INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2396/2015

Bs. As., 13/08/2015

VISTO el Expediente N° 5351/2013 del Registro del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/2001) y sus modificatorias, el Decreto 1536/02 y sus modificatorias, el Decreto N° 1032/09, la Resolución Conjunta N° 555 del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y N° 37 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones INCAA N° 1343 del 15 de mayo de 2013, N° 2653 del 2 de Septiembre de 2013, N° 1729 del 16 de junio de 2015, N° 2395 del 13 de agosto de 2015, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3 inciso p) de la Ley N° 17741 (t.o. 2001) establece entre las facultades de la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la de realizar los nombramientos, ascensos o remoción del personal dependiente del mencionado Organismo.

Que, asimismo, el artículo 24 del mismo plexo normativo establece que el Fondo de Fomento Cinematográfico se aplicará, entre otras cuestiones, a los gastos de personal, gastos generales e inversiones que demande el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que el Artículo 3° del Decreto N° 1536 del 28 de Agosto de 2002 exceptúa al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de lo dispuesto por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus modificatorios y complementarios y faculta al Presidente del INSTITUTO a determinar la planta de personal, su distribución y asignación de funciones, de conformidad con la estructura que establezca.

Que por el artículo 10 del cuerpo legal citado se establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES funcionara como un Ente Público No Estatal del ámbito de la Secretaría de Cultura de la Nación.

Que por medio de la Resolución INCAA N° 1343 del 15 de mayo de 2013 se crean en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la cantidad de TREINTA Y CINCO (35) cargos de niveles escalafonarios A, B, C, D, E y F, de los que fueron cubiertos, mediante el Concurso realizado por Resolución INCAA N° 2653 del 2 de Septiembre de 2013, VEINTIOCHO (28).

Que con posterioridad al dictado de dicha Resolución se generaron por razones vegetativas (fallecimiento, jubilación y/o renuncia), OCHO (8) vacantes en cargos de niveles escalafonario B, C y D.

Que por medio de la Resolución INCAA N° 1729 del 16 de junio de 2015, modificada por la Resolución INCAA N° 2395 del 13 de agosto de 2015, se crean en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la cantidad de CIEN (100) cargos de niveles escalafonarios A, B, C, D y E

Que resulta necesario proveer a la inmediata cobertura de algunos de esos cargos a los fines de facilitar el normal funcionamiento del Organismo.

Que mediante el artículo 1 del Decreto 1032 de fecha 03 de agosto de 2009 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 31 de marzo de 2009.

Que conforme lo establecido en el Capítulo VI (artículo 26 y ss) del Decreto N° 1032/09 el ingreso a la Carrera, la promoción a un nivel escalafonario superior y el acceso a la titularidad del ejercicio de un cargo con función ejecutiva o de jefatura se realizará mediante la sustanciación del correspondiente proceso de selección organizado bajo la modalidad de concurso de antecedentes y oposición.

Que el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial establece los perfiles que deberán ser convocados a concurso por la modalidad Abierta o General.

Que en esta oportunidad se propone la convocatoria de CIENTO QUINCE (115) cargos vacantes y financiados, en los nivel escalafonario A, B, C, D y E posponiendo el llamado de los restantes cargos para una futura selección.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen ONEP N° 3008/15 se ha expedido en sentido favorable en relación a la descripción de las responsabilidades y acciones, el perfil de requisitos y competencias laborales propuestas.

Que se ha dado cumplimiento a la consulta a las entidades signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo en forma a incorporar los cargos propuestos al respectivo nomenclador.

Que para proceder a la organización de los procesos de selección correspondientes, resulta necesario efectuar la designación de los integrantes de los Comités de Selección, conforme con lo establecido por el Artículo 25 del Anexo I a la Resolución Conjunta N° 555/2012 y N° 37/2012.

Que en ese sentido la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Nota SGP N° 108/15 ha designado sus representantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del Organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° inciso p) de la Ley N° 17741 y sus modificatorias (t.o. Anexo I del Decreto N° 1248/01) y el artículo 3° del Decreto N° 1536/02, de fecha 20 de agosto de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Incorpórense al Nomenclador clasificador de puestos y funciones de Trabajo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES los cargos que se detallan en el Anexo I de la presente.

ARTICULO 2° — Desígnense a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO QUINCE (115) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante Régimen de Selección de Personal para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aprobado por la Resolución Conjunta N° 555 del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y N° 37 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme Anexo II.

ARTICULO 3° — Instrúyese a Gerencia de Administración de este Organismo, para que curse invitación a las entidades gremiales, y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN a los fines previstos en los Artículos 57 y 63 del Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y el artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial homologado por el Decreto N° 1032 del 03 de agosto de 2009.

ARTICULO 4° — Autorízase a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, a solventar los gastos que demanden el cumplimiento de las funciones de los integrantes de los Comités de Selección designados por el artículo 2° de la presente medida.

ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I





ANEXO II



C Responsable Técnico de Producción de Audio y Video 66 a 67 2

(Resolución rectificada por arts, 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 2501/2015 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 24/8/2015)





e. 21/08/2015 N° 137716/15 v. 21/08/2015