JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Disposición 19/2015
Bs. As., 21/07/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0063417/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N°
3066/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” de fecha 29 de
marzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°
237 de fecha 17 de mayo de 2012, el Acuerdo de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS Nros. 115 de fecha 15 de octubre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en
Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156.” cuyo objeto es
contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del
mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas
científicas y tecnológicas.
Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia
y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico
para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales
argentinos realicen programas de maestrías en universidades
prestigiosas de países con los cuales el organismo ejecutor haya
celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2
“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”
tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un
estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos
argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y
tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y
alta especialización en el exterior.
Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el
punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, establece
que estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de
la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del
Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar
adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de
resultados y gestión financiera y de adquisiciones.
Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de
fecha 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN
EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE
Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, asimismo, y por la citada resolución, se crea en el mismo ámbito
la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR facultando al señor
Subsecretario de Gestión y Empleo Público, en su carácter de titular de
la misma, a efectuar el llamado a convocatorias públicas, aprobar las
Bases y Condiciones de los concursos y conformar los Comités Asesores y
Evaluadores ad-hoc.
Que por la Enmienda al Convenio celebrado en fecha 15 de octubre de
2013 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por el ex
Subsecretario de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE
GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y la COMISIÓN FULBRIGHT, se incorporaron TRES (3) nuevas
modalidades de Becas de Formación Profesional en el Exterior: cursos de
especializaciones, estancias cortas para doctorandos y estancias cortas
profesionales, en instituciones académicas de los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA.
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la No Objeción
al llamado a Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas
de Estancias Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para
profesionales argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y a las Bases
y Condiciones de la misma, en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE
FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.
Que el Comité Asesor y el Comité Evaluador llevaron a cabo el proceso
de preselección y realizaron las entrevistas correspondientes,
seleccionando a QUINCE (15) beneficiarios y SEIS (6) suplentes conforme
a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado a la
Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estancias
Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales
argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR- FULBRIGHT 2015).
Que corresponde, si alguno de los seleccionados renunciara, se vea
imposibilitado o surja alguna incompatibilidad en el marco de la
Convocatoria, que las personas designadas como suplentes tomen la beca
en base al orden de mérito que, como Anexo II, forma parte integrante
de la presente medida.
Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia
de créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones que
demanden el dictado de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
en el artículo 4° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 237/12.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité
Evaluador, encargados de seleccionar a los beneficiarios de la
Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estancias
Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales
argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR - FULBRIGHT 2015),
en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN
CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.
ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados y suplentes en el
marco de la Convocatoria que, como Anexos I y II, forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Adjudícanse Becas de Estancias Cortas de Doctorandos en
Ciencia y Tecnología para profesionales argentinos en los ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR- FULBRIGHT 2015) a las personas consignadas
en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — Apruébase el Modelo de Contrato que efectivizará el
beneficio de la beca que, como Anexo III, forma parte integrante de la
presente medida y delégase en el Responsable de la Unidad Ejecutora del
Programa BEC.AR la firma de los mismos.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL FIHMAN, Subsecretario de
Gestión y Empleo Público, Jefatura de Gabinete de Ministros.
e. 07/08/2015 N° 133162/15 v. 07/08/2015