ANEXO V

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MIC/DTA

HOJA CARATULA — ANVERSO

CAMPO 1

NOMBRE Y DOMICILIO DEL TRANSPORTADOR

Nombre y domicilio del transportador, número y fecha de los permisos originario y complementario y número de póliza del seguro.

CAMPO 2

ROL DEL CONTRIBUYENTE

Número de registro de contribuyente del transportador en el país de origen.

CAMPO 3

TRANSITO ADUANERO

SI: Marcar cuando el MIC/DTA tiene carácter de tránsito aduanero internacional.

NO: Marcar cuando la unidad de transporte no conduce carga.

CAMPO 4

NUMERO

Número del MIC/DTA asignado por la aduana de partida.

CAMPO 5

HOJA

Número total de hojas que conforman el juego del MIC/DTA.

CAMPO 6

FECHA DE EMISION

Fecha de emisión del MIC/DTA por la Aduana de Partida.

CAMPO 7

ADUANA, CIUDAD Y PAIS DE PARTIDA

Indicar los datos de acuerdo a la Aduana que interviene en el embarque de la mercadería en la unidad de transporte y consignando en el siguiente reservado, el código en vigencia en el país de partida.

CAMPO 8

CIUDAD Y PAIS DE DESTINO FINAL

Indicar los datos correspondientes al lugar donde será descargada la mercadería y código vigente en el país de partida.

CAMPO 9

CAMION ORIGINAL: NOMBRE Y DOMICILIO DEL PROPIETARIO

Se indicarán los datos del propietario del vehículo, incluyendo el país otorgante del permiso originario, cuando sea distinto al indicado en el Campo 1.

CAMPO 10

ROL DEL CONTRIBUYENTE

Número de registro del contribuyente del propietario en el país de origen cuando sea distinto al indicado en el Campo 1.

CAMPO 11

PLACA DE CAMION

Número de patente/placa/circulación de la unidad de transporte.

CAMPO 12

MARCA Y NUMERO

Marca y número de chasis de la unidad de transporte.

CAMPO 13

CAPACIDAD DE ARRASTRE

Capacidad de arrastre en el caso que el camión o el tractor arrastren un remolque o un semirremolque de acuerdo a las especificaciones de fábrica.

CAMPO 14

AÑO

Año de fabricación del chasis de la unidad de transporte y modelo.

CAMPO 15

SEMIRREMOLQUE - REMOLQUE

Indicar cuando el camión/tractor arrastran un remolque o un semirremolque y el número de patente/placa/circulación.

CAMPO 16 A 22

Este sector solamente debe llenarse en el momento en que se produzca la sustitución del camión, tractor, remolque o semirremolque originales, observando las mismas instrucciones para el llenado de los campos 9 al 15, respectivamente. En el supuesto que se utilizaran nuevos precintos en la sustitución, éstos se consignarán en el campo "OBSERVACIONES" relativo al país donde se produjo la sustitución.

CAMPO 23 a 38

Estos campos deben llenarse solamente para una Carta de Porte. En el caso que contenga más de una carta porte, se utilizarán tantas hojas continuación como fueran necesarias.

CAMPO 23

NUMERO DE CARTA DE PORTE

Número de Carta de Porte Internacional.

CAMPO 24

ADUANA DE DESTINO

Nombre de la aduana de destino final de la mercancía y el código vigente en el país de partida.

CAMPO 25

MONEDA

Nombre de la divisa en que está expresado el valor FOR y código vigente en el país de partida.

CAMPO 26

PROCEDENCIA DE LA MERCANCIA

País de procedencia de la mercancía y código vigente en el país de partida.

CAMPO 27

VALOR FOT

Valor de las mercancías puestas a bordo de la unidad de transporte.

CAMPO 28

FLETE EN US$

Valor del flete expresado en dólares de los Estados Unidos de América.

CAMPO 29

SEGUROS EN US$

Valor del seguro expresado en dólares de los Estados Unidos de América.

CAMPO 30

TIPO DE BULTOS

Clase de envases y su código vigente en el país de partida.

CAMPO 31

CANTIDAD DE BULTOS

Expresar en números la cantidad de bultos.

CAMPO 32

PESO BRUTO

Expresar en números el peso bruto total.

CAMPO 33

REMITENTE

Nombre o razón social, domicilio y país del remitente de la mercancía.

CAMPO 34

DESTINATARIO

Nombre o razón social, domicilio y país del destinatario de la mercancía.

CAMPO 35

CONSIGNATARIO

Nombre o razón social, domicilio y país del consignatario de la mercancía.

CAMPO 36

DOCUMENTOS ANEXOS

Indicar sólo número y fecha del documento aduanero, que autoriza la exportación cuando corresponda.

CAMPO 37

NUMERO DE LOS PRECINTOS

Este campo será llenado por la aduana de partida exclusivamente.

CAMPO 38

MARCAS Y NUMEROS DE LOS BULTOS, DESCRIPCION DE LAS MERCANCIAS

Se indicarán las marcas y números que identifican a los bultos y se declarará la mercancía en forma genérica. No deben utilizarse los cuadros existentes en este campo, estando reservados para su utilización futura.

CAMPO 39

FIRMA Y SELLO DEL DECLARANTE Y/O TRANSPORTISTA

Nombre, firma del declarante y/o transportista y fecha.

CAMPO 40

RUTA Y PLAZO DE TRANSPORTE

La aduana de partida determinará la ruta y el plazo para el arribo a la aduana de salida.

CAMPO 41

FIRMA Y SELLO DE LA ADUANA DE PARTIDA

Firma del funcionario aduanero interviniente con sello aclaratorio y fecha. Esta intervención en todos los ejemplos certificará la autenticidad del MIC/DTA y la aplicación de los precintos.

PAIS DE PARTIDA

Será utilizado por la aduana de salida para las operaciones de tránsito aduanero internacional iniciadas en el país.

PAIS DE TRANSITO

Será utilizado por las aduanas de entrada y de salida del país de tránsito.

PAIS DE DESTINO

Será utilizado por las aduanas de entrada y de destino en el país de destino.

OBSERVACIONES

Este espacio está reservado para las anotaciones que deba efectuar el servicio aduanero, cuando media transbordo, verificación de las mercancías, aplicación de precintos u otra circunstancia que debe ser registrada.

RUTA Y PLAZO DE TRANSPORTE

La ruta y el plazo de transporte serán establecidos por la Aduana interviniente.

HOJA CONTINUACION

CAMPOS 1,4,6, 23 a 39

Estos campos serán llenados de la misma forma que la hoja carátula del formulario.

CAMPO 5

HOJA

Se indicará el número de la hoja continuación seguido de la cantidad total de hojas (Ejemplo: 2/4, 3/4, 4/4).

SUBTOTALES

 

CAMPO 42

CANTIDAD DE BULTOS

CAMPO 43

PESO BRUTO

Se indicará la cantidad de bultos y el peso bruto declarados en los campos 31 y 32 de la misma hoja.

CAMPO 44

CANTIDAD DE BULTOS

Se indicará la cantidad de bultos del Campo 31 en el caso en que la hoja anterior sea la hoja carátula del MIC/DTA. En los demás casos se establecerá la cantidad declarada en el Campo 46 de la hoja continuación anterior.

CAMPO 45

PESO BRUTO

Se indicará el peso bruto del campo 32 en el caso que la hoja anterior sea la hoja carátula del MIC/DTA. En los demás casos se establecerá la cantidad declarada en el Campo 47 de la hoja continuación anterior.

TOTALES ACUMULADOS

 

CAMPO 46

CANTIDAD DE BULTOS

Se indicará la cantidad resultante de la suma de los Campos 42 y 44 de la misma hoja continuación.

CAMPO 47

PESO BRUTO

Se declarará el peso bruto que resulte de sumar los Campos 43 y 45 de la misma hoja continuación.

CANTIDAD Y DESTINO DE LOS EJEMPLARES DEL MIC/DTA Y NUMERACION

El MIC/DTA será emitido por el declarante en cinco ejemplares que estarán identificados en la forma que seguidamente se indica al igual que su destino:

ORIGINAL

ADUANA DE PARTIDA

Primera Vía - Alfádenga de partida.

DUPLICADO

ADUANA DE PASO DE FRONTERA (SALIDA)

Segunda Vía - Alfádenga de salida.

TRIPLICADO

ADUANA DE PASO DE FRONTERA (ENTRADA)

Alfádenga de entrada.

CUADRIPLICADO

ADUANA DE DESTINO

Cuarta Vía - Alfádenga de destino.

QUINTUPLICADO

DECLARANTE

Quinta Vía - Transportador y autoridades de transporte.

Cuando la operación de tránsito internacional se realice por país de tránsito, se presentarán ejemplares del triplicado y del duplicado del MIC/DTA, respectivamente, para las aduanas de los países de tránsito.

TORNAGUIAS

Se utilizarán adicionales del MIC/DTA.

GENERALIDADES

1) Especificaciones

Formato: ISO A4 (210 * 297)

Margen: Superior 10 mm.

Izquierdo 20 mm.

2) Los campos que no corresponda llenar serán inutilizados mediante "xxx" o bien con línea horizontal o diagonal.

3) Cuando se utilice papel químico el sector reservado a la aduana del País de Partida, del País de Tránsito y del País de Destino, será impreso en forma separada, identificándoselo con el número del MIC/DTA (Campo 4).

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Código de envases y embalajes

Cualquiera sea el país de destino de las mercaderías, se declarará el código indicado en el Anexo VI por resultar común a los países signatarios.

Códigos de Aduana (Brasil - Paraguay - Uruguay) y Código de país de moneda (Brasil).

Hasta tanto se ponga en vigencia un código único para los países signatarios, se declarará el código nacional y el código del país de destino de la mercadería, este último, dentro de los casilleros previstos en cada sector.

Códigos de País y de Moneda

Para las cargas destinadas a Paraguay y a Uruguay se declarará el código nacional hasta tanto se integren al Anexo VI el código de esos países o se ponga un código único.

MIC/DTA Impresos en la versión anterior

Podrán utilizarse por los Estados Parte del MERCOSUR hasta agotar su stock, debiendo adecuar el mismo antes del 1° de marzo de 1992 al modelo aprobado en el Anexo IV de esta Resolución.