MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1822/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 01/09/2015
VISTO el Expediente N° S01:0257509/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y los
Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se dispuso
el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la
fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad,
salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del
PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10
de las citadas leyes.
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA
LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se considera imprescindible la cobertura
de UN (1) cargo vacante Función Ejecutiva Nivel IV de Coordinador de
Finanzas Públicas de la Dirección de Asuntos Administrativos, Empleo
Público y Finanzas Públicas de la Dirección General de Asuntos
Jurídicos de la mencionada Subsecretaría.
Que a fin de posibilitar la cobertura del cargo previamente mencionado
es necesario modificar, la distribución del presupuesto de la
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo
mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes
Nros. 26.895 y 27.008.
Que la profesional propuesta posee los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir dicho cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4
de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo
6° de la Ley N° 27.008, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.895
y 27.008, y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2015 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la
Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de
acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2° — Dase por designada
transitoriamente, a partir del 17 de octubre de 2014 y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de
la fecha de la presente medida, a la Doctora Doña Alicia Mercedes SPINA
(M.I. N° 25.345.319) en el cargo de Coordinador de Finanzas Públicas de
la Dirección de Asuntos Administrativos, Empleo Público y Finanzas
Públicas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nivel B, Grado 0,
autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y
27.008.
Art. 3° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la
fecha de la presente medida.
Art. 4° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel
Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°