MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 356/2015

Bs. As., 04/08/2015

VISTO el Expediente N° S05:0059768/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 asigna al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA la responsabilidad de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal.

Que los pequeños rumiantes y camélidos sudamericanos son especies relevantes a nivel productivo y económico en la REPÚBLICA ARGENTINA, especialmente importante en Agricultura Familiar, sumando además el impacto de sus enfermedades en la salud animal y humana.

Que, atento a lo expuesto, es esencial formalizar un programa para estas especies en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, a fin de otorgar un marco legal y la continuidad en el abordaje de las problemáticas sanitarias de estas especies.

Que es importante incorporar a profesionales veterinarios acreditados para obtener una cobertura nacional con sus aportes de asesoramiento al productor en sanidad animal, especialmente en lo concerniente a la salud pública.

Que resulta de interés para el Organismo atender las especies de rumiantes menores por ser fuente de alimentación de poblaciones humanas en condiciones de vulnerabilidad y, por lo tanto, expuestas a enfermedades zoonóticas.

Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal y la Dirección de Programación Sanitaria se han expedido favorablemente.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de conformidad con lo establecido en el Artículo 8°, incisos e) y f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — PROGRAMA DE ENFERMEDADES DE LOS PEQUEÑOS RUMIANTES. Se crea el Programa de Enfermedades de los Pequeños Rumiantes y Camélidos Sudamericanos en el ámbito de la Dirección de Programación Sanitaria dependiente de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 2° — OBJETIVOS DEL PROGRAMA. Este programa tiene los siguientes objetivos:

Inciso a) Elevar el nivel sanitario de las producciones ovina, caprina y de camélidos sudamericanos para facilitar el comercio exterior y establecer los requisitos sanitarios del mercado interno para la libre circulación de animales.

Inciso b) Propiciar la participación activa y responsable de los criadores, ganaderos e industrias relacionadas con el sector.

Inciso c) Incrementar la productividad por disminución o ausencia del impacto negativo que producen las distintas enfermedades de estas especies.

Inciso d) Detectar en forma precoz los posibles cambios en la situación sanitaria del sector.

Inciso e) Disminuir y evitar el contagio de enfermedades zoonóticas relacionadas a ovinos, caprinos y camélidos sudamericanos, en la población humana.

ARTÍCULO 3° — (Artículo derogado por art. 14 inciso b) de la Resolución N° 542/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 01/11/2021. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

ARTÍCULO 4° — (Artículo derogado por art. 14 inciso b) de la Resolución N° 542/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 01/11/2021. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

ARTÍCULO 5° — (Artículo derogado por art. 14 inciso b) de la Resolución N° 542/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 01/11/2021. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

ARTÍCULO 6° — (Artículo derogado por art. 14 inciso b) de la Resolución N° 542/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 01/11/2021. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

ARTÍCULO 7° — Incorporación. Se incorpora la presente resolución al Libro Tercero, Parte Tercera, Título II, Capítulo II, Sección 2a Rumiantes Menores y Camélidos Sudamericanos del Índice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA aprobado por la Resolución N° 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria N° 738 del 12 de octubre de 2011, ambas del citado Servicio Nacional.

ARTÍCULO 8° — La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

e. 10/08/2015 N° 133314/15 v. 10/08/2015