COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 641/2015

Asistencia Financiera PyMEs. Creación de Oficina Asistencia PyMEs.

Bs. As., 26/08/2015

VISTO las actuaciones que tramitan por expediente 2261/15 caratulado “Asistencia Financiera Pymes”, lo dictaminado por la Subgerencia de Desarrollo y Estudio del Mercado de Capitales; por la Gerencia de Desarrollo y Protección al Inversor, por la por la Subgerencia de Asesoramiento Legal y por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y la conformidad prestada por la Gerencia General, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 en su artículo 1° inciso c) prescribe como uno de sus objetivos y principios fundamentales “Promover el acceso al mercado de capitales de las pequeñas y medianas empresas”.

Que las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) cumplen un rol fundamental en la economía argentina, ya sea produciendo y ofertando bienes y servicios, demandando y comprando productos, constituyendo un eslabón determinante en el encadenamiento de la actividad económica y la generación de empleo.

Que el estímulo para el desarrollo y la gestión de las pequeñas y medianas empresas, en su conjunto, resulta altamente positiva en el marco del proceso de desarrollo que signó nuestra historia reciente.

Que sus actividades se reflejan en la consolidación del tejido social por imperio de la creación cuantitativa de puestos de trabajo, entrenamiento de los dependientes y expansión benéfica de sus efectos dentro del radio donde opera y al cual se integra.

Que la participación de las pequeñas y medianas empresas en el mercado de capitales argentino constituye una prioridad de la COMISION NACIONAL DE VALORES, dirigida a posibilitar a esta categoría de empresas el acceso al financiamiento en condiciones más ventajosas que las que usualmente utilizan.

Que la COMISION NACIONAL DE VALORES no solo debe velar por la regulación de los sujetos y valores negociables comprendidos dentro del mercado de capitales, sino también ejecutar acciones que tiendan a brindar mayores posibilidades de promoción de acceso de las PyMEs a dicho mercado.

Que desde la COMISION NACIONAL DE VALORES existe un interés por responder a las necesidades de las PyMEs para su desarrollo integral.

Que conforme la particular importancia que revisten las PyMEs para la economía nacional por los aportes a la producción y distribución de bienes y servicios, se entiende necesario brindar desde la COMISION NACIONAL DE VALORES asistencia directa a dichas empresas en materia financiera, contable y legal a efectos de orientar su ingreso al mercado de capitales.

Que en virtud de las consideraciones expuestas y siendo uno de los objetivos principales de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 promover el acceso al mercado de capitales de las pequeñas y medianas empresas, resulta necesaria la creación de una Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs.

Que la instrumentación de esta Oficina permitirá a las pequeñas y medianas empresas beneficiarse en forma inmediata, brindando mayor agilidad para el acceso al mercado de capitales, y en miras al cumplimiento de los propósitos de la Ley 26.831.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

Artículo 1° — Créase la Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, dependiente de la Gerencia de Desarrollo y Protección al Inversor de la Comisión Nacional de Valores y de la Subgerencia de Desarrollo y Estudio del Mercado de Capitales.

Art. 2° — La Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, tendrá las siguientes funciones:

a. Difundir los beneficios y características del mercado de capitales argentino a las empresas Pymes.

b. Ofrecer asistencia técnica para el acceso al Régimen PYME CNV para la autorización de oferta pública de valores negociables, tanto de modo presencial como a través de distintos canales de comunicación, atendiendo, en forma directa, a todas las empresas interesadas.

c. Implementar cursos presenciales y virtuales para Pymes necesarios para su ingreso y autorización de Oferta Pública.

d. Brindar sus servicios con un alcance nacional y federal, utilizando las herramientas informáticas y de comunicación a efectos que se beneficien con este servicio todas las empresas Pymes del país.

e. Asegurar la actualización de la información relativa al mercado de capitales a todo el mercado mediante gacetillas u otros medios, tanto para las empresas Pymes que están actualmente dentro del MdC como las potenciales, que estén interesadas en su ingreso.

f. Proponer cambios normativos que detecte en su accionar, que ayude y facilite el ingreso de nuevas empresas Pymes al mercado.

Art. 3° — La Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, estará integrada por un Coordinador de Asistencia Financiera a PyMEs, personal administrativo y profesionales en ciencias económicas y letrados, y contará con la colaboración técnica de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores.

Art. 4° — La presente Resolución General tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Art. 5° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese la misma en el sitio web del Organismo www.cnv.gob.ar y archívese. — Guillermo Paván. — David Jacoby. — Cristian Girard.