PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

Resolución 164/2015

Bs. As., 18/05/2015

VISTO el Expediente N° 44189 del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Decreto N° 2110 de fecha 29 de diciembre de 2010, las Resoluciones S.G. N° 1156 de fecha 9 de noviembre de 2012, N° 371 de fecha del 21 de febrero de 2013 y N° 17 de fecha 15 de Enero de 2014, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto N° 2110/10 se aprobó la ejecución del Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, como parque temático interactivo de actividades permanentes en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, cuya misión principal es la organización de eventos, promoción, difusión, desarrollo e innovación de la ciencia, el arte y la tecnología.

Que por Resolución S.G. N° 1156/12 se facultó a la UNIDAD EJECUTORA DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO 1810 - 2010 a establecer los requisitos y condiciones para el uso de los espacios del Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, y a proponer el monto del canon por el uso precario de los espacios del parque, a ingresar al TESORO NACIONAL.

Que, dado el avance y éxito del Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE y la consolidación de los objetivos de integración social y comunicación del conocimiento durante los anteriores períodos, resulta necesario proceder al dictado de la presente.

Que, en efecto, la experiencia recogida en los últimos años da cuenta de la necesidad de continuar profundizando la participación de distintos actores y sectores de la comunidad de todo el país, comprometidos con el desarrollo y difusión de la cultura científico tecnológica, la innovación industrial, y los proyectos artísticos.

Que, por ello, resulta conveniente realizar una nueva convocatoria a entidades públicas y privadas, para integrar la Edición 2015 del Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE.

Que, asimismo, se hace necesario adecuar y adaptar los montos del canon establecidos por la Resolución S.G. N° 17/14, con un valor mínimo y accesible para todos los actores sociales interesados en realizar muestras acordes a este proyecto.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se expidió favorablemente, brindando conformidad a los nuevos valores del canon.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4° del Decreto 2110/10.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la “CONVOCATORIA ABIERTA PARA LA MUESTRA TECNÓPOLIS 2015 - PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Encomiéndase a la UNIDAD EJECUTORA DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO 1810 - 2010 la realización de las acciones necesarias para la difusión de la convocatoria aprobada precedentemente.

ARTICULO 3° — Apruébanse los valores del canon por uso precario temporal no exclusivo de los distintos espacios del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, que como ANEXO II forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. EDUARDO E. DE PEDRO, Secretario General, Presidencia de la Nación.

ANEXO I

CONVOCATORIA ABIERTA 2015

El PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE abrirá nuevamente sus puertas para su Edición 2015.

El éxito del PROYECTO TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE requiere la articulación y activa participación de todos los actores sociales comprometidos con la difusión de la cultura científico tecnológica, la innovación y el desarrollo industrial.

En razón de ello, convocamos a todas las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, a presentar propuestas relacionadas con la Ciencia, el Arte y la Tecnología.

La participación activa en este proyecto, aprobado y declarado de Interés Nacional, permitirá la exhibición de los adelantos en el desarrollo de los diversos productos al público asistente.

Las propuestas serán recibidas en el PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, sito en la calle Juan Bautista de La Salle 4341, Partido de VICENTE LÓPEZ, Provincia de BUENOS AIRES, en el horario de 10.00 a 16.00 horas, a partir de la publicación de la presente y hasta el día 1° de junio del corriente año.

Las mismas serán evaluadas por la UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ANEXO II

VALORES DEL CANON POR USO TEMPORAL NO EXCLUSIVO DE LOS ESPACIOS DEL PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE

Se establecen los siguientes valores de canon locativo:

1.- VALOR DIARIO DEL USO PRECARIO DEL ESPACIO:

A) Superficie Cubierta: PESOS DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 10,50) por metro cuadrado (m2).

B) Superficie Descubierta: PESOS DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 2,30) por metro cuadrado (m2).

Condiciones: Los días de montaje y desmontaje se abonará el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los valores precedentemente establecidos.

A partir del octavo día de iniciado el evento (sin considerar los días de montaje y desmontaje), el canon disminuirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) por cada día que dure el evento

2.- VALOR POR ESPECTÁCULOS MUSICALES, ARTÍSTICOS O DEPORTIVOS:

A) Asistencia inferior o igual a TRES MIL (3000) personas: PESOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 52.000)

B) Asistencia mayor a TRES MIL (3000) y hasta CINCO MIL (5000) personas: PESOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 78.000).

C) Asistencia mayor a CINCO MIL (5000) y hasta OCHO MIL (8000) personas: PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000)

D) Asistencia mayor a OCHO MIL (8000) y hasta DIEZ MIL (10.000) personas: PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 156.000)

E) Asistencia mayor a DIEZ MIL (10.000) y hasta DOCE MIL (12.000): PESOS DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL ($ 221.000).

Condiciones: no se abonarán los días de montaje y desmontaje.

A partir del tercer espectáculo musical, muestra artística o evento deportivo que se realice de manera consecutiva durante el mismo día, el canon disminuirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%).

3.- VALOR POR JORNADA DE FILMACIÓN:

A) Jornada de filmación: se fija en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500) para el ingreso al Parque.

La jornada de filmación no podrá exceder de SIETE (7) horas.

B) Espacios cubiertos: se fija en la suma de PESOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($1,50) el metro cuadrado.

C) Espacios exteriores: se fija en la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500).

Se entenderá por espacios exteriores las calles y los estacionamientos del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE.

D) Espacios cubiertos por césped: se fija en la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000).

El uso de los diferentes espacios del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, con motivo de filmaciones y/o producciones fotográficas y/o campañas publicitarias y/o producciones televisivas y/o video clips y/o videos de internet, largometrajes, cortometrajes, documentales y proyectos académicos o de carácter educativo, que requieran las Universidades Públicas o Privadas y/o Fundaciones y/o asociaciones sin fines de lucro estarán exentas del pago de arancel.

e. 23/09/2015 N° 148364/15 v. 23/09/2015