DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 3817/1958
Bs. As., 28/03/1958
Visto lo solicitado por la POLICIA FEDERAL, en el Expediente Secreto n° 001 del año 1958,
EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° — Fíjase a partir
del 1° de noviembre de 1957, para el personal del escalafón secreto de
Auxiliares de Coordinación Federal, los sueldos y suplementos
determinados en la Planilla Anexa.
Art. 2° — Déjase sin efecto, a
partir del 1° de noviembre de 1957, la asignación por Mayor Costo de
Vida y el Suplemento de sueldo instituído por el Decreto “S” n°
20.605/56.
Art. 3° — La compensación
adicional por Seguridad y Defensa y Gastos de Representación y el
suplemento por Servicio Efectivo, que se acuerda por este Decreto-Ley,
serán computables a los efectos de la jubilación.
Art. 4° — Distribúyese el
crédito del Presupuesto de Gastos - Sección 1a. - Título I - Servicios
(Sector 2), A. Erogaciones a financiar con recursos de Rentas Generales
n° 1 - Ministerio del Interior (n° 25), aprobado para el ejercicio
1957-1958 por el Decreto-Ley n° 16.990/57, ordenado por Decreto n°
3.816/58, Inciso 7, Item 12, Apartado 16, Partida Principal 20, Partida
Parcial 1392, en la forma de que da cuenta la Planilla Anexa.
Art. 5° — El presente
Decreto-Ley será refrendado por el EXCELENTISIMO SEÑOR VICEPRESIDENTE
PROVISIONAL DE LA NACION y por los señores Ministros Secretarios de
Estado en los DEPARTAMENTOS de MARINA, de AERONAUTICA e interino de
GUERRA, de HACIENDA y de COMUNICACIONES a cargo interinamente de la
cartera del INTERIOR.
Art. 6° — Comuníquese, y pase a
la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y al TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA
NACION, a sus efectos. — PEDRO E. ARAMBURU.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)