COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 641/2015
Asistencia Financiera PyMEs. Creación de Oficina Asistencia PyMEs.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO las actuaciones que tramitan por expediente 2261/15 caratulado
“Asistencia Financiera Pymes”, lo dictaminado por la Subgerencia de
Desarrollo y Estudio del Mercado de Capitales; por la Gerencia de
Desarrollo y Protección al Inversor, por la por la Subgerencia de
Asesoramiento Legal y por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y la
conformidad prestada por la Gerencia General, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 en su artículo 1° inciso
c) prescribe como uno de sus objetivos y principios fundamentales
“Promover el acceso al mercado de capitales de las pequeñas y medianas
empresas”.
Que las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) cumplen un rol fundamental
en la economía argentina, ya sea produciendo y ofertando bienes y
servicios, demandando y comprando productos, constituyendo un eslabón
determinante en el encadenamiento de la actividad económica y la
generación de empleo.
Que el estímulo para el desarrollo y la gestión de las pequeñas y
medianas empresas, en su conjunto, resulta altamente positiva en el
marco del proceso de desarrollo que signó nuestra historia reciente.
Que sus actividades se reflejan en la consolidación del tejido social
por imperio de la creación cuantitativa de puestos de trabajo,
entrenamiento de los dependientes y expansión benéfica de sus efectos
dentro del radio donde opera y al cual se integra.
Que la participación de las pequeñas y medianas empresas en el mercado
de capitales argentino constituye una prioridad de la COMISION NACIONAL
DE VALORES, dirigida a posibilitar a esta categoría de empresas el
acceso al financiamiento en condiciones más ventajosas que las que
usualmente utilizan.
Que la COMISION NACIONAL DE VALORES no solo debe velar por la
regulación de los sujetos y valores negociables comprendidos dentro del
mercado de capitales, sino también ejecutar acciones que tiendan a
brindar mayores posibilidades de promoción de acceso de las PyMEs a
dicho mercado.
Que desde la COMISION NACIONAL DE VALORES existe un interés por
responder a las necesidades de las PyMEs para su desarrollo integral.
Que conforme la particular importancia que revisten las PyMEs para la
economía nacional por los aportes a la producción y distribución de
bienes y servicios, se entiende necesario brindar desde la COMISION
NACIONAL DE VALORES asistencia directa a dichas empresas en materia
financiera, contable y legal a efectos de orientar su ingreso al
mercado de capitales.
Que en virtud de las consideraciones expuestas y siendo uno de los
objetivos principales de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831
promover el acceso al mercado de capitales de las pequeñas y medianas
empresas, resulta necesaria la creación de una Oficina de Asistencia
Financiera a PyMEs.
Que la instrumentación de esta Oficina permitirá a las pequeñas y
medianas empresas beneficiarse en forma inmediata, brindando mayor
agilidad para el acceso al mercado de capitales, y en miras al
cumplimiento de los propósitos de la Ley 26.831.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase la Oficina
de Asistencia Financiera a PyMEs, dependiente de la Gerencia de
Desarrollo y Protección al Inversor de la Comisión Nacional de Valores
y de la Subgerencia de Desarrollo y Estudio del Mercado de Capitales.
Art. 2° — La Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, tendrá las siguientes funciones:
a. Difundir los beneficios y características del mercado de capitales argentino a las empresas Pymes.
b. Ofrecer asistencia técnica para el acceso al Régimen PYME CNV para
la autorización de oferta pública de valores negociables, tanto de modo
presencial como a través de distintos canales de comunicación,
atendiendo, en forma directa, a todas las empresas interesadas.
c. Implementar cursos presenciales y virtuales para Pymes necesarios para su ingreso y autorización de Oferta Pública.
d. Brindar sus servicios con un alcance nacional y federal, utilizando
las herramientas informáticas y de comunicación a efectos que se
beneficien con este servicio todas las empresas Pymes del país.
e. Asegurar la actualización de la información relativa al mercado de
capitales a todo el mercado mediante gacetillas u otros medios, tanto
para las empresas Pymes que están actualmente dentro del MdC como las
potenciales, que estén interesadas en su ingreso.
f. Proponer cambios normativos que detecte en su accionar, que ayude y facilite el ingreso de nuevas empresas Pymes al mercado.
Art. 3° — La Oficina de
Asistencia Financiera a PyMEs, estará integrada por un Coordinador de
Asistencia Financiera a PyMEs, personal administrativo y profesionales
en ciencias económicas y letrados, y contará con la colaboración
técnica de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores.
Art. 4° — La presente Resolución General tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.
Art. 5° — Regístrese,
publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial, incorpórese la misma en el sitio web del Organismo
www.cnv.gob.ar y archívese. — Guillermo Paván. — David Jacoby. —
Cristian Girard.