TRANSFERENCIAS
LEY Nº 22.968
Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir a título gratuito a
la Provincia Franciscana de la Asunción de la Santísima Virgen del Río
de la Plata (Orden Franciscana) el dominio de cuatro fracciones de
terreno ubicadas en la Ciudad General Martín Miguel de Güemes, Partido
de La Matanza, Provincia de Buenos Aires.
Buenos Aires, 7 de noviembre de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley Nº 17.512 por el siguiente:
Artículo 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir a
título gratuito a la Provincia Franciscana de la Asunción de la
Santísima Virgen del Río de la Plata (Orden Franciscana) el dominio de
Cuatro (4) fracciones de terreno de propiedad del Estado Nacional
ubicadas en la Ciudad General Martín Miguel de Güemes, Partido de La
Matanza, Provincia de Buenos Aires, con las siguientes características:
1) Parcela 3f de la Manzana 29: Mide Cincuenta metros Sesenta y Siete
centímetros (50,67 m) de frente al Oeste Sud Oeste lindando con calle
El Espinillo, Tres metros Sesenta centímetros (3,60 m) al Sud formando
ochava; Sesenta y Dos metros Noventa y Tres centímetros (62,93 m) de
frente al Sud Este lindando con calle El Payador; Treinta y Cuatro
metros Ochenta centímetros (34,80 m) al Nord Este lindando con parcela
3e y al Nord Oeste línea quebrada de tres tramos que partiendo del
esquinero Norte y con ángulo interno de Noventa grados Un minuto (90º
01') mide Ventiún metros Trece centímetros (21,13 m) hacia el Sud
Oeste. De este punto y con ángulo interno de Doscientos Setenta y Siete
grados Cincuenta y Tres minutos (277º 53') se miden Dieciséis metros
Setenta y Siete centímetros (16,77 m) hacia el Nord Oeste y de este
punto y con ángulo interno de Ochenta y Dos grados Catorce minutos (82º
14') se miden Treinta y Dos metros Tres centímetros (32,03 m) hacia el
Sud Oeste, cerrando la figura, lindando por este rumbo con fondos de
las parcelas 4, 5 y parte de la 6. Superficie: Dos Mil Seiscientos
Sesenta y Siete metros cuadrados Ochenta y Siete decímetros cuadrados
(2.667,87 m2). - Nomenclatura Catastral: Circunscripción VII, Sección
R, Manzana 29, Parcela 3f, de conformidad con el plano aprobado por la
Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires bajo la
característica 70-331-75, que en copia autenticada forma parte integrante de la presente como Anexo I;
2) Parcela 2 de la Manzana 50: Mide Cuarenta y Un metros treinta y
Siete centímetros (41,37 m) de frente al Nord Oeste lindando con calle
sin nombre, Sesenta y Tres metros Seis centímetros (63,06 m) al Nord
Este lindando con parcela 1 de su misma manzana; Cuarenta y Un metros
Treinta centímetros (41,30 m) de frente al Sud Este lindando con calle
sin nombre, Cuatro metros Veintidós centímetros (4,22 m) al Sud
formando ochava; Cincuenta y Siete metros Seis centímetros (57,06 m) de
frente al Sud Oeste lindando con calle sin nombre y Cuatro metros
Veintisiete centímetros (4,27 m) al Oeste formando ochava. Superficie:
Dos Mil Setecientos Ochenta y Siete metros cuadrados Seis decímetros
cuadrados (2.787,06 m2). Nomenclatura catastral: Circunscripción VII,
Sección P, Manzana 50, Parcela 2, de conformidad con el plano aprobado
por la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires bajo la
característica 70-293-67 que con copia auténtica forma parte integrante
de la presente como Anexo II;
3) Parcela 1 de la Manzana 102: Mide Setenta y Cinco metros Un
centímetros (75,01 m) de frente al Oeste Nord Oeste lindando con calle
El Caracolero; Cuatro metros Veinticuatro centímetros (4,24 m) al Norte
formando ochava; Cincuenta y Siete metros Treinta y Siete
centímetros (57,37 m) de frente al Nord Nord Este lindando con
calle El Nogal; Veinte metros Ochenta y Dos centímetros (20,82 m) al
Este formando ochava curva; Sesenta y Cinco metros Sesenta y cinco
centímetros (65,65 m) de frente al Sud Este lindando con calle La
Mulita y Cincuenta y Cuatro metros Veinticinco centímetros (54,25 m) al
Sud Sud Oeste lindando con la parcela 2 de su misma manzana.
Superficie: Cuatro Mil Novecientos Ochenta y Dos metros cuadrados
Cincuenta y Seis decímetros cuadrados (4.982,56 m2). Nomenclatura
Catastral: Circunscripción VII, Sección M, Manzana 102, Parcela 1, de
conformidad con el plano aprobado por la Dirección de Geodesia de la
Provincia de Buenos Aires, bajo la característica 70-70-81, que en
copia auténtica forma parte de la presente como Anexo III;
4) Manzana 68: Mide Ciento Quince metros Dieciocho centímetros (115,18
m) al Norte; al Sud Este línea quebrada de dos tramos de Cincuenta y
Ocho metros Setenta y Un centímetros (58,71 m) y Cuarenta y Dos metros
Diecinueve centímetros (42,19 m); al Sud Setenta y Ocho metros Sesenta
y Seis centímetros (78,66 m) y al Oeste Noventa y Cinco metros Noventa
y Dos centímetros (95,92 m), lindando por todos sus rumbos con calles
sin nombre. Superficie: Nueve Mil Ciento Noventa y Dos metros cuadrados
Cincuenta y Seis decímetros cuadrados (9.192,56 m2). Nomenclatura
Catastral: Circunscripción VII, Sección K, Manzana 68, de conformidad
con el plano aprobado por la Dirección de Geodesia de la Provincia de
Buenos Aires, bajo la característica 70-153-64 Hoja 2, que en copia
autenticada forma parte de la presente como Anexo IV.
ARTICULO 2º - Sustitúyese el Artículo 2º de la Ley Nº 17.512 por el siguiente:
Artículo 2º - La transferencia a título gratuito del dominio de las
fracciones de terreno autorizada por el artículo anterior deberá
efectuarse con el cargo de iniciar y finalizar las construcciones de
templos para la práctica del culto Católico y anexos habitacionales de
los mismos dentro del plazo de Cinco (5) años a contar desde la fecha
de publicación en el Boletín Oficial del Decreto que lo disponga,
reservándose el Estado Nacional el derecho de revocar el acto en caso
de incumplimiento del cargo impuesto.
ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Jorge Wehbe
Juan R. Aguirre Lanari
Nota: Esta Ley se publica sin Anexos.