MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1467/2015
Designación en la Dirección de Asuntos Judiciales de los Entes Liquidados o en Liquidación.
Bs. As., 29/07/2015
VISTO el Expediente N° S01:0259795/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y los
Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se dispuso
el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la
fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad,
salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del
PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10
de la citadas leyes.
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA
LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se considera imprescindible la cobertura
de UN (1) cargo vacante Función Ejecutiva Nivel IV de Coordinador de
Causas Judiciales de Entes en Liquidación de la Dirección de Asuntos
Judiciales de los Entes Liquidados o en Liquidación de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos de la mencionada Subsecretaría.
Que a fin de posibilitar la cobertura del cargo previamente mencionado
es necesario modificar la distribución presupuestaria de la SECRETARÍA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo
mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes
Nros. 26.895 y 27.008.
Que el profesional propuesto posee los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir dicho cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4
de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo
6° de la Ley N° 27.008, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.895
y 27.008 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la
Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015 - Recursos
Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en
la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del
mismo.
Art. 2° — Dase por designado transitoriamente, desde el 17 de octubre
de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del dictado de la presente medida, al Doctor Don
José Alberto GARCÍA (M.I. N° 25.665.354) en el cargo de Coordinador de
Causas Judiciales de Entes en Liquidación de la Dirección de Asuntos
Judiciales de los Entes Liquidados o en Liquidación de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con
carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes
Nros. 26.895 y 27.008.
Art. 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N°
2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Axel Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°