MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Disposición 4594/2015
Bs. As., 18/06/2015
VISTO el Expediente N° E-32418-2015 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo
reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos,
solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la
Comercialización, mediante Nota N° 203/2015, señalando que las
condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio
suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por
Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012.
Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone
para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE
TRABAJO SOL DE LIBERTAD LIMITADA, cuya inscripción en el Registro
Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue
aprobada por Resolución MDS N° 5359 de fecha 20 de Noviembre de 2009.
Que obra la actualización del precio por el servicio de confección de
guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo
Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI),
consignando el costo por mano de obra para la confección de cada
guardapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON
OCHENTA CENTAVOS ($ 47,80.-).
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de
Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según
Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N°
246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del
Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado
precedentemente, solicita se informe si los servicios de industria
—corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran
contemplados en el Convenio precitado.
Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el
Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas
contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de
industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del
Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concordancia con la
Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.
Que, con fecha 22 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del
sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO SOL DE LIBERTAD LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 285/2015
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 285/2015 a los fines de
su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo
al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo
reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de
Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 285/2015
precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación
Directa N° 215/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25,
inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios,
reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N°
893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°
357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución
MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N°
1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146
del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr
la contratación de un efector social para el servicio de confección de
guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la
Comercialización.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización,
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N°
58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE
TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 215/2015, conforme
las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 215/2015 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO SOL DE LIBERTAD LIMITADA,
señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas
en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y
MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente
protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de
2012, por el servicio de confección de cuatro mil (4.000) guardapolvos,
hasta la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($191.200.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de de
PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($ 191.200.-), con cargo a los
créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que
correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI,
Directora General de Administración, Ministerio de Desarrollo Social.
CLAUSULAS PARTICULARES:
1. Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente:
La oferta se deberá presentar por duplicado, debidamente firmada en
todas sus hojas. Podrá presentarse hasta la fecha y hora indicada, en
sobre cerrado, con identificación de la presente contratación. Deberá
ser formulada en moneda nacional, sin discriminar el I.V.A, y no podrá
referirse en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se
aceptarán propuestas en moneda extranjera.
2. Contenido de la Oferta: La oferta económica deberá ser presentada con:
a) Documentación que acredite su inscripción en el Registro Nacional de Efectores.
b) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO)
c) Constancia de Inscripción ante la AFIP.
d) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilio
especial, correo electrónico y fax, donde serán válidas todas las
comunicaciones que se cursen.
3. Forma de cotización:
La cotización será hecha por renglón, consignándose el precio unitario.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningún
adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en su
Presupuesto.
4. Plazo de mantenimiento de oferta: SESENTA (60) días corridos. Dicho
plazo será prorrogado automáticamente por sucesivos lapsos iguales al
inicial, en caso que el oferente no manifieste en forma fehaciente su
voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10)
días corridos al vencimiento de cada plazo.
5. Plazo de entrega: Dentro de los NUEVE (9) meses, contados a partir
de la notificación fehaciente de la Orden de Compra. Se admitirán
entregas parciales, permitiendo la facturación de las mismas.
6. Lugar de entrega: Las entregas deberán realizarse en el INTI
-Textiles, sito en la Av. Gral. Paz N° 5445, San Martín, Pcia. de
Buenos Aires, previa coordinación con el área requirente: Dirección
Nacional de Promoción de la Comercialización, tel. 3752-2090/2102.
7. Forma de entrega: Al sólo efecto de evitar demoras al momento de la
descarga de los productos, el adjudicatario deberá coordinar el horario
de las entregas con el responsable del área requirente.
8. La adjudicación Se realizará a favor de la oferta más conveniente
para el organismo, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la
idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.
9. Conformidad de la recepción: la recepción definitiva se llevará a
cabo dentro de los DIEZ (10) días corridos de completada la entrega de
los bienes o la prestación de los servicios, instancia en la cual la
Comisión de Recepción Definitiva labrará el acta correspondiente.
10. Facturación:
10.1 Lugar de presentación de las facturas: serán presentadas en la
Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en la
planta baja del edificio de la Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) -
C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 18:00 hs.
10.2 Forma y tiempo de presentación: se indicará en cada factura:
a) Número y fecha de la Orden de Compra;
b) Número del expediente;
c) Número de informe emitido por el INTI - Textiles, donde consta la aprobación del producto;
d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;
e) Importe total bruto de la factura;
f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;
g) Importe neto de la factura.
h) Deberá acompañarse conjuntamente con la factura, la constancia de
validez que emite la A.F.I.P. En caso de tratarse de facturas tipo “C”,
deberá acompañarse la constancia de inscripción respectiva en la
A.F.I.P.
10.3 Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal en el país.
11. Pago: Dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados a partir
del día siguiente al de la incorporación por parte de la Dirección de
Programación y Ejecución Presupuestaria del Acta emitida por la
Comisión de Recepción Definitiva, de acuerdo a lo indicado en la
Cláusula N° 9.
12. A todos los efectos legales emergentes de la presente
contratación/licitación serán competentes los Juzgados Nacionales en lo
Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse
respecto de la presente contratación e independientemente de la
notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de
Internet: www.argentinacompra.gov.ar, “OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES”
e. 10/08/2015 N° 133834/15 v. 10/08/2015