PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Resolución 47/2015
Bs. As., 11/08/2015
VISTO: el Expediente N° 35.757/2012 del Registro de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, las Leyes Nros. 19.549 del 03
de abril de 1972, 26.378 del 06 de junio de 2008 y 27.044 del 11 de
diciembre de 2014; los Decretos Nros. 984 del 18 de junio de 1992 y 806
del 14 de junio de 2011; las Resoluciones CNAIPD N° 103 de fecha 23 de
junio de 2010, N° 25 de fecha 13 de abril de 2011, N° 17 de fecha 23 de
abril de 2012, N° 40 de fecha 18 de julio de 2012, N° 07 del 26 de
noviembre de 2012, N° 23 del 14 de abril de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 2° de la Resolución CNAIPD N° 103/2010 se
sustituyó el Anexo II de la Resolución CNAIPD N° 195/2007 por la cual
se estableciera el Sistema de Composición y Elección de los Miembros
del Comité Asesor.
Que dicho Comité está integrado por Organizaciones No Gubernamentales
que revisten el carácter de Miembros Fundadores y Miembros Activos.
Que, en la precitada norma, se estableció la obligatoriedad de celebrar
una Convocatoria Pública dirigida a las Organizaciones no
Gubernamentales sin Fines de lucro de Segundo o Tercer Grado
(entendiendo por tales a las federaciones y confederaciones, según los
artículos 11, 32 y 33 de la ley 23.551, de los cuales se toma dicha
terminología) que trabajen en la temática de la discapacidad, a fin de
que los respectivos electores definan a través de su voto, quienes las
representarán como Miembros Activos por un período de cuatro (4) años,
renovables por mitades, cada dos (2) años.
Que, las designaciones deben hacerse conforme al procedimiento fijado
en los artículos 12 a 23 y concordantes del Anexo I de la referida
Resolución CNAIPD N° 103/2010.
Que, en ese sentido, en la reunión del Comité Asesor de fecha 19 de
febrero de 2015, instrumentada mediante el Acta N° 189, el Comité antes
nombrado solicitó “a la Presidencia se instruyan los pasos para
realizar la elección de nuevos miembros activos del Comité Asesor, de
acuerdo a la Resolución 103/10 y demás legislación concordante”, a los
fines de cubrir los cargos que se encuentran vacantes.
Que los cargos que actualmente están vacantes, luego de la elección
celebrada el 11 de julio de 2013 y plasmada en la Resolución N° 31 del
25 de julio de 2013, son un (1) miembro activo titular y cuatro (4)
suplentes.
Que, en consecuencia, a partir de lo decidido en el Acta N° 189 del 19
de febrero de 2015 y el procedimiento previsto en la Resolución N°
103/2010, se dispuso el llamado a elección de Miembros Activos del
Comité Asesor con fecha 14 de abril de 2015, por medio de la Resolución
CNAIPD N° 23/2015.
Que, con fecha 22 de mayo de 2015, se inscribió como candidata la
Federación Argentina de Enfermedades poco Frecuentes (en adelante, la
“FADEPOF”), adjuntando el 05 de junio de 2015 otros documentos
concernientes a su inscripción.
Que luego, el 31 de julio de 2015, la referida Federación acompañó una
certificación original de la Inspección General de Justicia (en
adelante, la “IGJ”) expedida el día 27 de dicho mes y año, donde se
deja constancia de que, la misma, “fue autorizada para funcionar con
carácter de Personas Jurídica por Resolución número mil trescientos
sesenta de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil trece”.
Que, del examen de la documentación aportada por la “FADEPOF”, se
desprenden dos circunstancias que obstan a su inscripción como
postulante a Miembro Activo del Comité Asesor.
Que, en primer lugar, la Resolución n° 103/2010, en el artículo 8 inc.
3.b) de su Anexo II, claramente establece que la entidad debe
“Acreditar una antigüedad mínima, desde la fecha de presentación del
pedido de inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas, de dos
(2) años”.
Que, sin embargo, de la certificación extendida por la IGJ no surge la
fecha en que “FADEPOF” interpuso por primera vez, ante dicho organismo,
su formal pedido para funcionar como Federación.
Que, lo único que puede extraerse de la referida constancia, es que a
“FADEPOF” se la autorizó oficialmente para funcionar el día 27 de
diciembre de 2013.
Que no obsta a lo hasta aquí narrado lo que surge de las fotocopias de
Formularios “D” de la “IGJ” oportunamente acompañados, de fechas 30 de
agosto de 2012 y 07 de setiembre de 2012, ya que las mismas no ostentan
el carácter de documentación original.
Que, en otro orden de ideas, “FADEPOF” tampoco dio estricto
cumplimiento con los plazos establecidos en el artículo 13 del Anexo II
de la Resolución n° 103/2010.
Que, en efecto, dicha Federación debió haber presentado la totalidad de
los requisitos consignados en el artículo 8 de la precitada norma
dentro de los treinta (30) días corridos de publicado el edicto en el
Boletín Oficial que convocó a reunión extraordinaria para la elección
de los miembros activos del Comité Asesor.
Que, como es de público conocimiento, la antedicha publicación edictal
se produjo el día 08 de mayo de 2015 por lo que, el plazo aludido en el
párrafo precedente feneció el día 07 de junio de 2015.
Que todo ello demuestra a las claras que, cuando el 31 de julio de 2015
“FADEPOF” acompañó la certificación de la “IGJ”, lo hizo encontrándose
los plazos legales vencidos para tal menester.
Que, por otra parte, el 08 de junio de 2015 se presentó a fin de
inscribirse como candidato el Sr. Pedro Ireneo Avalos, quien es persona
con discapacidad según lo acredita con la copia de su certificado de
discapacidad, y afirmando (en función del art. 33 inciso 3 de la
Convención Internacional de los Derechos de las Personas con
Discapacidad) que es incorrecto que la convocatoria se limite a
organizaciones no gubernamentales.
Que, en este último caso, surge palmariamente la improcedencia de su
inscripción como candidato, toda vez que la misma no encuadra en
ninguno de los requisitos de la Resolución N° 103/2010, Anexo I,
artículo 8, por lo que corresponde sin más tenerlo por no inscripto.
Que, a raíz de la ausencia de inscripciones en tiempo y forma, en la
reunión de fecha 18 de junio de 2015, instrumentada mediante el Acta N°
193, el Comité Asesor entendió conveniente dejar sin efecto la
convocatoria a elecciones generada a través de la Resolución CNAIDP N°
23 del 14 de abril de 2015, y formular un nuevo llamado a Asamblea
Extraordinaria para el mes de noviembre de 2015, con el objeto de
optimizar el acto eleccionario, posibilitando la inscripción de otros
candidatos y asegurando la publicidad de dicho acto.
Que luego, el 31 de julio de 2015, ingresó en esta Comisión una nota
remitida por los Sres. Coordinador y Secretario del Comité Asesor,
donde expresamente se peticiona celebrar la referida Asamblea
Extraordinaria para el mes de marzo de 2016 “teniendo en cuenta los
tiempos administrativos y la necesidad de realizar un trabajo más
profundo con las organizaciones de las provincias”.
Que, precisamente, la necesidad y el deber de difundir debidamente esta
convocatoria es coherente con las obligaciones que, a la Comisión
Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad,
le impone la propia Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, la cual fuera aprobada por nuestro país, por medio de la
ley 26378, y que posee jerarquía constitucional conferida por la Ley N°
27.044.
Que, al igual que se lo hiciera en la anterior convocatoria, se
recuerda que las organizaciones no gubernamentales de segundo o de
tercer grado, que aspiren a ser electas, deberán encontrarse inscriptas
tanto en el Registro Nacional y/o Provincial que corresponda a su
domicilio, como en el Registro de ONGs de esta Comisión Nacional
Asesora, observando todos los requisitos establecidos en la Resolución
CNAIPD N° 103 del 23 de junio de 2010.
Que, las mismas, contarán con un plazo de treinta (30) días corridos de
publicado en el Boletín Oficial el edicto correspondiente a esta
Convocatoria, para formalizar su postulación.
Que, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 984/92 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato
a Miembro Activo del Comité Asesor a la Federación Argentina de
Enfermedades poco Frecuentes (FADEPOF), con domicilio en Fragata
Presidente Sarmiento n° 829/831, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 2° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato
a Miembro Activo del Comité Asesor al Sr. Pedro Ireneo avalos, DNI
11.694.565, domiciliado en Potosí n° 4338 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 3° — Declárase desierta la convocatoria a Asamblea
Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la
Integración de las Personas con Discapacidad, para el día jueves 27 de
agosto de 2015, a las 14 horas, en su sede sita en la Avenida Julio A.
Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el
objeto de proceder a la elección de miembros activos, un (1) titular y
cuatro (4) suplentes, oportunamente realizada mediante la Resolución
CNAIDP N° 23/2015 del 14 de abril de 2015, por las razones expuestas en
los Considerandos.
ARTÍCULO 4° — Convócase a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de
la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con
Discapacidad, para el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, en
su sede sita en la Avenida Julio A. Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proceder a la elección de un
(1) miembro activo titular y cuatro (4) suplentes, todos del Comité
Asesor.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 64/2015
de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con
Discapacidad B.O. 16/11/2015 se declara desierta la convocatoria a
Asamblea
Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la
Integración de las Personas con Discapacidad, oportunamente fijada para
el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, dejando la misma sin
efecto, por las razones expuestas en los Considerandos)
ARTICULO 5° — Las organizaciones no gubernamentales de segundo o tercer
grado que deseen postularse como candidatas, contaran con un plazo de
treinta (30) días corridos de publicada esta Resolución en el Boletín
Oficial, para formalizar su postulación, debiendo para ello cumplir los
requisitos previstos en los artículos 8 y 13 de la Resolución CNAIPD N°
103/2010.
ARTICULO 6° — Hácese saber que el Comité Asesor sesionará en primera
convocatoria con la mayoría simple de sus miembros y que, transcurridos
treinta (30) minutos del horario de la convocatoria sin haberse reunido
dicho quórum, se sesionará con los miembros presentes, cualquiera sea
su número.
ARTICULO 7° — La elección se determinará por mayoría absoluta de votos.
En caso de empate, desempatará la Presidenta de la Comisión Nacional
Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad.
ARTICULO 8° — Hácese saber que el plazo para sufragar por medio de
carta documento o telegrama colacionado se iniciará el día hábil
siguiente al dictado de la resolución donde se establezcan las
organizaciones en condiciones de ser elegidas y se extenderá hasta
setenta y dos (72) horas antes, al día de la reunión extraordinaria
fijada.
ARTICULO 9° — Establécese que los Representantes de las ONGs,
vinculadas a la discapacidad podrán compulsar el “Libro de Registro de
Postulantes”, en la sede de la Comisión Nacional Asesora, a los fines
de una eventual impugnación de los precandidatos, a partir del primer
día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la nómina
de las organizaciones que se encuentran en condiciones de ser elegidas,
las cuales contarán con un plazo de diez (10) días corridos para
formalizar por escrito la pertinente impugnación, en los términos del
artículo 15 del Anexo I de la Resolución CNAIPD N° 103/2010.
ARTICULO 10. — Incorpórese la presente resolución, a la página web de
esta Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con
Discapacidad (www.cndisc.gov.ar), para facilitar su difusión.
ARTICULO 11. — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y, archívese. — Prof. SILVIA BERSANELLI, Presidenta,
Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con
Discapacidad, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
ACTA N° 193
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de Junio
del año 2015, se reúnen los integrantes del Comité Asesor de la
Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con
Discapacidad en reunión ordinaria en la Escuela Nacional de Defensa
sito en la calle Maipú 262 de esta Ciudad, y en segundo llamado con la
presencia de los siguientes Miembros: AIEPESA - Asociación de
Institutos Educativos Privados Especiales Argentina, ALPI, AMIA, ASAC,
CAIDIS - Consejo Argentino para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad, CTA - Secretaria General de Discapacidad, FADEA -
Federación Argentina de Autismo, Federación Converger - Córdoba, FENDIJ
- Federación de Entidades de Discapacidad de Jujuy, FENDIM - Federación
Argentina de Entidades Pro Atención a las Personas con Discapacidad
Intelectual, FESANDIS - Federación Sanjuanina de Discapacidad, FESEDIS
- Federación Santafesina de Entidades de Discapacidad, FETAP -
Federación Talleres Protegidos, GLARP - Grupo Latinoamericano de
Rehabilitación Profesional, HODIF - Asociación Argentina Pro Hogares y
Promoción del Discapacitado Monseñor François, Obra Don Orione y VITRA.
Siendo las 14.30 hs. se abre el acto tratándose el siguiente Orden del
Día:
La Sra. Marcela Rosado expone los avances del trabajo que se está
realizando en la elaboración de los aportes para la modificación del
reglamento del Comité Asesor, este espacio se llevó a cabo en la mañana
del jueves 18 de junio en la sede de AIEPESA (Alsina 1433 - 2° Piso -
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 11 a 13 hs.).
Se acercan los aportes del Área Legales de la Co.Na.Dis. para este
trabajo. Y se fija el lugar de la próxima reunión para continuar con el
trabajo de modificación, esta se realizará en la sede de la CTA.
A continuación, el coordinador informa lo ocurrido con la convocatoria
a elecciones y lo propuesto por la presidencia de Co.Na.Dis, a saber:
el Área Legales de la Co.Na.Dis informó que, en el plazo fijado para
inscribirse como candidatos a las elecciones de miembros activos del
Cté. Asesor a celebrarse en el corriente año, hubo dos (2) inscriptos,
a saber: una Federación y una persona con discapacidad. En
consecuencia, no habiendo la referida Federación cumplimentado la
totalidad de los requisitos legales para inscribirse y considerando,
respecto de la persona con discapacidad, que la convocatoria estaba
legalmente dirigida a las Federaciones y Confederaciones, se mociona
entre los miembros del Comité la posibilidad de dejar sin efecto la
convocatoria y realizar una nueva convocatoria en el mes de Noviembre,
comprometiéndose todos los miembros presentes a trabajar en forma
conjunta para fortalecer a las organizaciones de 2° para que sean
miembros de este Comité. Esta moción es aceptada por todos los
presentes, por lo que se comunicará esta decisión a la Presidente de la
Comisión Nacional.
Continuando con el orden del día se informa sobre las asambleas del
Co.Fe.Dis que se realizaron los días 03, 04 y 05 de Junio de 2015 en
Puerto Madryn, Provincia de Chubut, y lo ocurrido en la reunión de
ONG’s y Comité Asesor. Se adjunta el acta de la Asamblea a la presente.
Se debate, se comenta y se pone en común las distintas opiniones y
propuestas de trabajo para este tema: Beatriz Pérez propone que para
las próximas asambleas se les aclare a las ONG’s todo lo que hay que
tener en cuenta para ser parte del Comité Asesor, ya que existe
confusión de funciones, misión y objetivos de cada uno de los espacios.
Horacio Pereira comenta como fue el origen de estas reuniones y todo lo
que se consiguió a través de este proceso. Elsa Mechanik propone que se
aclare esta situación con la Directora del Observatorio y que se le
explique los fundamentos de estas reuniones.
Daniel Lipani propone trabajar con las ONG’s del COFEDIS para
fortalecer las redes y la comunicación, y también propone generar
reuniones sistemáticas. Carlos Venini analiza que en la situación se
ven las necesidades con claridad de cada grupo, tanto en el
Observatorio, en las ONG’s locales y en las ONG’s del COFEDIS, por lo
que se necesita realizar un plan estratégico de trabajo. Marcela Rosado
enfatiza en la necesidad de no mezclar las funciones para no desvirtuar
el trabajo que se viene realizando.
A continuación los representantes ante Comité Coordinador de Programas
para Personas con Discapacidad presentan el siguiente informe: Durante
el mes de junio se realizaron 5 reuniones del comité de ley de cheques.
Es decir, se sumó una reunión más a fin de avanzar con el tratamiento
de los expedientes. En lo que respecta a los nuevos ingresos,
correspondientes al cierre de presentación de convocatorias, se
registraron un total de 709 solicitudes realizadas por personas
físicas, Organismos de Gobierno y Organizaciones de la Sociedad Civil.
Se informa que se recibieron 247 solicitudes de emprendedores, 139
ayudas técnicas, 75 correspondientes al programa de transporte
institucional y 37 solicitudes de mejoramiento de vivienda, entre
otras. En cuanto a las presentaciones por provincia, los mayores
ingresos se registraron, para las solicitudes de personas, en San Juan,
Jujuy, Pcia. de Buenos Aires y Tucumán. En relación a las solicitudes
institucionales se destacan la Pcia. de Buenos Aires y Entre Ríos. A su
vez, se informa que se encuentra abierta la convocatoria para la
presentación de proyectos exclusivamente dirigidos a personas físicas.
Los formularios pueden consultarse en el sitio web de CONADIS
(http://www.conadis.gob.ar/cheques.html). Por otra parte, se recuerda
cómo se encuentra compuesto el Comité Coordinador de Programas para
Personas con Discapacidad y sus principales funciones, señalando
también el proceso que recorren las solicitudes, desde su ingreso hasta
la finalización, es decir, con la aprobación de la rendición de
cuentas. Finalmente se abre a un intercambio de preguntas. Luego de un
debate y análisis, se acuerda presentar una recomendación a la CoNADis
en relación a los posibles ejes y líneas de financiamiento.
Temas varios: la representante de la FENDIJ de Jujuy presenta una
carpeta con el trabajo realizado por esta institución en la Provincia
de Jujuy.
Sin más temas que tratar y siendo las 18:15 Hs se da por finalizada la
reunión del Comité Asesor y siendo las 18.15 Hs se da por finalizada la
reunión del Comité Asesor, fijándose fecha para la próxima reunión del
Comité Asesor el día 16 de Julio a las 14,00 hs.
e. 19/08/2015 N° 136306/15 v. 19/08/2015