DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 2075/1958
Bs. As., 25/02/1958
Visto el proyecto de LEY ORGANICA para el CUERPO DE AUXILIARES DE
COORDINACION FEDERAL, elevado con carácter SECRETO por el MINISTERIO
DEL INTERIOR -POLICIA FEDERAL-, y
CONSIDERANDO:
Que para coadyuvar a las funciones específicas de la DIRECCION
COORDINACION FEDERAL se hace necesario que la misma cuente con un
CUERPO de personal SECRETO especializado en la búsqueda de información
y en las tareas que le son complementarias;
Que hasta la fecha el actual CUERPO DE AUXILIARES ha carecido de una LEY ORGÁNICA que lo rigiera;
Que esa LEY ORGANICA es necesaria para posibilitar el adecuado desempeño de sus integrantes y atender sus previsiones;
Que este proyecto de LEY ORGANICA se ha realizado teniendo en cuenta la
experiencia adquirida hasta el presente en la conducción de este
personal de AUXILIARES y que su aprobación llenará una sentida
necesidad funcional,
Por ello,
EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° — Apruébase, con
carácter SECRETO,- como LEY ORGANICA para el CUERPO DE AUXILIARES DE
COORDINACION FEDERAL el proyecto elevado por el MINISTERIO DEL INTERIOR
-POLICIA FEDERAL-.
Art. 2º — El presente
DECRETO-LEY será refrendado por el EXCELENTISIMO SEÑOR VICEPRESIDENTE
PROVISIONAL DE LA NACION, y por los señores Ministros Secretarios de
Estado en los Departamentos de GUERRA, de MARINA, de AERONÁUTICA y de
INTERIOR.-
Art. 3° — Comuníquese, dése a la DIRECCION GENERAL DEL BOLETIN OFICIAL y archívese. — PEDRO E. ARAMBURU.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)