MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Decreto 1921/2015
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Gestión Universitaria.
Bs. As., 16/09/2015
VISTO el Expediente N° 74/15 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 928 del 11 de
junio de 2008, 393 del 23 de abril de 2009, 1.636 del 2 de noviembre de
2009, 1.033 del 19 de julio de 2010, 223 del 28 de febrero de 2011, 67
del 10 de enero de 2012, 2.091 del 29 de octubre de 2012, 902 del 5 de
julio de 2013, 491 del 8 de abril de 2014 y 5 del 5 de enero de 2015 y
lo solicitado por el citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 estableció que toda
designación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta
permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N° 928 del 11 de junio de 2008 se cubrió en el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN el cargo de Director Nacional de Gestión
Universitaria dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.
Que en el artículo 3° del Decreto N° 928/08 se estableció que el cargo
involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección
previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA
aprobado por el Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1°
de febrero de 2008.
Que por el Decreto N° 393 del 23 de abril de 2009 se prorrogó por
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y
por los Decretos Nros. 1.636 del 2 de noviembre de 2009, 1.033 del 19
de julio de 2010, 223 del 28 de febrero de 2011, 67 del 10 de enero de
2012, 2.091 del 29 de octubre de 2012, 902 del 5 de julio de 2013, 491
del 8 de abril de 2014 y 5 del 5 de enero de 2015, se hizo lo propio
por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN el término fijado en el artículo 1° del mencionado Decreto N°
5 del 5 de enero de 2015.
Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, deberá adecuarse la
cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones
emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por
prorrogada a partir del 22 de mayo de 2015, fecha de su vencimiento y
por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria efectuada por el Decreto N° 928/08, prorrogada por sus
similares Nros. 393/09, 1.636/09, 1.033/10, 223/11, 67/12, 2.091/12,
902/13, 491/14 y 5/15, del Licenciado Jorge Luis STEIMAN (D.N.I. N°
11.613.838), en el cargo de Director Nacional de Gestión Universitaria
(Nivel A con Función Ejecutiva II), dependiente de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II
Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 22 de mayo de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 -
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alberto E.
Sileoni.