JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GABINETE
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN
Disposición 6/2015
Bs. As., 19/08/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0032606/2015 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 25.506, la Resolución N°
227 del 21 de octubre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Decisión Administrativa N°
927 del 30 de octubre de 2014, la Disposición N° 11 del 30 de diciembre
de 2014 de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA
DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital,
estableciendo las características de la Infraestructura de Firma
Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el inciso h) del artículo 30 de la mencionada ley asigna a la
autoridad de aplicación la función de otorgar o revocar las licencias a
los certificadores y supervisar su actividad, según las exigencias
instituidas por la reglamentación.
Que la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227 del 21 de octubre de 2010
otorga la Licencia para operar como Certificador Licenciado a la
OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE
TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014,
establece las pautas técnicas complementarias del marco normativo de
firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a
los certificadores que así lo soliciten.
Que la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN
dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 11 del 30 de diciembre de 2014 aprueba la adhesión de la
OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, en su calidad de
Certificador Licenciado, a la “Política Única de Certificación”.
Que en virtud de las constancias obrantes en el expediente, la OFICINA
NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, en su calidad de Certificador
Licenciado, ha adecuado el “Manual de Procedimientos”, el “Acuerdo con
Suscriptores” y los “Términos y Condiciones con Terceros Usuarios” en
cumplimiento con la citada Decisión Administrativa.
Que el artículo 67 de la Decisión Administrativa N° 927/2014 faculta al
Subsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DE GABINETE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de ente
licenciante, a dictar las normas aclaratorias y complementarias
correspondientes.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Subsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentra facultado
para dictar la presente medida en virtud de la Decisión Administrativa
N° 927/2014.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN DE LA SECRETARÍA DE GABINETE
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS” Versión 2.0 de la
Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo I forma parte integrante de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el “ACUERDO CON SUSCRIPTORES” Versión 2.0 de la
Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo II forma parte integrante de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 3° — Apruébanse los “TÉRMINOS Y CONDICIONES CON TERCEROS
USUARIOS” Versión 2.0 de la Autoridad Certificante de la OFICINA
NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo III
forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — EDUARDO A. THILL, Subsecretario de
Tecnologías de Gestión, Secretaría de Gabinete, Jefatura de Gabinete de
Ministros.
e. 25/08/2015 N° 138185/15 v. 25/08/2015