INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 2396/2015
Bs. As., 13/08/2015
VISTO el Expediente N° 5351/2013 del Registro del Instituto Nacional de
Cine y Artes Audiovisuales, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/2001) y sus
modificatorias, el Decreto 1536/02 y sus modificatorias, el Decreto N°
1032/09, la Resolución Conjunta N° 555 del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES y N° 37 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Resoluciones INCAA N° 1343 del 15 de mayo de 2013, N° 2653 del 2 de
Septiembre de 2013, N° 1729 del 16 de junio de 2015, N° 2395 del 13 de
agosto de 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 inciso p) de la Ley N° 17741 (t.o. 2001) establece
entre las facultades de la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES la de realizar los nombramientos, ascensos o
remoción del personal dependiente del mencionado Organismo.
Que, asimismo, el artículo 24 del mismo plexo normativo establece que
el Fondo de Fomento Cinematográfico se aplicará, entre otras
cuestiones, a los gastos de personal, gastos generales e inversiones
que demande el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 1536 del 28 de Agosto de 2002
exceptúa al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de lo
dispuesto por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus
modificatorios y complementarios y faculta al Presidente del INSTITUTO
a determinar la planta de personal, su distribución y asignación de
funciones, de conformidad con la estructura que establezca.
Que por el artículo 10 del cuerpo legal citado se establece que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES funcionara como un
Ente Público No Estatal del ámbito de la Secretaría de Cultura de la
Nación.
Que por medio de la Resolución INCAA N° 1343 del 15 de mayo de 2013 se
crean en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, la cantidad de TREINTA Y CINCO (35) cargos de niveles
escalafonarios A, B, C, D, E y F, de los que fueron cubiertos, mediante
el Concurso realizado por Resolución INCAA N° 2653 del 2 de Septiembre
de 2013, VEINTIOCHO (28).
Que con posterioridad al dictado de dicha Resolución se generaron por
razones vegetativas (fallecimiento, jubilación y/o renuncia), OCHO (8)
vacantes en cargos de niveles escalafonario B, C y D.
Que por medio de la Resolución INCAA N° 1729 del 16 de junio de 2015,
modificada por la Resolución INCAA N° 2395 del 13 de agosto de 2015, se
crean en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
la cantidad de CIEN (100) cargos de niveles escalafonarios A, B, C, D y
E
Que resulta necesario proveer a la inmediata cobertura de algunos de
esos cargos a los fines de facilitar el normal funcionamiento del
Organismo.
Que mediante el artículo 1 del Decreto 1032 de fecha 03 de agosto de
2009 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES del
ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante
el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 31 de marzo de 2009.
Que conforme lo establecido en el Capítulo VI (artículo 26 y ss) del
Decreto N° 1032/09 el ingreso a la Carrera, la promoción a un nivel
escalafonario superior y el acceso a la titularidad del ejercicio de un
cargo con función ejecutiva o de jefatura se realizará mediante la
sustanciación del correspondiente proceso de selección organizado bajo
la modalidad de concurso de antecedentes y oposición.
Que el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
establece los perfiles que deberán ser convocados a concurso por la
modalidad Abierta o General.
Que en esta oportunidad se propone la convocatoria de CIENTO QUINCE
(115) cargos vacantes y financiados, en los nivel escalafonario A, B,
C, D y E posponiendo el llamado de los restantes cargos para una futura
selección.
Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen ONEP N° 3008/15 se ha expedido
en sentido favorable en relación a la descripción de las
responsabilidades y acciones, el perfil de requisitos y competencias
laborales propuestas.
Que se ha dado cumplimiento a la consulta a las entidades signatarias
del Convenio Colectivo de Trabajo en forma a incorporar los cargos
propuestos al respectivo nomenclador.
Que para proceder a la organización de los procesos de selección
correspondientes, resulta necesario efectuar la designación de los
integrantes de los Comités de Selección, conforme con lo establecido
por el Artículo 25 del Anexo I a la Resolución Conjunta N° 555/2012 y
N° 37/2012.
Que en ese sentido la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la
SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
mediante Nota SGP N° 108/15 ha designado sus representantes.
Que el Servicio Jurídico Permanente del Organismo ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 3° inciso p) de la Ley N° 17741 y sus modificatorias (t.o.
Anexo I del Decreto N° 1248/01) y el artículo 3° del Decreto N°
1536/02, de fecha 20 de agosto de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Incorpórense al Nomenclador clasificador de puestos y
funciones de Trabajo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES los cargos que se detallan en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2° — Desígnense a los integrantes de los Comités de Selección
para la cobertura de CIENTO QUINCE (115) cargos vacantes y financiados
de la Planta Permanente, mediante Régimen de Selección de Personal para
el personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
aprobado por la Resolución Conjunta N° 555 del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y N° 37 de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
conforme Anexo II.
ARTICULO 3° — Instrúyese a Gerencia de Administración de este
Organismo, para que curse invitación a las entidades gremiales, y al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN a los
fines previstos en los Artículos 57 y 63 del Convenio Colectivo de
Trabajo General, homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de
febrero de 2006 y el artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial
homologado por el Decreto N° 1032 del 03 de agosto de 2009.
ARTICULO 4° — Autorízase a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, a solventar
los gastos que demanden el cumplimiento de las funciones de los
integrantes de los Comités de Selección designados por el artículo 2°
de la presente medida.
ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese y dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA
CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
ANEXO II
C |
Responsable Técnico de Producción de Audio y
Video |
66 a 67 |
2 |
(Resolución rectificada por arts, 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 2501/2015 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 24/8/2015)
e. 21/08/2015 N° 137716/15 v. 21/08/2015