Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1729/2015
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 12/08/2015
VISTO la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de
octubre de 2012 y el Legajo N° 15/2015 del PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACION PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL N° 23 de la CAPITAL FEDERAL,
tramita el proceso N° 4193 seguido a Martín Alexis NAREDO por el delito
de homicidio agravado.
Que el doctor Pablo JANTUS, entonces Presidente del mencionado Tribunal
solicitó se ofrezca una recompensa para quienes sin haber intervenido
en el hecho delictual brinden datos útiles que permitan dar con el
paradero de Martín Alexis NAREDO (D.N.I. N° 27.281.906), último
domicilio registrado en LA TABLADA, partido de LA MATANZA, provincia de
BUENOS AIRES, estado civil soltero, con última ocupación como empleado
en la MUNICIPALIDAD de LA MATANZA, hijo de Elsa Esther CONGUISTI y de
Roberto Aníbal NAREDO.
Que interviene la FISCALIA GENERAL N° 21 ante los TRIBUNALES ORALES EN
LO CRIMINAL de la CAPITAL FEDERAL, a cargo del doctor Fabián CELIZ.
Que el día 4 de septiembre de 2014, el Tribunal interviniente ordenó su
captura nacional y con fecha 30 de septiembre del mismo año se ordenó
que se comunique a INTERPOL la captura dispuesta.
Que el prófugo se encuentra condenado a la pena de prisión perpetua, e
inhabilitación especial por el término de DIEZ (10) años para
desempeñarse en cargos públicos y para tener y portar armas de todo
tipo, por ser autor del delito de homicidio calificado por haber sido
cometido por un integrante de una fuerza de policía en abuso de sus
funciones (artículo 80 inciso 9° del CÓDIGO PENAL).
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa N° 1 del 12
de enero de 2015 se cuenta con fondos suficientes en la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en este Ministerio.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA como la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas
quienes, sin haber intervenido en el hecho delictuaI, brinden datos
útiles que sirvan para dar con el paradero de Martín Alexis NAREDO
(D.N.I. 27.281.906).
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado previo informe del
representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio Alak.