JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Disposición 19/2015

Bs. As., 21/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0063417/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” de fecha 29 de marzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012, el Acuerdo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 115 de fecha 15 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156.” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en universidades prestigiosas de países con los cuales el organismo ejecutor haya celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2 “Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, establece que estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados y gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, y por la citada resolución, se crea en el mismo ámbito la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público, en su carácter de titular de la misma, a efectuar el llamado a convocatorias públicas, aprobar las Bases y Condiciones de los concursos y conformar los Comités Asesores y Evaluadores ad-hoc.

Que por la Enmienda al Convenio celebrado en fecha 15 de octubre de 2013 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por el ex Subsecretario de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la COMISIÓN FULBRIGHT, se incorporaron TRES (3) nuevas modalidades de Becas de Formación Profesional en el Exterior: cursos de especializaciones, estancias cortas para doctorandos y estancias cortas profesionales, en instituciones académicas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la No Objeción al llamado a Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estancias Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y a las Bases y Condiciones de la misma, en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor y el Comité Evaluador llevaron a cabo el proceso de preselección y realizaron las entrevistas correspondientes, seleccionando a QUINCE (15) beneficiarios y SEIS (6) suplentes conforme a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estancias Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR- FULBRIGHT 2015).

Que corresponde, si alguno de los seleccionados renunciara, se vea imposibilitado o surja alguna incompatibilidad en el marco de la Convocatoria, que las personas designadas como suplentes tomen la beca en base al orden de mérito que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia de créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones que demanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el artículo 4° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/12.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador, encargados de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estancias Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR - FULBRIGHT 2015), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados y suplentes en el marco de la Convocatoria que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse Becas de Estancias Cortas de Doctorandos en Ciencia y Tecnología para profesionales argentinos en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (BEC.AR- FULBRIGHT 2015) a las personas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el Modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de la beca que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente medida y delégase en el Responsable de la Unidad Ejecutora del Programa BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL FIHMAN, Subsecretario de Gestión y Empleo Público, Jefatura de Gabinete de Ministros.









e. 07/08/2015 N° 133162/15 v. 07/08/2015