IMPUESTOS

Prorrógase la vigencia de los impuestos creados por la disposición de facto N° 22.916.

LEY N° 23.130

Sancionada: Setiembre 30 de 1984.

Promulgada: Octubre 19 de 1984.

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° – Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1985, inclusive, la vigencia de los impuestos creados por la disposición de facto N° 22.916.

ARTICULO 2° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.

J.C. PUGLIESE

V.H. MARTINEZ

Hugo Beinicoff

Antonio J. Macris

–Registrada bajo el N° 23.130–