ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3479/2015
Bs. As., 03/09/2015
VISTO el Expediente N° 24196 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR
DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos N° 1023/2001 y N°
893/2012 y en la Resolución ENARGAS N° I/2278 del 24 de agosto de 2012 y
CONSIDERANDO:
Que en autos tramita el Concurso Publico N° 06/2015, iniciado para la
contratación del servicio de confección de planos de servidumbres
administrativas de paso de gasoducto y/o restricciones al dominio, su
registración e inspección en la Dirección de Geodesia y en el Registro
de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo a
lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PLIEGO DE
BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Que este procedimiento, tiene como antecedente la Contratación Directa
—por Trámite Simplificado— N° 68/2015, iniciada para la contratación
del servicio de confección de planos de servidumbres administrativas de
paso de gasoducto y/o restricciones al dominio, su registración e
inspección en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad
Inmueble de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido
en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES oportunamente acompañado.
Que dicha Contratación Directa —por Trámite Simplificado— se inició con
el Informe GMAyAD N° 144/2015, mediante el cual la GERENCIA DE MEDIO
AMBIENTE Y AFECTACIONES AL DOMINIO solicitó al ÁREA DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN de este
Organismo, que realice una compulsa para la confección de planos de
servidumbres y/o restricciones al dominio, su registración e
inscripción en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la
propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, de los gasoductos
operados por Transportadora de Gas del Sur (TGS) tramos Las
Heras-Rodríguez y Rodríguez-Pacheco, en el Partido de General
Rodríguez, provincia de Buenos Aires.
Que en dicho informe la GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AFECTACIONES AL
DOMINIO hizo referencia a que, en la última adjudicación que data de
octubre de 2013 “...Debido a la importante cantidad de mensuras a
realizar, se ha encarado en una primera etapa las afectaciones en el
Partido de Gral. Rodríguez cuya proyección realizada por Transportadora
de Gas del Sur S.A. se aproxima a los 483 inmuebles...” y que “...el
precio para la totalidad del trabajo, incluida la inscripción en
Catastro y Registro de la Propiedad, fue de Pesos cinco mil ochocientos
cuarenta con 54/100 ($5.840,54)...”. Asimismo, adjuntó a este los
TÉRMINOS DE REFERENCIA para ser incluidos en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES.
Que en fecha 03 de agosto de 2015, la GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y
AFECTACIONES AL DOMINIO elaboró el Informe GMAyAD N° 163/2015 y aclaró
que, en el Informe GMAyAD N° 144/2015 “...esta Gerencia informó el
valor de adjudicación al Estudio Rey Leyes S.R.L. por un monto de Pesos
cinco mil ochocientos cuarenta con 54/100 ($ 5.840,54), para los
trabajos de relevamiento, mensura, inscripción en el Catastro y el
Registro de la Propiedad. Al respecto corresponde aclarar que el mismo
es por cada uno de los inmuebles afectados. En consecuencia, dado que
se trata de un monto presupuestado en el año 2013 y considerando la
cantidad de inmuebles involucrados, se estima que el valor unitario
actual sería del orden de los Pesos siete mil ($ 7.000.-) por cada
inmueble a relevar. Por otra parte, se informa que el resto de la
información y documentación adjunto al referido informe, mantienen su
vigencia...”.
Que se encuentra glosada en autos la constancia de un correo
electrónico, de fecha 03 de agosto de 2015, por medio del cual el ÁREA
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES realizó una consulta a la OFICINA NACIONAL
DE CONTRATACIONES, sobre los pasos a seguir en relación a la
Contratación Directa —por Trámite Simplificado— N° 68/2015 y su
respectiva respuesta, que también data del 03 de agosto de 2015.
Que obra en autos la Circular Modificatoria N° 001, relacionada con la
Contratación Directa —por Trámite Simplificado— N° 68/2015, mediante la
cual se suspendió la Apertura de Sobres establecida para el día 06 de
agosto de 2015 a las 12 hs.
Que se encuentran incorporadas al Expediente de marras, las constancias
que acreditan que esa Circular Modificatoria fue debidamente notificada.
Que obra en autos el INFORME ACyC N° 146/15, del 03 de agosto de 2015
mediante el cual, luego de realizar el análisis de las constancias de
autos, el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES indicó que: “...Teniendo
presente que el monto al que ascendería la presente contratación no se
corresponde con los presupuestos del artículo 34 del Decreto N° 883/12,
y con el objeto de dejar sin efecto el presente procedimiento y
realizar un nuevo llamado, se giran las presentes actuaciones, para
que, en caso de así considerarlo, se dé intervención a la Gerencia de
Asuntos Legales para que actúe en el marco de sus competencias...”.
Que el Artículo 30 del Decreto N° 893/2012 establece que las
contrataciones directas encuadradas en cualquiera de los apartados del
inciso d) del Artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/2001 y sus
modificaciones, se podrán realizar por trámite simplificado cuando el
monto estimado del contrato no supere el fijado para tal tipo de
trámite en la escala aprobada por el Artículo 34 del Reglamento
mencionado en primer término.
Que el Artículo 147 del Decreto N° 893/2012 reitera lo indicado en el
Artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/2001 y fija las pautas que se
deben respetar en el trámite simplificado.
Que el Artículo 34 del Decreto N° 893/2012 (MONTO ESTIMADO DE LOS
CONTRATOS), establece que: “Cuando el monto estimado del contrato sea
el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección,
se deberá considerar el importe total en que se estimen las
adjudicaciones incluidas las opciones de prórroga previstas y se
aplicará la siguiente escala: a) Contratación Directa: 1.- Por trámite
simplificado hasta SETENTA Y CINCO MÓDULOS (M 75)...” y que el Artículo
35, de ese plexo normativo, fija el valor del módulo (M) en la suma de
PESOS UN MIL ($ 1.000,00).
Que, en atención a que, según lo expresado por la GERENCIA DE MEDIO
AMBIENTE Y AFECTACIONES AL DOMINIO en su Informe GMAyAD N° 163/2015 y
por el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de este Organismo, en su
INFORME ACyC N° 146/15, ambos del 03 de agosto de 2015, el importe
total del procedimiento que se debe seguir en autos, excede ampliamente
el parámetro establecido en el Artículo N° 34 del Decreto N° 893/12,
resultó pertinente emitir un Acto Administrativo para dejar sin efecto
la Contratación Directa —por Trámite Simplificado— N° 68/2015.
Que fue así que en fecha 19 de agosto de 2015, se dictó la DISPOSICIÓN
ENARGAS GA N° 040, dejando sin efecto la Contratación Directa —por
Trámite Simplificado— N° 68/2015 (Art. 1°), decisión esta que fue
debidamente notificada con fecha 19 de agosto de 2015.
Que obra en autos un informe, de fecha 25 de agosto de 2015, mediante
el cual el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES informó a la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN que conforme resulta del INFORME ACyC N° 146/15 y de la
Disposición ENARGAS GA N° 40, del 19 de agosto de 2015, que dejó sin
efecto la Contratación Directa —por Trámite Simplificado— N° 68/2015,
se procedió a la apertura del Concurso Público N° 06/15, adjuntando el
correspondiente PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES para su
aprobación.
Que el visto bueno de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN obra en la parte final de dicho informe.
Que se encuentra incorporado al Expediente un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Que el Artículo 34 del Decreto N° 893/2012 (monto estimado de los
contratos), establece que: “Cuando el monto estimado del contrato sea
el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección,
se deberá considerar el importe total en que se estimen las
adjudicaciones incluidas las opciones de prórroga previstas y se
aplicará la siguiente escala: [...] c) Licitación pública o concurso
público más de OCHOCIENTOS MÓDULOS (M 800)...” y que el Artículo 35 de
ese mismo plexo normativo fija el valor del módulo (M) en PESOS UN MIL
($ 1.000,00).
Que como el monto estimado de la contratación se encuentra dentro del
parámetro indicado en el considerando anterior, corresponde que se le
imprima a la presente contratación el procedimiento de Concurso Público.
Que, analizado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, no surgen
observaciones que realizar por lo que corresponde que sea aprobado.
Que no existiendo observaciones para que se imprima a la presente
contratación el procedimiento de Concurso Público, corresponde instruir
a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN para que, dentro de un plazo razonable,
implemente todas las medidas procedimentales establecidas en la
normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el
acto de Apertura de Sobres.
Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo de
convocatoria, dado que es necesario para que la GERENCIA DE MEDIO
AMBIENTE Y AFECTACIONES AL DOMINIO pueda contar con el servicio de
confección de planos de servidumbres administrativas de paso de
gasoducto y/o restricciones al dominio, su registración e inspección en
la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad Inmueble de
la provincia de Buenos Aires.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación
impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del
Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007; 1646/2007; 953/2008;
2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010; 692/2011;
262/2012; 946/2012; 2686/2012; 1524/2013; 222/2014; 2704/2014 y
1392/2015.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar la convocatoria al Concurso Público N° 06/2015,
iniciado para la contratación del servicio de confección de planos de
servidumbres administrativas de paso de gasoducto y/o restricciones al
dominio, su registración e inspección en la Dirección de Geodesia y en
el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires,
según lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTÍCULO 2° — Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que, como Anexo, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN para que, dentro
de los CINCO (5) días de aprobada la convocatoria al Concurso Público
N° 06/2015, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la
normativa aplicable y determine el lugar, día y hora en que se
realizará el acto de Apertura de Sobres.
ARTÍCULO 4° — Registrar, notificar, dar para su publicación a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIO LUIS
PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo.
e. 09/09/2015 N° 143313/15 v. 09/09/2015