I.
INTRODUCCION
El presente Plan de Acción de la Sindicatura General de Empresas
Públicas para el ejercicio 1982, tiene como objetivos primordiales el
cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 21.801 así como lo
establecido por la Ley Nº 22.639, que modifica la anterior y,
particularmente, en lo que concierne a la dependencia del Organismo en
forma directa de la Presidencia de la Nación.
La experiencia recogida a lo largo de los ejercicios anteriores a
partir de 1979 permite implementar una programación de tareas que, en
un todo de acuerdo con las disposiciones y circunstancias mencionadas,
se ceñirá a la realidad objeto del control ejercido.
II. SISTEMA DE CONTROL
El ejercicio anterior permitió constatar nuevamente las relevantes
ventajas que el sistema integrado de control posee. Tanto para la
adecuada fiscalización de las empresas como para el mantenimiento de
una constante y fluida corriente de información útil para la conducción
superior de las mismas.
En cuanto a las tareas específicas que habrán de desarrollar las cuatro
áreas operativas de esta Sindicatura, cabe mencionar -se trata de una
enumeración parcial y no exhaustiva- las siguientes:
a. Control de Legalidad
1. Análisis de Contrataciones
Se busca un equilibrio entre la magnitud y variedad del universo
controlado -aproximadamente 68.000 contratos- y las posibilidades
materiales de las Comisiones Fiscalizadoras, para lo cual se efectuará
un muestreo representativo y confiable, programado en base a la
experiencia recogida. Es así que en Hidronor, Administración General de
Puertos e Y.M.A.D. se prevé alcanzar un tope de noventa por ciento
controlado (en cuanto a monto), un setenta por ciento en Y.P.F.,
Ferrocarriles Argentinos e Instituto Nacional de Reaseguros, llegando
hasta un cincuenta por ciento en otras empresas, de acuerdo al orden de
importancia relativa así como a las reales posibilidades fácticas del
control.
En las empresas conducidas por un Directorio o un Consejo de
Administración las Comisiones Fiscalizadoras analizarán el 100 % de las
contrataciones reservadas a esos órganos. Supuesto un desvío de los
niveles habituales a lo largo del ejercicio, se adecuarán los
porcentajes de muestreo en tanto dejen de ser representativos.
Paralelamente se enviarán representantes de la Sindicatura para el
análisis de contrataciones en dependencias de las empresas controladas
en el interior del país.
2. Seguimiento de juicios en las
empresas
El programa de seguimiento de juicios comenzado en 1979 continuará
desarrollándose a fin de evaluar la eficiencia de los servicios
jurídicos utilizados. Al igual que en el anterior ejercicio se
utilizarán los análisis efectuados durante el último tramo del
anterior, incrementándose el estudio con nuevos juicios y el
seguimiento de los ya inspeccionados, adicionándose el listado de los
iniciados en 1982. También en este período los Síndicos elevarán sus
informes y conclusiones antes del 31 de mayo.
3. Programa de Capacitación
Se continuará con el ciclo de conferencias de actualización profesional
iniciado con el ejercicio anterior, referido a nuevas formas de
contratación o instituciones jurídicas en el Derecho Comercial y en el
Administrativo. También se hará un cursillo sobre la Ley Nº 22.016 y
las experiencias recogidas en su aplicación. Se acentuará la
concurrencia de los profesionales de las empresas fiscalizadas. También
se llevarán a cabo mesas redondas, conferencias y encuentros sobre
diversos temas específicos como Informática Jurídica, nueva Ley de
Ministerios y Cláusula de Arbitraje Internacional, en los contratos que
celebran las empresas públicas.
4. Digesto Legislativo
El dictado de la última Ley de Ministerios obligará a continuar la
tarea de redistribución iniciada en 1981, con motivo de la anterior
norma respectiva. Sin perjuicio de ello, se proyecta la edición del
tercer volumen de esta publicación, dentro de los límites de las normas
de austeridad. Asimismo se mantendrá el régimen de actualizaciones
trimestrales.
b. Control de Auditoría
En un todo de acuerdo con las funciones específicas del área, se
continuará con las tareas de auditoría en las empresas fiscalizadas,
emitiéndose oportunamente los dictámenes, cartas de recomendaciones e
informes sobre los balances trimestrales y generales que aquellas
presenten.
Cabe señalar que estas tareas serán realizadas en estrecho vínculo con
las autoridades de las empresas, tal como ha sucedido hasta el
presente, con lo que se logra regularizar deficiencias contables o de
control interno, posibilitando que se aceleren los procesos de
registración y se cumplan los plazos legales fijados para aprobar los
balances.
Los informes y dictámenes para el Banco Interamericano de Desarrollo y
el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento se emitirán sobre
los balances generales de Obras Sanitarias de la Nación, Gas del
Estado, Agua y Energía Eléctrica, Hidronor, S.E.G.B.A. y Yacimientos
Mineros de Agua de Dionisio.
Se continuará con el estudio y dictado de normas para su incorporación
al Manual de Auditoría, hallándose prevista la revisión y actualización
de este importante instrumento normativo de trabajo.
A lo largo de este nuevo ejercicio se intensificará la capacitación del
personal de diversos niveles, tanto a través de cursos internos a cargo
de funcionarios del área como por medio de la concurrencia a
actividades similares que realicen entidades profesionales.
El Boletín Técnico continuará en publicación y distribución tanto
interna como para los ámbitos de la Administración Pública que lo
requieran.
También se llevarán a cabo distintas tareas de apoyo a las empresas
fiscalizadas, tanto en materia de asesoramiento impositivo, como en las
especialidades de auditoría y controles de procesamiento electrónico,
buscando además determinar la confiabilidad de este último sistema en
las empresas fiscalizadas.
c. Control de Gestión
1. Control de Gestión Empresaria
El objetivo fijado para el ejercicio 1982 consiste en realizar un
análisis crítico integral del manejo técnico-empresario tomado en su
conjunto, a través del examen exhaustivo de las distintas áreas que lo
integran, evaluando los efectos de las decisiones que se toman en la
empresa a través de sus resultados. Estos habrán de ser comparados con
los planes, presupuestos y pautas establecidos, lo que brindará un
juicio objetivo acerca de la racionalidad de la gestión y del grado de
cumplimiento de los objetivos que han sido fijados.
En tal sentido se pondrá especial énfasis en el cumplimiento de los
siguientes aspectos básicos:
a. El logro y/o mantenimiento de los objetivos fijados, a través de
estrategias o cursos de acción coherentes y realistas.
b. La existencia de una adecuada y racional utilización y desarrollo de
los recursos materiales y humanos de que se dispone.
c. Que los objetivos se logren en términos aceptables de eficacia y
eficiencia (desarrollo alcanzado vs. costos incurridos).
d. Que la organización y estructura empresaria sean las adecuadas.
e. Que existan o se desarrollen adecuados métodos y procesos de
operación en las diferentes áreas, acordes con los recursos, actuando
en forma homogénea y eficiente.
f. Que existan o se desarrollen adecuados sistemas y procesos de
información (técnica, estadística, económica y financiera entre otras)
que estén claramente definidos, se lleven a cabo en la práctica y sean
efectivos.
g. Que los controles operativos establecidos en cada área de la empresa
brinden seguridad en las operaciones y provean altos márgenes de
confiabilidad.
2. Proceso de Información
Para el logro de esos objetivos, se continuará actuando sobre la
siguiente información:
a. Suministrada por la empresa: Se evaluará la calidad, cantidad,
periodicidad y oportunidad de la información que se procesa. En
especial se propiciará la homogeneización de los sistemas informativos
y de control presupuestario, con miras a satisfacer necesidades propias
de las Secretarías de la Presidencia de la Nación, Ministerios,
Secretarías de Estado y del Organismo.
b. Relevamiento informativo de la empresa: Se llevará a cabo a través
de la realización de auditorías operativas o de gestión. Las mismas
comprenderán tanto los aspectos documentarios de las operaciones como
la verificación física a través de la inspección de obras e
instalaciones.
c. Análisis informativo relacionado a la actividad: En base a
documentación y publicaciones de circulación general o restringida, se
realizarán entre otros, análisis en el marco económico y sectorial, y
síntesis de los condicionamientos exógenos a la actividad de cada
unidad microeconómica.
3. Informes de Control de Gestión
Durante el ejercicio 1982 se continuará con la emisión de informes
periódicos sobre la gestión empresaria, cuya categorización es la
siguiente:
a. Informes mensuales de situación.
Son informes de progreso con datos estadísticos de las principales
funciones de la empresa, constituyendo un anticipo cuantitativo de los
informes trimestrales de gestión.
b. Informes trimestrales de gestión.
Contienen una evaluación de la eficiencia empresaria lograda en el
período analizado y el acumulado correspondiente, en comparación con
similares valores históricos y/o standards establecidos. Dicha
información permite proyectar el grado de cumplimiento de las metas que
han sido fijadas y las posibles variaciones que arrojarán las
tendencias observadas.
c. Informes anuales de gestión.
Contienen una descripción resumida de la evolución operativa registrada
en el ejercicio y confeccionada sobre la base de los informes
trimestrales de gestión. Incluyen asimismo aquellos juicios de valor a
que pueden dar lugar las funciones gerenciales básicas de la empresa, y
el grado de cumplimiento de los objetivos y metas generales y
particulares, que posibiliten a los órganos de conducción política una
calificación fundada sobre la conducción de la empresa.
d. Informes especiales. Son
confeccionados en aquellas circunstancias en que resulta necesario un
análisis profundo de cuestiones específicas, que por su importancia
ameritan un examen particular. Tales informes posibilitan tanto a las
empresas como a los órganos políticos de su conducción promover las
rectificaciones correspondientes de la gestión a las que hubiere lugar.
III. CUERPO TECNICO PROFESIONAL
En cumplimiento de las funciones específicas encomendadas por la Ley
número 21.801 al área, el Cuerpo Técnico Profesional continuará
asesorando durante el ejercicio al Directorio del Organismo en materia
organizativa, laboral, económica y financiera, y en temas que sean
comunes a las empresas fiscalizadas. Ese asesoramiento habrá de
extenderse a la evaluación de las respuestas de las empresas a las
observaciones formuladas.
En forma simultánea seguirá asesorando a las empresas fiscalizadas, a
los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, a sus respectivas áreas
dependientes y a otros organismos estatales, en las materias de su
competencia, suministrando también apoyo técnico a los Ministerios
específicos en lo que concierne a los ajustes de precios y tarifas
públicas y en el análisis de cláusulas salariales.
Paralelamente producirá información periódica (semanal, mensual,
bimestral, trimestral, semestral y anual) sobre aspectos relativos a la
evaluación financiera, ocupacional, salarial y tarifaria, y sobre los
niveles de actividad, ejecución presupuestaria e inversión real fija,
comprendidos en el universo de las empresas controladas, llevando a
cabo la correspondiente síntesis estadística anual. También tendrá como
función la confección del Informe Anual basado en la información
descripta, ponderando la evolución reciente de las empresas públicas y
su situación actual; habiéndose previsto además el empleo de se
material para la realización de informes especiales a requerimiento de
los órganos de conducción.
Actuará como hasta el presente en estrecha colaboración con otras áreas
del Organismo, asesorándolas o asistiéndolas en asuntos de su
especialidad, interviniendo -de acuerdo con lo que se disponga
oportunamente- en la tramitación de solicitudes de avales del Tesoro
Nacional y en los libramientos de las empresas SIGEP. También a pedido
de las Comisiones Fiscalizadoras intervendrá en el análisis y
evaluación de proyectos de inversión que comprenderán factibilidad,
rentabilidad social y otros ítems. Se propiciará la conciliación y
compensación de deudas entre las empresas SIGEP, en casos de
discrepancia. Se prestará colaboración a las respectivas áreas para
fijación de bases de unificación de criterios a aplicar en materia
presupuestaria y contable, propiciando las normas legales que
establezcan la obligatoriedad de presentación de balances trimestrales
y del revalúo de activos a las empresas que aún no lo realicen. Por
otra parte, se asesorará sobre la oportunidad de rescate de los Bonos
de Compensación de Deudas emitidos por la Secretaría de Hacienda.
Asimismo se propiciará una publicación de carácter técnico-científico
sobre temas concernientes a las empresas públicas.