MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 09/15
CERTIFICADO DE VENTA LIBRE DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las
Resoluciones N° 24/96, 25/96, 24/06 y 51/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Certificado de Venta Libre de Productos Domisanitarios permite
garantizar que los productos fabricados cumplen con la reglamentación
de la autoridad sanitaria de cada Estado Parte.
Que la emisión del Certificado de Venta Libre de Productos
Domisanitarios es competencia de la autoridad sanitaria de cada Estado
Parte.
Que es necesario armonizar los requisitos mínimos que deben ser
contemplados en el Certificado de Venta Libre de Productos
Domisanitarios.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el contenido mínimo del modelo para “Certificado de
Venta Libre de Productos Domisanitarios”, que consta como Anexo y forma
parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Estados Partes, por medio de las autoridades sanitarias
competentes, emitirán el Certificado de Venta Libre de Productos
Domisanitarios a solicitud del titular del registro.
Art. 3 - La emisión y validez del Certificado de Venta Libre de
Productos Domisanitarios estarán sujetas a la comprobación de que los
productos cumplan con la normativa MERCOSUR vigente.
Art. 4 - A los efectos de la implementación de la presente Resolución,
la República del Paraguay utilizará la denominación Certificado de
Libre Venta de Productos Domisanitarios (CLV), conforme a los
requisitos establecidos en el Anexo.
Art. 5 - Los organismos nacionales competentes para la implementación
de la presente Resolución son las autoridades sanitarias de los Estados
Partes.
Art. 6 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, antes del 1/XII/2015.
XCVIII GMC - Brasilia, 29/V/15.
ANEXO
CERTIFICADO DE VENTA LIBRE DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS
La [Autoridad Sanitaria Competente del Estado Parte] CERTIFICA que el
producto abajo detallado, cumple debidamente con la reglamentación
nacional, en conformidad con la normativa MERCOSUR vigente.