MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 821/2015
Decisión Administrativa Nº 917/2010. Modificación.
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° 1658895/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Decisión Administrativa N° 917
del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, la Resolución M.T.E.
y S.S. N° 132 del 1 de febrero de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y
sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL correspondiente al primer nivel
operativo.
Que por la Resolución M.T.E. y S.S. N° 132/10 se creó la Coordinación
de Políticas de Prevención de Adicciones y del Consumo de Sustancias
Psicotrópicas y Drogas con Impacto en el Mundo Laboral en el ámbito de
la UNIDAD MINISTRO de la citada Jurisdicción, a fin de sistematizar la
intervención del citado Ministerio en el abordaje de dicha problemática
de manera preventiva.
Que, desde la conformación de la citada Coordinación los programas y
proyectos desarrollados referidos a la investigación, capacitación,
asesoramiento y difusión en la materia, han tomado un impulso
significativo, resultando necesario conferirles mayor institucionalidad
a fin de darles continuidad en el tiempo, dado que esta problemática
tiene un impacto significativo en el mundo laboral.
Que, en consecuencia, en razón de los argumentos vertidos
precedentemente, y a efectos de fortalecer institucionalmente y
asegurar la permanencia en el tiempo de las tareas impulsadas por el
Gobierno Nacional en estos temas, resulta necesaria la creación de
DIRECCION DE PREVENCION DEL IMPACTO DE DROGAS EN EL AMBITO LABORAL con
dependencia del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la SECRETARIA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les
compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,
el artículo 16, inciso 12 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el artículo 7°
del Decreto N° 21/07.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Sustitúyese el
Anexo la —Organigrama— al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°
917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, conforme al
detalle que obra como anexo al presente artículo.
Art. 2° — Incorpórase al ANEXO
II —Responsabilidad Primaria y Acciones— al artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias,
la Responsabilidad Primaria y las acciones de la DIRECCION DE
PREVENCION DEL IMPACTO DE DROGAS EN EL AMBITO LABORAL con dependencia
del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Art. 3° — El gasto que demande
la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.
Planilla Anexa al artículo 1°
Sustituye Anexo la de la DA N° 917/10 y modificatorios
Planilla Anexa al artículo 2°
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION DE PREVENCION DEL IMPACTO DE DROGAS EN EL AMBITO LABORAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Conformar un espacio interdisciplinario a fin de elaborar políticas
públicas, desarrollar programas, aplicar, asesorar e investigar en
materia de consumo problemático de drogas que impactan en el ámbito
laboral, en coordinación con las áreas competentes de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ACCIONES
1. Planificar e implementar en el ámbito del Trabajo Decente las
actividades necesarias para consolidar un espacio interdisciplinario de
articulación público y privado, para la promoción de medidas en materia
de prevención de adicciones y del consumo de sustancias psicotrópicas y
drogas con impacto en el mundo de trabajo.
2. Incentivar la constitución de ámbitos técnicos multisectoriales que
posibiliten la formulación, implementación y seguimiento de acciones,
proyectos y programas con organismos nacionales, provinciales y
municipales, organismos internacionales, instituciones académicas,
empresas, cámaras empresarias, organizaciones sindicales y
organizaciones no gubernamentales, orientados a la promoción de planes
y programas de prevención de consumos problemáticos de drogas y
sustancias psicoactivas con impacto en el ámbito laboral.
3. Realizar, impulsar y participar en actividades de investigación,
seminarios, congresos, eventos, cursos de capacitación y publicaciones
relacionados con la prevención de adicciones y del consumo de
sustancias psicotrópicas y drogas con impacto en el mundo del trabajo.
4. Brindar asesoramiento a las organizaciones sindicales, empresarias y organismos públicos sobre la problemática.
5. Articular espacios de diálogo y suscribir convenios y protocolos de
colaboración en la materia con los actores sociales tales como
sindicatos, organizaciones empresariales, organizaciones no
gubernamentales, académicas y culturales, entre otros.
6. Desarrollar planes de trabajo y programas específicos sobre la
prevención de adicciones y el consumo de sustancias psicotrópicas y
drogas con impacto en el mundo del trabajo, conforme resulte de las
medidas que se articulen desde el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL con otras carteras de Estado y con la COMISIÓN
NACIONAL COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL TRAFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCIÓN, dependiente de la SECRETARIA
DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA
EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
7. Articular con las distintas áreas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL la asistencia técnica en relación con las acciones,
proyectos y programas que se desarrollen.
8. Diseñar e implementar actividades de formación, capacitando a
formadores de diversas actividades, en todo el país, a fin de replicar
los programas en los distintos ámbitos laborales.
9. Desarrollar actividades de sensibilización en organizaciones
sindicales, empresarias y organismos públicos, para la toma de
conciencia de esta problemática con impacto en el ámbito laboral.