MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 28/14
ADHESIONES DE LA REPÚBLICA DE
COLOMBIA, DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A ACUERDOS SUSCRIPTOS ENTRE EL
MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que los Acuerdos firmados entre el MERCOSUR y los Estados Asociados son
instrumentos relevantes para la consolidación del proceso de
integración.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aceptar la Adhesión de la República del Perú a los siguientes Acuerdos:
- “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados,
Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los
Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de
Chile”, suscripto el 5 de diciembre de 2002 en la ciudad de Brasilia,
República Federativa del Brasil.
- “Acuerdo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales entre los
Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de
Chile”, suscripto el 18 de febrero de 2002 en la ciudad de Buenos
Aires, República Argentina.
- “Acuerdo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil,
Comercial, Laboral y Administrativa entre los Estados Partes del
MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto
el 5 de julio de 2002, en la ciudad de Buenos Aires, República
Argentina.
Art. 2 - Aceptar la Adhesión de la República de Colombia a los siguientes Acuerdos:
- “Acuerdo sobre la Creación e Implementación de un Sistema de
Acreditación de Carreras Universitarias para el Reconocimiento Regional
de la Calidad Académica de las respectivas Titulaciones en el MERCOSUR
y Estados Asociados”, suscripto el 30 de junio de 2008, en la ciudad de
Tucumán, República Argentina.
- “Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la
República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto el 24 de julio
de 1998, en la ciudad de Ushuaia, República Argentina.
- “Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del
MERCOSUR, Bolivia y Chile”, suscripto el 6 de diciembre de 2002, en la
ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil.
- “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de
Viaje del MERCOSUR”, suscripto el 28 de junio de 2011, en la ciudad de
Asunción, República del Paraguay.
Art. 3 - Aceptar la Adhesión de la República del Ecuador al siguiente Acuerdo:
- “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de
Viaje del MERCOSUR”, suscripto el 28 de junio de 2011, en la ciudad de
Asunción, República del Paraguay.
Art. 4 - Aceptar la Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al siguiente Acuerdo:
- “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de
Viaje del MERCOSUR”, suscripto el 28 de junio de 2011, en la ciudad de
Asunción, República del Paraguay.
Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLVII CMC - Paraná, 16/XII/14.