ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución Enargas N° 01/93

Bs. As., 1/4/93

VISTO la Ley N° 24.076 y la Resolución SE 165 del 30 de diciembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma, en su Articulo 50, crea en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENTE) quien será el responsable de hacer cumplir dicha ley. sus reglamentaciones y demás disposiciones complementarias.

Que el Artículo 51 de dicha ley y su Reglamentación, aprobada por Decreto 1738 del 18 de setiembre de 1992, establece que el ENTE gozará de autarquía plena, tanto presupuestaria como administrativa y poseerá plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que en base a ello, el Articulo 63 de la Ley 24.076 permite al ENTE financiarse anualmente por medio de una Tasa de Fiscalización y Control que deberán pagar los almacenadores, transportistas, comercializadores y distribuidores de gas natural.

Qué el Artículo 59 de dicha Ley, en sus incisos b) y d), faculta al ENTE a dictar su reglamento interno, contratar y remover al personal del ENTE, fijándole sus funciones y condiciones de empleo.

Que la citada norma, en su Artículo 60, establece que las relaciones con su personal se regirán por la Ley de Contrato de Trabajo, no siéndole de aplicación el régimen jurídico básico de la función pública.

Que la Resolución SE 165/92 aprobó una estructura orgánica provisoria del ENTE a fin de gestionar los créditos presupuestarios correspondiente a los años 1992 y 1993, disponiendo que la estructura organizativa definitiva sea aprobada por el Directorio del ENTE, una vez designado.

Que la misma norma fijó un período de transición hasta el 31 de marzo de 1993. durante el cual la SECRETARIA DE ENERGIA ejerció la Autoridad de Aplicación de la Ley. manteniendo el poder resolutivo de las funciones asignadas al ENTE, según lo dispuesto por el Artículo 90 de la Ley 24.076, y que desde el 1 de abril de 1993 dichás facultades las ejercerá el ENTE.

Que resulta imprescindible aprobar y publicar oficialmente la estructura orgánica del ENTE debido a que por el art. 90 de la Ley 24.076 el ENTE no puede asumir la tramitación y resolución de los asuntos que le son atribuidos por dicha Ley hasta tanto no cumpla con lo dispuesto por dicho artículo.

Que los Directores del ENTE fueron designados por el Decreto 472 del 22 de marzo de 1993.

Que el Directorio del Ente quedó formalmente constituido el día veinte y nueve de marzo de 1993, según consta en el Libro de Actas del Directorio del mismo.

Que el Directorio del ENTE se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo establecido en el Artículo 52, inciso v) de la Ley N° 24.076 y de lo dispuesto por el Libro de Actas del Directorio del ENTE.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la estructura orgánica provisoria del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, la que tendrá vigencia hasta tanto este Directorio apruebe la estructura definitiva.

ARTICULO 2°—Apruébase, con carácter provisorio, las funciones de cada una de las Gerencias integrantes del ENTE, descriptas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Esta Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 1993.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. RAUL E. GARCIA - Presidente - Ente Nacional Regulador del Gas.

ANEXO I


ANEXO II

SECRETARIA DEL DIRECTORIO

Funciones:

1) Asistir al Directorio, coordinando y supervisando las acciones de las distintas áreas que la conforman.

2) Instrumentar la aplicación de las políticas dispuestas por el Directorio.

3) Ejercer las funciones que le sean expresamente delegadas por el Directorio.

4) Coordinar las relaciones entre los niveles jerárquicos.

5) Coordinar el apoyo administrativo y programar las reuniones del Directorio, certificando actas, resoluciones y demás actos que realice el mismo, como asimismo comunicar y publicar las decisiones que emanen del Directorio.

6) Realizar las tareas relativas a ceremonial, protocolo, prensa y difusión, coordinando las participaciones del Directorio en actividades organizadas por organismos e Instituciones públicos y privados, nacionales e internacionales.

7) Llevar el registro de entradas y salidas y el archivo de toda la documentación administrativa del Directorio.

8) Realizar las actividades de compras o locaciones de bienes muebles e Inmuebles y contrataciones de servicios.

9) Asignar los equipos para casos a analizar y priorizar los mismos.

GERENCIA DE LEGALES

Funciones:

1) Representar externamente al ENTE en sede judicial y asegurar el cumplimiento de los requisitos legales.

2) Apoyar al Directorio y Gerencias con opiniones legales.

3) Asegurar que las decisiones del ENTE cuenten con el adecuado respaldo jurídico.

4) Vigilar la correcta aplicación de los procedimientos jurídicos, sean originados en conflictos, reclamos o por iniciativa del propio organismo regulador.

5) Analizar y revisar contratos, asegurando la equidad contractual.

6) Intervenir en la elaboración de proyectos de leyes, decretos, resoluciones y disposiciones reglamentarias de competencia del ENTE.

7)  Asegurar el correcto desempeño de las Audiencias Públicas.

8) Participar en equipos de casos.

GERENCIA DE TRANSMISION

Funciones:

1) Proponer al Directorio la emisión o actualización de normas y procedimientos técnicos, de servicios y de seguridad relativo al transporte de gas.

2) Evaluar el desempeño de los transportistas, programar, realizar y/o controlar auditorias técnicas.

3) Inspeccionar las instalaciones y las obras en curso, verificar el cumplimiento del Reglamento de Servicio y las normas de seguridad, detectar infracciones y proponer al Directorio la aplicación de sanciones.

4) Revisar las solicitudes de expansión y formular guias para el análisis de inversión.

5) Colaborar con los objetivos de Inspecciones que debe realizar la Gerencia Regional.

6) Proporcionar información para los Informes del ENTE.

7) Participar en equipos de casos.

GERENCIA DE DISTRIBUCION

Funciones:

1) Proponer al Directorio la emisión o actualización de normas y procedimientos técnicos, de servicios y de seguridad relativo a la distribución de gas.

2) Evaluar el desempeño de los transportistas, programar, realizar y/o controlar auditorias técnicas.

3) Analizar y verificar el cumplimiento de metas de inversiones obligatorias y no obligatorias, revisando la inversión real versus inversión planificada.

4) Intervenir en la revisión y ajuste de tarifas de distribución y transporte.

5) Analizar composición y cambios accionarios de los prestadores de los servicios de transporte y distribución.

6) Analizar los costos y rendimientos financieros de los Prestadores de servicios y programar, realizar y/o controlar auditorias financieras.

7) Proporcionar información para los informes del ENTE.

8) Participar en equipos de casos.

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMA

Funciones

1) Llevar la administración interna del ENTE y su contabilidad.

2) Publicar el boletín mensual y el Informe anual sobre las actividades del ENTE y de la industria del gas.

3) Confeccionar anualmente la memoria del ENTE.

4) Recaudar la tasa de fiscalización y control, multas, honorarios por servicios y todo otro concepto permitido por reglamentación.

5) Realizar el presupuesto del ENTE.

6) Elaborar los estados financieros, balances, cuadro de resultados, proyecciones y demás documentación financiero contable, efectuar las presentaciones requeridas ante el órgano de control extemo y cumplir con la ley 24.156.

7) Registrar y controlar los bienes patrimoniales del ENTE.

8) Administrar los recursos humanos, financieros, económicos y patrimoniales del ENTE.

9) Coordinar y administrar los sistemas de computación a fin de mejorar la gestión interna del organismo.

GERENCIA DE REGIONES

Funciones:

1) Supervisión y coordinación de las delegaciones regionales.

2) Recepcionar las quejas de todos los clientes en dicha región y resolver los reclamos del cliente del tipo "Servicio General".

3) Programar y realizar inspecciones según los objetivos diseñados por las Gerencias de Transporte y Distribución.

e. 30/4 N" 2138 v. 30/4/93