TRANSFERENCIAS
Ley Nº 22.906
Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a disponer la transferencia a
título gratuito del dominio de una fracción de terreno ubicada en el
Partido de Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires, a favor de la
Municipalidad de dicho partido.
Buenos Aires, 12 de setiembre de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Facúltase al
Poder Ejecutivo Nacional a transferir a título gratuito a la
Municipalidad de Almirante Brown, el dominio de una fracción de Chacra,
propiedad del Estado Nacional, para destinarla a la construcción de un
Centro para Actividades Deportivas y Recreativas, con las siguientes
características: Ubicada en el Cuartel tercero del Partido de Almirante
Brown, Provincia de Buenos Aires, próxima a la población de Ministro
Rivadavia, señalada en el plano que cita su título con letras
H.I.G.F.E.D. y H. donde cierra la figura y mide: Doscientos ochenta y
nueve metros setenta y ocho centímetros (289,78 m.) en el Norte, línea
H.I.; trescientos cuatro metros cincuenta y cinco centímetros (304,55
m.) en el del Este línea I.G. donde nace un martillo en contra de
cuarenta y nueve metros dieciséis centímetros (49,16 m.) línea G.F. que
puede considerarse prolongación de la línea Sud por cuarenta y cuatro
metros treinta y tres centímetros (44,33 m.) en el Sud Este, línea
F.E.: Doscientos ochenta y dos metros setenta y cinco centímetros
(282,75 m.) en el Sud, línea E.D.: y trescientos cincuenta y ocho
metros veinticuatro centímetros (358,24 m.) en el Oeste, Línea D.H.; lo
que encierra una superficie total de diez hectáreas, ochenta y nueve
áreas, veintiún centiáreas y treinta y nueve decímetros cuadrados (10
Ha. 89 a. 21 ca. 39 dm2.); lindando por el Norte con Juan Erripa y
Echart, por el Este calle en medio con Ignacio Urrozola, por el Sud
Este y prolongación de la línea Sud o sea por ambos lados del martillo
con Sebastiana Picabea y por el Sud calle en medio con Ascencio Esoin y
por el Oeste también calle en medio con Pedro Ibáñez. Nomenclatura
Catastral: Circunscripción III, Sección Rural, Parcela 594 b - Partida
Número 620. Le corresponde al Estado Nacional Argentino por compra
efectuada el 21 de setiembre de 1972 a Sawa Sociedad Anónima,
Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria conforme
surge de la escritura número 438 pasada ante el escribano general del
Gobierno de la Nación. Inscripción de dominio: Nº 2.341 del Registro
del Partido de Almirante Brown - Zona VI con fecha 22 de noviembre de
1972. Inscripción en el Registro de Bienes del Estado número 33.852 con
fecha 8 de mayo de 1973.
ARTICULO 2º - La transferencia
autorizada en el Artículo anterior deberá efectuarse con el cargo de
construir en el predio un Centro para Actividades Deportivas y
Recreativas, dentro del plazo de tres (3) años a contar desde la fecha
de publicación en el Boletín Oficial de decreto que lo disponga,
reservándose el Estado Nacional Argentino el derecho a revocar el acto
en caso de incumplimiento de dicha obligación.
ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Jorge Wehbe
Llamil Reston