PROTOCOLIZACION - CONTRATO COMPRA VENTA DE ACCIONES AFNE S.A.
Escritura número: veintidós. - En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de
la República Argentina, a primero de febrero de mil novecientos ochenta
y tres, ante mí, Escribano Autorizante, comparece el doctor don
Eugenio Calvano, soltero, argentino, con Cédula de Indentidad Federal
número 2.205.613, domiciliado en Avenida Antártida Argentina 555, de
esta Capital, mayor de edad, hábil, de mi conocimiento, doy fe; y el
doctor don Eugenio Calvano expone: Que como mero tenedor de la
documentación que más adelante se citará, solicita al Autorizante se
proceda a Protocolizar en el Protocolo General del Registro
Notarial del Estado Nacional el convenio de compra venta suscripto con
fecha 7 de diciembre de 1982 entre la Dirección General de
Fabricaciones Militares y Talleres Navales Dársena Norte Sociedad
Anónima, Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.), la
nota del 27 de setiembre de 1982 dirigida por la Dirección General de
Fabricaciones Militares - Astilleros y Fábricas Navales del Estado
S.A.; y del recibo de fecha 28 de setiembre de 1982, extendido por la
Dirección General de Fabricaciones Militares : "Buenos Aires, 27 de
setiembre de 1982. Señor Vicepresidente de Astilleros y Fábricas
Navales del Estado S.A. Calte. (R) Raúl Oscar Ziegler: Tengo el agrado
de dirigirme al señor Vicepresidente en contestación a su atenta nota
de fecha 27/09/82 referente a la venta del paquete accionario de
Astilleros y Fábricas Navales del Estado S.A. propiedad de la D.G.F.M.
a Tandanor S.A. Al respecto, llevo a conocimiento del señor
Vicepresidente que el monto acordado para realizar dicha venta al
15/04/82 de $ 3.000 millones, de acuerdo con el proyecto de Convenio
remitido oportunamente actualizado por Precios Mayoristas - Nivel
General, considerando en el cálculo el índice de marzo de 1982 y del
mes inmediato anterior al del pago, da como resultado teniendo en
cuenta que el pago se efectuaría antes del 30/9/82 $ 5.943.960.000 en
lugar de $ 5.666.237.631 que determina esa empresa, para el mismo
período pero tomando como índice de actualización Precios Mayoristas -
No Agropecuarios Total. Por otra parte, esta Dirección General presta
su conformidad a que se efectúe el pago antes del 30/09/82, previo a la
finalización de los trámites necesarios para cumplimentar los
requisitos formales de perfeccionamiento jurídico a la transferencia
accionaria, para lo cual solicito al señor Vicepresidente quiera tener
a bien disponer se rectifique la cifra de pesos 5.666.237.631 por la de
$ 5.943.960.000 obtenida por esta Dirección General. Saludos al señor
Vicepresidente atentamente. - Horacio J. Varela Ortiz, Gral. Div.;
Horacio J. Varela Ortiz, Director General".
- "Recibimos de Astilleros y Fábricas Navales del Estado Sociedad
Anónima (Afne S.A.), la suma de cinco mil novecientos cuarenta y tres
millones novecientos sesenta mil pesos (pesos 5.943.960.000) en cheque
número 457303 por tres mil millones de pesos ($ 3.000.000.000) y cheque
Nº 457304 por dos mil novecientos cuarenta y tres millones novecientos
sesenta mil pesos ($ 2.943.960.000) ambos a cargo del Banco de la
Nación Argentina Casa Central, que una vez hechos efectivos se
aplicarán en concepto de pago total y definitivo de veinte mil (20.000)
acciones Clase "A" de Astilleros y Fábricas Navales del Estado Sociedad
Anónima (AFNE S. A.) de valor nominal de cien pesos ($ 100) cada una,
serie primera, numeradas del 140.001 al 160.000, representadas por
veinte (20) títulos de mil (1000) acciones cada uno numerados del Nº
000150 al 000169 inclusive. Este importe es anticipado por Astilleros y
Fábricas Navales del Estado Sociedad Anónima (AFNE S. A.) y es imputado
-al pago del precio de dichas acciones, aceptado por la Dirección
General de Fabricaciones Militares, conforme al Acta Nº 1922 de su
Honorable Directorio (Nota D. G. F. M. del 28/5/82). Dichas acciones
serán entregadas por la Dirección General de Fabricaciones Militares a
Tandanor S.A., en la oportunidad en que se sancione la ley especial que
propiciará el Comando en Jefe de la Armada, aprobando la transferencia
según requerimiento del artículo 8º del Estatuto Social, Buenos Aires,
28 de setiembre de 1982. Salvador Víctor Pérez, Dr. Salvador Víctor
Pérez, Jefe de División Cobranzas".
En la Ciudad de Buenos Aires, a los siete días del mes de Diciembre del
año mil novecientos ochenta y dos, entre la Dirección General de
Fabricaciones Militares en adelante DGFM, con domicilio en la Av.
Cabildo Nº 65, Capital Federal representada en este acto por el Sr.
General de División Dn. Horacio J. Varela Ortiz, en su carácter de
Presidente del Directorio y Director General de la misma, por una
parte; y por la otra Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima,
Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.) en adelante
Tandanor, con domicilio en la Av. Antártida Argentina Nº 555, Capital
Federal, representada en este acto por el Sr. Contraalmirante (RE) Dn.
Luis R. Collado, en su carácter de Presidente de dicha empresa, se
acuerda en celebrar el siguiente convenio: Primero: DGFM vende a
Tandanor y ésta compra, la totalidad de las acciones que posee la
primera de las nombradas en Astilleros y Fábricas Navales del Estado
Sociedad Anónima (AFNE S. A.), en lo sucesivo AFNE. Dichas acciones
tienen las siguientes características: Cantidad Valor Nominal $
Numeración. Clase Serie 20.000 $ 100.000 c/una 140.001/160.000 "A" 1ra.
Representadas por 20 títulos de 1000 acciones cada una numerados del
150 al 169 inclusive. Segundo: El precio de la operación de venta es de
cinco mil novecientos cuarenta y tres millones novecientos sesenta mil
pesos ($ 5.973.960.000), fijado al 28 de setiembre de 1982 como precio
total y definitivo y abonado a DGFM por AFNE, en dicha fecha, según
resulta de la nota y del recibo de pago cuyas copias se agregan al
presente y forman parte del mismo. Tercero: Las acciones vendidas serán
retenidas por DGFM hasta tanto se sancione y promulgue la ley que debe
aprobar la transferencia de las mismas, conforme con lo dispuesto en el
Art. 8º del Estatuto Social de AFNE, debiendo ser entregadas a Tandanor
dentro de los tres (3) días corridos a partir de la fecha de sanción y
promulgación de dicha ley. DGFM notificará a AFNE la transferencia de
la titularidad sobre las acciones dentro de ese mismo plazo. Cuarto:
Tandanor tomará a su cargo todo gasto y gravamen que corresponda en
virtud de la formalización y de la ejecución del presente convenio.
Quinto: Toda la gestión pertinente para la sanción de la ley necesaria,
será asumida por Tandanor, a través de la vía correspondiente. Sexto:
Sancionada y promulgada la ley que se espera, a los fines del presente
convenio, sus efectos se entenderá que se retrotraen a la fecha del
pago, es decir, el 28 de setiembre de 1982. Conforme las partes, se
firman (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en ellugar
y fecha de su otorgamiento. S/B (3) ejemplares. Vale. Horacio J. Varela
Ortiz - Gral. Div. Horacio J. Varela Ortiz Director General, Luis
R. Collado". Es copia fiel, doy fe. El contrato procedente transcripto
ha sido registrado en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires bajo
el número 44.528, y habilitado hasta la suma de Ochenta millones
doscientoscuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta pesos con fecha 10
de diciembre de 1982, el que se agrega a la presente. Y el doctor don
Eugenio Calvano, continúa diciendo: Que deja protocolizado al folio 59
del presente Protocolo los citados documentos que quedan agregados como
cabeza de esta escritura, solicitando al Autorizante expida testimonios
de la presente. Leída que le fue se rectifica en su contenido y la
firma por ante mí, doy fe. Sobre Respado: Nacional; Calle; del; da;
9/82; formales; cual; Recibimos; Recibimos; pesos; 457304; ($
2.943.960.000.-; Astillero Perez; siete; Ortiz; Director; habilitado.
Vale. Entre líneas; Luis R. Collado. Vale.
Ante mí.
Eduardo J. Carranza Vélez, escribano.
Concuerda con su escritura matriz que pasó ante mí al folio cincuenta y
nueve del Registro Notarial del Estado Nacional interinamente a mi
cargo, doy, fe, Para Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima,
Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.) expido este
Primer Testimonio en tres fotocopias que sello y firmo en el lugar y
fecha de su otorgamiento.
Eduardo J. Carranza Vélez, escribano.