ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 407/2015
ASUNTO: Banco de Prueba Permanente de Aplicativos. Parámetros de
accesibilidad y usabilidad de sistemas aplicativos y servicios web en
el ámbito de la AFIP.
Bs. As., 15/09/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 16888-7-2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO, se tramita el procedimiento
para la aplicación de parámetros de accesibilidad y usabilidad de los
sistemas aplicativos y servicios web desarrollados por el Organismo.
Que por la Disposición N° 325/15 (AFIP), y por razones de índole
funcional, se procedió a la adecuación de la estructura organizativa en
el ámbito de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente,
adecuando las competencias del Departamento Canales de Atención, con la
finalidad de responder de manera oportuna y con la más alta calidad, a
la creciente demanda de asistencia por parte de la ciudadanía en
general.
Que en ese sentido, se creó la División Banco de Prueba Permanente de
Aplicativos, con entendimiento en tareas relacionadas con la
realización de pruebas sobre sistemas aplicativos y/o servicios web
institucionales, que permitan medir la experiencia usuario y detectar
posibles desvíos de las pautas establecidas en la materia.
Que la implementación de esta nueva disciplina, implica un cambio
cultural y de paradigma organizacional en lo atinente a contemplar la
percepción del administrado en interacción con aplicaciones
informáticas, en pos de lograr la simplificación de datos y la
facilitación de la accesibilidad a la información de interés público en
el desarrollo de las citadas herramientas.
Que las Direcciones de Infraestructura Tecnológica, de Programas y
Normas de Recaudación, de Programas y Normas de Fiscalización y de
Operaciones con Instituciones de la Seguridad Social y los
Departamentos Canales de Atención y Procedimientos de Gestión Interna
han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que las Subdirecciones Generales de Servicios al Contribuyente, de
Recaudación, de Fiscalización, de Coordinación Operativa de los
Recursos de la Seguridad Social, de Sistemas y Telecomunicaciones y de
Planificación han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del
Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar el ANEXO I “PROCEDIMIENTO PARA LA DEFINICIÓN,
DISEÑO Y EJECUCIÓN DE PRUEBAS SOBRE SISTEMAS APLICATIVOS Y SERVICIOS
WEB, EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD Y USABILIDAD”.
ARTÍCULO 2° — El Departamento Canales de Atención, en el ámbito de la
Subdirección General de Servicios al Contribuyente, será el área
encargada de comunicar por el medio institucional que corresponda, los
parámetros de accesibilidad y usabilidad de sistemas aplicativos y
servicios web.
ARTÍCULO 3° — Facultar a las Subdirecciones Generales de Servicios al
Contribuyente, de Sistemas y Telecomunicaciones y aquella que
corresponda en virtud de sus competencias, para que en forma conjunta
dicten las normas reglamentarias y/o complementarias que se requieran
sobre la materia.
ARTÍCULO 4° — La presente norma entrará en vigencia a partir de la
fecha de su publicación y complementará a la Instrucción General N°
5/12 (SDG SIT), sus complementarias o modificatorias, o la norma que la
reemplace en el futuro.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Dése conocimiento a las Direcciones
Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad
Social, y a las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico
Institucional, de Auditoría Interna, de Servicios al Contribuyente, de
Asuntos Jurídicos, de Administración Financiera, de Planificación, de
Fiscalización, de Recaudación, de Recursos Humanos y de Sistemas y
Telecomunicaciones. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ANEXO I
DISPOSICIÓN N° 407/15 (AFIP)
PROCEDIMIENTO PARA LA DEFINICIÓN, DISEÑO Y EJECUCIÓN DE PRUEBAS SOBRE
SISTEMAS APLICATIVOS Y SERVICIOS WEB, EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD Y
USABILIDAD
A. INTRODUCCIÓN
A efectos de comenzar con la utilización de parámetros, pautas y
técnicas tendientes a mejorar la accesibilidad y facilitar la
usabilidad de sistemas aplicativos y servicios web institucionales, que
incorporen la percepción del ciudadano en materia de experiencia
usuario, resulta necesario establecer lineamientos para la definición,
diseño, desarrollo y ejecución de pruebas sobre tales aplicaciones,
estableciendo la interacción y responsabilidades de las áreas
intervinientes.
B. OBJETIVOS
• Optimizar el uso y funcionamiento de sistemas aplicativos y servicios
web institucionales, propendiendo a simplificar la carga de
información, evitar la redundancia de datos y agilizar el cumplimiento
voluntario de las obligaciones fiscales.
• Planificar la coordinación entre las áreas alcanzadas, a fin de
detectar en forma temprana los posibles desvíos en cuanto a parámetros
de accesibilidad y usabilidad.
C. ALCANCE
Pruebas sobre aplicativos y servicios web —nuevos y existentes—
desarrollados por esta Administración Federal, en materia de usabilidad
y accesibilidad.
D. AREAS INTERVINIENTES
• Subdirección General de Servicios al Contribuyente -SDG SEC-
- Departamento Canales de Atención -DE CADA-
- División Banco de Prueba Permanente de Aplicativos -DV BPPA-
- División Atención Telefónica -DV ATTE-
- Sección Asistencia al Ciudadano -SE ASCI-
- Sección Desarrollo de Servicios -SE DSER-
• Todas las áreas de esta Administración Federal que soliciten o
definan nuevos desarrollos o mantenimientos de sistemas aplicativos y
servicios web.
• Todas aquellas áreas pertenecientes a la Subdirección General de
Sistemas y Telecomunicaciones -SDG SIT- con competencia en el ciclo de
vida de sistemas aplicativos y servicios web.
E. PARÁMETROS DE ACCESIBILIDAD Y USABILIDAD
El DE CADA, con la participación de la DV BPPA, analizará, propondrá y
mantendrá actualizados los parámetros de accesibilidad y usabilidad en
base a normas, experiencia usuario, estándares internacionales y todas
aquellas demás cuestiones existentes referidas al estado del arte en la
materia. Para ello, se apoyará en las áreas de la Subdirección General
de Sistemas y Telecomunicaciones, con competencia en el ciclo de vida
de sistemas aplicativos y servicios web.
A los fines de la presente norma, se entenderá por accesibilidad al
grado de utilización de una aplicación informática por parte del
usuario, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o
físicas.
Por otra parte, denominaremos usabilidad a la medida de calidad de la
experiencia que tiene un usuario en cuanto a su interacción con un
sistema. Se referirá también, a la capacidad de un software de ser
comprendido, aprendido, usado y resultar atractivo para el usuario, en
condiciones específicas de uso.
F. CONSIDERACIONES GENERALES
A los fines de efectuar las pruebas que se le indiquen o bien, aquellas
que entienda convenientes dada la relevancia del sistema aplicativo o
servicio web, la DV BPPA establecerá un orden de prioridades para su
ejecución, en función de los criterios de selectividad detallados en el
punto 2 del apartado G. Dicha planificación será reorganizada cada vez
que la mencionada dependencia lo considere necesario, de acuerdo a los
mencionados factores de criticidad.
Los desarrollos o adecuaciones sistémicas que deban considerarse
excepcionales en virtud de la urgencia de disponer de dicho servicio,
podrán diferir la intervención de la DV BPPA en las pruebas y
homologaciones en materia de accesibilidad y usabilidad, hasta tanto el
sistema se encuentre en operación.
De manera inmediata a la implementación de la solución en trato, la DV
BPPA ejecutará las pruebas pertinentes, toda vez que el sistema se
encuentre integrado en alguno de los criterios de selectividad
referidos anteriormente. Los ajustes que resulten de esos controles, se
tomarán en cuenta para una próxima versión de la aplicación.
G. PRUEBAS SOBRE SISTEMAS NUEVOS Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES VIGENTES
Las Áreas Definidoras que requieran el desarrollo o mantenimiento de un
sistema aplicativo o servicio web y las áreas de la SDG SIT con
competencia en el ciclo de vida de sistemas, además de actuar conforme
lo dispuesto en la Instrucción General N° 5/12 (SDG SIT),
complementarán su accionar en función de las pautas establecidas a
continuación, las cuales serán respetadas asimismo, por la DV BPPA.
1. Detección de la necesidad de desarrollo o mantenimiento de sistemas
Las Áreas Definidoras tomarán en cuenta para la elaboración de los
requerimientos, los estándares de accesibilidad y usabilidad propuestos
por el DE CADA. Para ello, los referidos documentos deberán contener
los parámetros que considerarán para el desarrollo informático al
momento de efectuar la petición correspondiente.
Además, deberán remitir en forma simultánea al DE CADA la solicitud de
desarrollo o adecuación enviada a las Áreas Desarrolladoras, para que
tome conocimiento en virtud de sus respectivas competencias.
2. Evaluación del requerimiento en función de criterios de selectividad
El DE CADA evaluará el requerimiento en función a su pericia en materia
de accesibilidad y usabilidad, y decidirá su intervención en la etapa
de prueba y homologación de acuerdo a los criterios de selectividad que
se detallan de manera no taxativa:
• Universo de contribuyentes alcanzados.
• Conocimientos técnicos del público al cual se dirige.
• Impacto recaudatorio y/o social.
• Importancia estratégica de las iniciativas que emanen del Plan de
Gestión institucional y/o de los objetivos del Plan Estratégico.
• Reportes de consultas, reclamos y sugerencias recibidos por parte de
los contribuyentes o ciudadanía, por medio de los canales de atención
institucionales; así como cualquier otra fuente de información que
resulte de relevancia.
A su vez para el presente análisis, el DE CADA podrá consultar a las
áreas informáticas competentes, el alcance y la complejidad técnica que
podría implicar la inclusión del nuevo desarrollo o mantenimiento del
sistema.
Por lo tanto, en caso que la aplicación sistémica no requiera de su
intervención, se lo informará a las Áreas Definidoras y a las Áreas
Desarrolladoras intervinientes.
3. Diseño global y desarrollo
Las Áreas Desarrolladoras de la SDG SIT deberán contemplar en la
documentación del desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos,
los parámetros de accesibilidad y usabilidad definidos. Cuando lo
estime necesario, darán intervención al DE CADA.
4. Registro de pruebas y control de calidad
Una vez que el sistema esté preparado para el control de calidad, las
Áreas Desarrolladoras lo pondrán, a disposición de la DV BPPA para que
ejecute las pruebas de accesibilidad y usabilidad según parámetros
establecidos. En esta etapa, las áreas intervinientes realizarán
pruebas coordinadas y compartirán ambientes de prueba.
Como resultado de dicho testeo, la DV BPPA reportará desvíos y/o
errores en su funcionamiento al área definidora, para que se realicen
los ajustes o adecuaciones que resulten necesarios.
5. Implementación del sistema aplicativo o servicio web
Con la conformidad de todas las áreas intervinientes en el presente
proceso, finalmente, las Áreas Definidoras liberarán la aplicación a
efectos de su puesta en producción.
H. PRUEBA DE SISTEMAS VIGENTES
1. Análisis y pruebas permanentes
En base a los criterios de selectividad definidos en el punto 2 del
apartado G. y de acuerdo al orden de prioridades existente, la DV BPPA
efectuará las pruebas sobre los sistemas aplicativos y servicios web en
operación o vigentes, o aquellas que se le indiquen, a fin de medir el
impacto en los usuarios alcanzados y detectar posibles desvíos, errores
o inconsistencias en su instrumentación, en materia de accesibilidad y
usabilidad.
Asimismo, y a fin de capitalizar el procesamiento de consultas,
reclamos y/o sugerencias capturados a través de los canales de atención
institucionales existentes, evaluará la información previamente
agrupada y obtenida de las áreas de la SDG SEC competentes -DV ATTE y
SE ASCI-, según los estándares establecidos de experiencia usuario.
2. Requerimiento de adecuación o mejoras
A partir del análisis y de las pruebas, la DV BPPA pondrá a
consideración, las modificaciones y/o mejoras en materia de
accesibilidad y usabilidad de los sistemas aplicativos y servicios web
que entienda convenientes, a las Áreas Definidoras intervinientes,
mediante los mecanismos oficiales de comunicación.
3. Mantenimiento de parámetros de accesibilidad y usabilidad
Por su parte, la DV BPPA a partir de las pruebas elaboradas, verificará
la necesidad de adecuación de los parámetros establecidos sobre
accesibilidad y usabilidad, y realizará su mantenimiento.
I. ESPACIO DE INTERACCIÓN ENTRE ÁREAS
En todo momento, las Áreas Desarrolladoras, juntamente con la DV BPPA y
las Áreas Definidoras deberán mantener una comunicación fluida, a fin
de generar acuerdo en los parámetros de accesibilidad y usabilidad
específicos para la aplicación informática a implementar o mantener.
Para ello, utilizarán las herramientas de interacción que tengan a su
alcance: correo electrónico con firma digital, reuniones de trabajo,
grupos de discusión enfocados, entre otros, y se documentarán del
contenido, cuyo resultado formará parte del diseño global del sistema.
J. ACTIVIDADES DE PARTICIPACIÓN CON ENTIDADES EXTERNAS
Las Subdirecciones Generales en carácter de Áreas Definidoras, en
ocasión de coordinar actividades o reuniones de enlace con
organizaciones externas en todo aquello que se relacione con sistemas
aplicativos o servicios web, convocarán al Departamento Canales de
Atención en el ámbito de la Subdirección General de Servicios al
Contribuyente, con la intención de medir la experiencia usuario o
detectar posibles desvíos de las pautas establecidas en materia de
accesibilidad y usabilidad de tales aplicaciones.
Por su parte, la Subdirección General de Servicios al Contribuyente por
intermedio del Departamento Canales de Atención organizará grupos de
discusión enfocados, en base a la envergadura del sistema aplicativo o
servicio web y en vinculación con parámetros de accesibilidad y
usabilidad, dando participación a agrupaciones, asociaciones y/o
contribuyentes en general.
e. 17/09/2015 N° 147568/15 v. 17/09/2015