MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1719/2015
Danse por prorrogadas designaciones.
Bs. As., 18/08/2015
VISTO el Expediente N° S04:0010520/2015 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de
2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la prórroga
de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de
su jurisdicción, toda vez que por razones de índole operativa no se ha
podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos
en cuestión.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al referido Ministerio.
Que el artículo 6° del Decreto N° 601/02 establece que los proyectos de
decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen
renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la
Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la
documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra
exceptuado de lo establecido en el citado artículo 6° del Decreto N°
601/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que a los efectos de implementar las prórrogas de las designaciones
transitorias detalladas en el Anexo II del presente decreto, resulta
necesario disponer las mismas con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios
correspondientes, establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por el presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del
artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por prorrogadas, a partir de las fechas que en cada
caso se señala y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha del presente decreto, las designaciones
transitorias de las personas consignadas en la planilla que, como Anexo
I, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la
planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
niveles, grados, unidades organizativas y funciones, conforme se
detallan en dicho Anexo, que fueran dispuestas y/o prorrogadas en
último término por los decretos que en cada caso se indica,
autorizándose el pago de la Función Ejecutiva señalada en cada caso,
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Art. 2° — Danse por prorrogadas, a partir de las fechas que en cada
caso se señala y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha del presente decreto, las designaciones
transitorias de las personas consignadas en la planilla que, como Anexo
II, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la
planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
niveles, grados, unidades organizativas y funciones, conforme se
detallan en dicho Anexo, que fueran dispuestas y/o prorrogadas en
último término por los decretos que en cada caso se indica, con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso
a los niveles escalafonarios correspondientes, establecidos en el
artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098/08, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva
señalada en cada caso, del citado Convenio.
Art. 3° — Los cargos involucrados en los artículos 1° y 2° de la
presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos
y sistemas de selección vigentes, según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de este acto será
atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Julio C. Alak.
ANEXO I
ANEXO II