PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 817/2015

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional.

Bs. As., 28/08/2015

VISTO el expediente N° 1-2002-0183000061/15-7, del registro del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” entidad a cargo del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 939 del 19 de octubre de 2000, y la Ley N° 27.008 - de PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 2015, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO el HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, Organismo Descentralizado 903 dependiente del MINISTERIO DE SALUD, informa que la recaudación estimada por recursos provenientes de los pagos de las distintas Obras Sociales por prestaciones médicas realizadas a los afiliados que acuden a él, superará ampliamente el cálculo de recursos originalmente previsto en el presupuesto vigente.

Que el artículo 9° de la Ley N° 27.008 establece que el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, podrá disponer ampliaciones en los créditos presupuestarios de la Administración Central, de los Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social, y su correspondiente distribución, financiados con incremento de los recursos con afectación específica, recursos propios, transferencias de Entes del Sector Público Nacional, donaciones y los remanentes de ejercicios anteriores que tengan destino específico por ley.

Que por el Decreto N° 939 del 19 de octubre de 2000 se crea el Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, estableciéndose en su artículo 13 la distribución por conceptos sobre los ingresos que perciba cada entidad sujeta a este régimen en función de prestaciones facturadas a terceros pagadores.

Que resulta necesario modificar el presupuesto autorizado al MINISTERIO DE SALUD en la parte que corresponde al ORGANISMO DESCENTRALIZADO 903- HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, con el fin de posibilitar la atención de gastos indispensables para su normal funcionamiento, en virtud de la mayor capacidad de recaudación de recursos estimada por ese servicio asistencial.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que asimismo se cuenta con la intervención competente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 9° de la Ley N° 27.008.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, fijado por la Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2015, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Daniel G. Gollan.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)