MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 1863/2015

Dase por designado el Director Nacional de Acción Federal.

Bs. As., 07/09/2015

VISTO el expediente CUDAP N° 3769/14 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, los Decretos N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, N° 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para los ejercicios 2014 y 2015, respectivamente.

Que por las citadas Leyes se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que por intermedio del Decreto N° 641/14 se modificó la Ley de Ministerios (t.o. Decreto N° 438/92), disponiéndose la creación del MINISTERIO DE CULTURA y determinándose sus competencias.

Que el artículo 5° del Decreto N° 833/14 aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA, poniendo bajo la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL.

Que mediante la Resolución ex - S.G. y C.A. N° 333 de fecha 29 de julio de 2014 se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el nivel I asignado a la citada Dirección Nacional.

Que, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción resulta indispensable cubrir transitoriamente el cargo mencionado.

Que, a tal fin, el MINISTERIO DE CULTURA propone designar en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES al señor Juan Manuel PIGNOCCO, quien reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar las responsabilidades inherentes a dicho cargo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los artículos 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y en el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por designado transitoriamente, a partir del día 17 de noviembre de 2014, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Juan Manuel PIGNOCCO (D.N.I. N° 25.063.214), en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTOR NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción al artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 17 de noviembre de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 del MINISTERIO DE CULTURA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A. Sellarés.