maquinchao (línea de Patagones al lago Nahuel Huapi) perteneciente a Ferrocarriles Argentinos (Ferrocarril Rocal).

ARTICULO 2° – Otórgase la posesión del lote individualizado en el artículo anterior a la Municipalidad de Maquinchao, quien deberá recibirlo dentro de los diez días de promulgada la presente ley. La escritura traslativa de dominio se extenderá dentro de los 180 días de la misma promulgación.

ARTICULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.

J.C. PUGLIESE

V.H. MARTINEZ

Hugo Beinicoff

Antonio J. Macris

 

–Registrada bajo el N° 23.165–