JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Disposición 10/2015

Bs. As., 02/06/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0003263/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N° 2777/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” de fecha 19 de marzo de 2013, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012, el Acuerdo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 217 de fecha 9 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 2777/OC-AR “Programa de Innovación Tecnológica III” cuyo objeto es aumentar la inversión en investigación, desarrollo e innovación con el fin de mejorar la competitividad y la productividad de las empresas argentinas.

Que en dicho préstamo, el Subprograma 2 “Formación de Capital Humano para la Innovación” tiene como objetivo aumentar la oferta de recursos humanos altamente calificados en áreas de relevancia estratégica para fomentar la innovación empresarial, esperando formar en el exterior a SETECIENTOS (700) profesionales en áreas vinculadas a la ciencia y la tecnología para que a futuro se reinserten en empresas e instituciones del país.

Que la ejecución del mencionado Subprograma 2, de conformidad con el punto 4.03 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, establece que estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados y gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la Unidad Ejecutora del Programa BEC.AR, facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público, en su carácter de titular de la misma, a conformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de instituciones de reconocido prestigio.

Que por Acuerdo firmado en fecha 9 de septiembre de 2014, celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por la señora ex Subsecretaria de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la UNIVERSIDAD DE QUEBEC EN RIMOUSKI, se estableció un programa de becas de maestrías, estancias cortas para doctorandos y estancias cortas de especialización para profesionales argentinos en el INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR DE RIMOUSKI EN CANADÁ.

Que oportunamente el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la “No Objeción a las Bases y Condiciones de la Convocatoria, no formulando objeciones”.

Que la señora Coordinadora General del Programa BEC.AR conformó el Comité Asesor y el Comité Evaluador encargados de la selección de los beneficiarios de las Becas de Estancias Cortas de Especialización en Ciencias del Mar para profesionales argentinos en la UNIVERSIDAD DE QUEBEC - INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR DE RIMOUSKI EN CANADÁ (BEC.AR - QUEBEC 2015).

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas según dan cuenta las Actas de fechas 6, 10, 13 y 23 de abril de 2015, respectivamente.

Que, asimismo, el Comité Evaluador con los antecedentes acompañados de la presente Convocatoria, procedió a realizar la evaluación final de acuerdo a los criterios de selección dispuestos en las Bases y Condiciones de la presente Convocatoria.

Que con fecha 5 de mayo de 2015 el Comité Evaluador seleccionó a los OCHO (8) beneficiarios de las becas objeto de la presente medida.

Que fue otorgada la No Objeción al proceso de selección llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el marco de la referida Convocatoria.

Que la Unidad Ejecutora del PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia de créditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones que demanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/2012.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador, encargados de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de BECAS DE ESTANCIAS CORTAS DE ESPECIALIZACIÓN EN CIENCIAS DEL MAR PARA PROFESIONALES ARGENTINOS EN LA UNIVERSIDAD DE QUEBEC - INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR DE RIMOUSKI EN CANADÁ (BEC.AR - QUEBEC 2015), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de la Convocatoria que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las BECAS DE ESTANCIAS CORTAS DE ESPECIALIZACIÓN EN CIENCIAS DEL MAR PARA PROFESIONALES ARGENTINOS EN LA UNIVERSIDAD DE QUEBEC - INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR DE RIMOUSKI EN CANADÁ (BEC.AR - QUEBEC 2015) a las personas que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de la beca que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida y delégase en la Coordinación General de la Unidad Ejecutora del PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL FIHMAN, Subsecretario de Gestión y Empleo Público, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I



ANEXO II







e. 13/08/2015 N° 134758/15 v. 13/08/2015