TRANSFERENCIAS

Determínase que el Poder Ejecutivo nacional transferirá la propiedad de sus acciones en la empresa Papel Misionero S.A. al Gobierno de la provincia de Misiones.

LEY N° 23105

Sancionada: Setiembre 28 de 1984.

Promulgada: Octubre 19 de 1984.

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° – El Poder Ejecutivo Nacional transferirá al gobierno de la provincia de Misiones la propiedad de sus acciones en la empresa Papel Misionero S. A.

ARTICULO 2° – El Gobierno de la Provincia de Misiones pagará el importe respectivo en diez cuotas anuales, iguales, sin interés, la primera de las cuales vencerá a los cinco años de operada la transferencia. La actualización de las cuotas se hará con ajuste a las variaciones que experimente el índice de precios al por mayor para productos no agropecuarios de origen nacional que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos, tomándose como mes de referencia aquel en que se practique la transferencia de dichas acciones.

ARTICULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.

J.C. PUGLIESE

V.H. MARTINEZ

Carlos A. Bejar

Antonio J. Macris

 

–Registrada bajo el N° 23.105-