DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 7922/1958
Bs. As., 21/10/1958
Visto la necesidad de reajustar las remuneraciones del personal de
Auxiliares de Coordinación Federal, con el fin de obtener su
adecuamiento al grado de responsabilidad, en concordancia con las
funciones especifícas que le son propias, y teniendo en cuenta a dichas
funciones como actividad técnica de seguridad y defensa social, impone
actualizar los sueldos concordantes con su jerarquía,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Fíjase a partir
del 1º de julio de 1958, para el personal de Auxiliares de Coordinación
Federal, los sueldos y suplementos determinados en las planillas anexas
que se agregan al presente decreto.
Art. 2º — Distribúyese el
crédito del Presupuesto de Gastos - Sección 1a. - Título I - Servicios
- (Sector 2), A. Erogaciones a financiar con recursos de Rentas
Generales nº 1 - Ministerio del Interior (N° 25), aprobado para el
Ejercicio 1957-1958 por Decreto-Ley nº 16.990/57, ordenado por decreto
n° 6486/58 y modificado por decreto nº 4556/58, Inciso 7, Item 12,
Apartado 16, Partida Principal 20, Partida Parcial 1392, en la forma
que dá cuenta las planillas anexas.
Art. 3º — Déjase establecido
que las mejoras y las retribuciones del personal de Auxiliares de la
Dirección Coordinación Federal, emergentes de la aplicación del
reajuste presupuestario que se aprueba por el presente decreto,
substituyen a los aumentos dispuestos por la ley n° 14.456.
Art. 4º — Dése cuenta al H. Congreso de la Nación y solicítese del mismo la convalidación del presente decreto.
Art. 5º — El presente decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario de Interior y a cargo
interinamente del despacho de la cartera de Economía y firmado por el
señor Secretario de Estado de Hacienda.
Art. 6º — Comuníquese y pase al
Tribunal de Cuentas de la Nación y a la Contaduría General de la
Nación, a sus efectos. — ARTURO FRONDIZI.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)